Proposición de Ley para la regulación del voto telemático en las sesiones de los órganos de gobierno de las Administraciones locales
- Número de expendiente
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- Ver iniciativa original - Tipo
- Proposición de ley de Grupos Parlamentarios del Congreso
- Fechas
- Presentado el 01/10/2025 , calificado el 07/10/2025
- Autor
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- Grupo Parlamentario Socialista
- Comisiones
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- Comisión de Política Territorial
- Estado Actual
- Comisión de Política Territorial Informe
- Plazos
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- Hasta: 17/11/2025 (18:00) Criterio del Gobierno sobre Proposición de Ley
- Hasta: 20/11/2025 (18:00) De enmiendas
- Hasta: 26/11/2025 (18:00) Ampliación de enmiendas
- Hasta: 03/12/2025 (18:00) Ampliación de enmiendas
- Hasta: 10/12/2025 (18:00) Ampliación de enmiendas
- Hasta: 17/12/2025 (18:00) Ampliación de enmiendas
- Hasta: 30/12/2025 (18:00) Ampliación de enmiendas
- Hasta: 04/02/2026 (18:00) Ampliación de enmiendas
- Hasta: 11/02/2026 (18:00) Ampliación de enmiendas al articulado
- Hasta: 18/02/2026 (18:00) Ampliación de enmiendas al articulado
- Tramitación seguida por la iniciativa
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- Boletín Oficial de las Cortes Generales Publicación desde 07/10/2025 hasta 10/10/2025
- Gobierno Contestación desde 10/10/2025 hasta 14/10/2025
- Pleno Toma en consideración desde 14/10/2025 hasta 21/10/2025
- Mesa del Congreso Acuerdo subsiguiente a la toma en consideración desde 21/10/2025 hasta 28/10/2025
- Comisión de Política Territorial Publicación desde 28/10/2025 hasta 31/10/2025
- Comisión de Política Territorial Enmiendas desde 31/10/2025 hasta 19/02/2026
- Comisión de Política Territorial Informe desde 19/02/2026
- Fecha de actualización
- 4/3/2026
Resumen
Contenido generado por IA
1. ¿De qué trata la iniciativa?
La proposición de ley, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, pretende regular el voto telemático en las sesiones de los órganos de gobierno de las administraciones locales. Su objetivo principal es permitir que los cargos electos voten a distancia cuando se encuentren en situaciones personales graves (maternidad, paternidad, enfermedad propia o de familiares, cuidado de dependientes) o en casos de fuerza mayor, ampliando los supuestos ya contemplados y estableciendo los requisitos, plazos y medios técnicos necesarios.
2. ¿Qué ha ocurrido en su trámite?
- 10 oct 2025: Publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales (BOCG) del resumen de la iniciativa.
- 21 oct 2025: Debate en pleno del Congreso para la toma en consideración. La proposición fue aprobada con 310 votos a favor y 34 en contra (6 diputados no votaron).
- 27 oct 2025: El Congreso admite a trámite la proposición; se registra al Grupo Socialista como autor.
- 31 oct 2025: Acuerdo para que la Comisión de Política Territorial redacte y apruebe la futura ley. Se abre un plazo de 15 días para que diputados y grupos presenten propuestas de modificación.
- 4 mar 2026: Publicación de un índice de enmiendas presentadas (enmiendas 1‑21) por diversos grupos parlamentarios (Mixto, EAJ‑PNV, Republicano, etc.). Las enmiendas amplían el ámbito territorial, ajustan plazos, añaden requisitos de participación en el debate, y modifican aspectos presupuestarios y de competencias autonómicas.
3. ¿Qué apoyos y rechazos recibió?
- En la votación de toma en consideración (21 oct 2025) la iniciativa obtuvo 310 votos a favor y 34 votos en contra, sin abstenciones. Los grupos que apoyaron mayoritariamente fueron el PSOE y la mayoría de los grupos de izquierda y nacionalistas; los que votaron en contra incluyeron principalmente la oposición (PP, VOX, entre otros).
- No se ha registrado aún una votación final; las enmiendas siguen en fase de examen en la comisión.
4. ¿En qué estado está la iniciativa actualmente?
La proposición está en trámite en la Comisión de Política Territorial, donde se están revisando y discutiendo las enmiendas presentadas. Aún no se ha aprobado el texto definitivo ni se ha remitido al pleno para su votación final.
5. ¿Qué importancia tiene este resultado dentro del proceso legislativo?
El haber sido admitida a trámite y asignada a la Comisión de Política Territorial significa que la iniciativa ha superado la fase inicial de toma en consideración y avanza hacia la elaboración del texto definitivo. Si la comisión aprueba el proyecto con o sin modificaciones, el texto pasará al pleno del Congreso para su votación final; de ser aprobado, seguirá al Senado y, tras su eventual aprobación en ambas cámaras, entrará en vigor como ley. En caso de que la comisión no logre consenso o el pleno lo rechace, la iniciativa quedaría archivada. Actualmente, el proceso está abierto y la propuesta sigue viva legislativamente.
Documentos
Publicaciones del 10/10/2025
Iniciativa
BOCG
Iniciativa
BOCGVer boletín original Núm. B-265-1 de 10/10/2025 Contenido generado por IA
Esta Proposición de Ley busca regular y ampliar el uso del voto telemático en los órganos de gobierno de las administraciones locales. El objetivo principal es permitir que los cargos electos puedan ejercer su voto a distancia en diversas circunstancias personales graves, como maternidad, paternidad, enfermedad propia o de familiares, o cuidado de dependientes, además de las situaciones de fuerza mayor ya contempladas.
Los puntos clave incluyen la modificación de la Ley de Bases del Régimen Local para incorporar estas nuevas causas, la necesidad de justificación mediante declaración responsable y la adaptación de los medios técnicos por parte de las entidades locales en un plazo de seis meses. La iniciativa pretende mejorar la participación política, la conciliación y la modernización institucional.
Publicaciones del 21/10/2025
Pleno - Debate de toma en consideración
Diario de sesiones
Pleno - Debate de toma en consideración
Diario de sesionesVer diario original Núm.145 de 21/10/2025 Contenido generado por IA
Aquí tienes el resumen del debate de toma en consideración de la Proposición de Ley para la regulación del voto telemático en las sesiones de los órganos de gobierno de las Administraciones locales (Número de expediente: 122/000220):
Resumen del Debate de Toma en Consideración
La Proposición de Ley, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, busca regular el voto telemático en las sesiones de los órganos de gobierno de las Administraciones locales.
Argumentos a favor:
- Grupo Parlamentario Socialista (presentador): Defiende la iniciativa basándose en la experiencia personal de la diputada ponente, quien necesitó el voto telemático tras un accidente. Se argumenta que la tecnología puede ser una aliada de la democracia y que el voto telemático debería permitirse en casos personales como paternidad, maternidad, baja médica o cuidado familiar, además de situaciones excepcionales. Se busca universalizar el voto telemático para que los representantes locales tengan las mismas garantías que otros representantes públicos, dignificando así la política local y reconociendo el esfuerzo de los cargos municipales.
- Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV): Manifiesta su apoyo a la toma en consideración, considerando que es un paso más en la línea iniciada con la pandemia para situaciones excepcionales de fuerza mayor, grave riesgo colectivo o catástrofes públicas, añadiendo ahora situaciones de trascendencia familiar. Consideran que modula el principio de presencialidad para el ejercicio de derechos políticos de los cargos electos locales.
- Grupo Parlamentario Junts per Catalunya: Votará a favor de la toma en consideración, aunque señala que la propuesta no está exenta de mejoras y que presentarán enmiendas. Consideran que la iniciativa, inspirada en la reforma del Reglamento del Congreso, mejora la garantía de derechos fundamentales, la modernización y eficiencia institucional, e incorpora perspectiva de género y conciliación. Sin embargo, critican que la propuesta se centra solo en el voto telemático y no aborda otros cambios necesarios para la autonomía y financiación de las entidades locales.
- Grupo Parlamentario Republicano: Aunque ven problemas en la iniciativa y la consideran incompleta, darán su apoyo y trabajarán en las enmiendas para hacerla nueva. Señalan que el PSOE llega tarde con esta propuesta, que ya presentaron en 2021 y fue rechazada. Destacan el impacto de género de la medida, ya que las concejalas suelen tener tasas de repetición de legislatura inferiores a los concejales, y la dificultad de conciliar la vida personal y profesional.
- Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR: Consideran que la iniciativa es de un sentido común rotundo y que es incomprensible que no se haya acometido antes. Confían en que se tramite y apruebe con celeridad. Señalan que la extensión de esta posibilidad a otros cargos electos es una obligación moral urgente.
- Grupo Parlamentario Socialista (intervención posterior): Apoya la iniciativa, destacando que el Gobierno ha trabajado de forma seria, transparente y rigurosa en la materia, y que el problema de la temporalidad en la función pública se está abordando.
Argumentos en contra/matices:
- Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV): Aunque apoyan la toma en consideración, consideran que la propuesta dista de ser la respuesta más adecuada y adolece de deficiencias en su diseño, equidad y eficacia. Critican que no es progresiva, que mezcla instrumentos (deducción y subvención) y que la ayuda es insuficiente. Proponen una reducción del IVA de los productos sin gluten como alternativa más justa y eficaz. También señalan que la iniciativa ignora el marco competencial de las comunidades autónomas.
- Grupo Parlamentario Junts per Catalunya: Señalan que la propuesta no está exenta de mejoras y que hay problemáticas detectadas que procurarán enmendar, como la asignación de nuevas funciones a los secretarios, que podría ampliar desigualdades entre municipios. Critican que la propuesta se queda solo en el voto telemático y no aborda cambios profundos en la autonomía y financiación de los entes locales.
- Grupo Parlamentario Republicano: Consideran que la propuesta llega tarde, está incompleta y mal planteada. Señalan que el problema del mundo rural no es solo la conexión digital, sino la conexión política y los recursos reales. Critican la falta de medidas concretas para garantizar sueldos dignos, reducir jornada laboral, vivienda pública o transporte.
- Grupo Parlamentario VOX: Consideran la iniciativa innecesaria porque el voto telemático en entidades locales ya existe. Critican que la propuesta es una imposición que vulnera la autonomía municipal y que se trata de un derecho para la clase política, no para la ciudadanía. Acusan al Grupo Socialista de tener poca vergüenza al hablar de decencia institucional y de presentar la iniciativa como una maniobra de distracción.
- Grupo Parlamentario Popular: Critican que la proposición llega con retraso, ya que el Senado aprobó una iniciativa similar hace tiempo y el Congreso la ha aplazado. Consideran que la propuesta del Grupo Socialista es una mera transposición del Reglamento del Congreso, con poco trabajo y desconocimiento de la realidad municipal. Señalan la falta de previsión sobre el coste de implantación tecnológica para los ayuntamientos y la exclusión de organismos supramunicipales.
Acuerdo/Desacuerdo:
La proposición de ley fue aprobada en su toma en consideración por una amplia mayoría (310 votos a favor frente a 34 en contra). Hubo un acuerdo general en la necesidad de abordar la cuestión, aunque con importantes matices y críticas sobre la forma y el contenido de la propuesta socialista, especialmente por parte de los grupos de la oposición (PP, VOX, Junts per Catalunya, ERC, Euskal Herria Bildu). Los grupos nacionalistas y de izquierda más a la izquierda del PSOE, si bien apoyaron la toma en consideración, manifestaron la necesidad de mejorar la propuesta en su tramitación parlamentaria para hacerla más efectiva y completa.
Votación 21/10/2025
Votación Proposición de Ley del Grupo Parlamentario Socialista, para la regulación del voto telemático en las sesiones de los órganos de gobierno de las Administraciones locales.
Ver votaciones en la web del congreso (21/10/2025)
Votación 21/10/2025
VotaciónProposición de Ley del Grupo Parlamentario Socialista, para la regulación del voto telemático en las sesiones de los órganos de gobierno de las Administraciones locales.
Resultados totales:
Resultados por partido:
Listado de votos:
Publicaciones del 27/10/2025
Toma en consideración
BOCG
Toma en consideración
BOCGVer boletín original Núm. B-265-2 de 27/10/2025 Contenido generado por IA
La Proposición de Ley para la regulación del voto telemático en las sesiones de los órganos de gobierno de las Administraciones locales ha sido admitida a trámite, y su autor es el Grupo Parlamentario Socialista.
Publicaciones del 31/10/2025
Acuerdo subsiguiente a la toma en consideración
BOCG
Acuerdo subsiguiente a la toma en consideración
BOCGVer boletín original Núm. B-265-3 de 31/10/2025 Contenido generado por IA
Se ha decidido que la Comisión de Política Territorial se encargue de redactar y aprobar la ley sobre el voto telemático en las administraciones locales. Además, se abre un plazo de 15 días para que los diputados y grupos parlamentarios presenten sus propuestas de modificación a esta ley.
Publicaciones del 4/3/2026
Enmiendas e índice de enmiendas al articulado
BOCG
Enmiendas e índice de enmiendas al articulado
BOCGVer boletín original Núm. B-265-4 de 04/03/2026 Contenido generado por IA
Enmienda de Grupo Parlamentario Mixto – Cristina Valido García (Enmienda 1)
- Objeto: Ampliar el ámbito territorial en el que el cargo electo puede solicitar el voto telemático.
- Modificación(es):
- Sustituye la expresión «siempre que se encuentren en territorio español» por «siempre que se encuentren en territorio español, o fuera del mismo cuando el desplazamiento responda a misión o representación oficial debidamente acreditada, y quede acreditada su identidad».
- Efecto: Permite el voto telemático también cuando el titular se encuentre fuera de España por razones oficiales, siempre que su identidad quede verificada, evitando una limitación geográfica innecesaria.
Enmienda de Grupo Parlamentario Mixto – Cristina Valido García (Enmienda 2)
- Objeto: Determinar quién aprueba las normas de uso del voto telemático.
- Modificación(es):
- Reemplaza el último párrafo del artículo único por: «El pleno municipal aprobará las normas en las que se desarrollará el uso del voto telemático a propuesta de la secretaría general conforme a estándares de ciberseguridad y verificaciones para este tipo de votaciones».
- Efecto: Traslada la competencia normativa al pleno municipal, garantizando que las reglas de seguridad y verificación sean aprobadas democráticamente y con criterios técnicos uniformes.
Enmienda de Grupo Parlamentario Mixto – Cristina Valido García (Enmienda 3)
- Objeto: Señalar la naturaleza mínima del nuevo régimen y respetar competencias autonómicas.
- Modificación(es):
- Añade un párrafo que establece que el apartado será “básico, sin perjuicio de las competencias de las Comunidades Autónomas… y de la potestad de autoorganización de las entidades locales”.
- Efecto: Limita el alcance de la ley a un marco mínimo, evitando conflictos de competencias y permitiendo a las comunidades y entidades locales ampliar o adaptar los supuestos cuando lo consideren necesario.
Enmienda de Grupo Parlamentario Mixto – Cristina Valido García (Enmienda 4)
- Objeto: Flexibilizar el plazo de adaptación para municipios pequeños y territorios insulares.
- Modificación(es):
- Cambia «plazo de seis meses» por «plazo de seis meses, ampliable hasta doce meses para municipios de menos de 10 000 habitantes y para territorios insulares, previa justificación de insuficiencia de medios».
- Efecto: Otorga un margen temporal mayor a los entes con menores recursos, reduciendo el riesgo de incumplimientos por falta de capacidad técnica.
Enmienda de Grupo Parlamentario Mixto – Cristina Valido García (Enmienda 5)
- Objeto: Garantizar la participación en el debate, no solo el voto.
- Modificación(es):
- Inserta un nuevo párrafo que dispone que la habilitación del voto telemático “llevará aparejada, cuando técnicamente sea posible, la participación telemática en el debate con las mismas garantías de orden y publicidad”.
- Efecto: Evita que el electo quede limitado a votar sin poder intervenir en la deliberación, reforzando la dimensión representativa del procedimiento.
Enmienda de Grupo Parlamentario Vasco – EAJ‑PNV (Enmienda 6)
- Objeto: Incorporar el nuevo apartado 4 al artículo 46.
- Modificación(es):
- Añade íntegramente el texto del apartado 4 tal como figura en la iniciativa original (cargos electos, requisitos de identidad y supuestos a, b, c, d, e, f).
- Efecto: Refuerza la redacción del nuevo apartado, asegurando su inclusión sin alteraciones sustanciales.
Enmienda de Grupo Parlamentario Vasco – EAJ‑PNV (Enmienda 7)
- Objeto: Ampliar el supuesto f) del apartado 4.
- Modificación(es):
- Sustituye el literal f) por: «Otras situaciones excepcionales de especial gravedad o que impidan el desempeño de la función representativa por motivos laborales o profesionales debidamente justificadas».
- Efecto: Extiende la posibilidad de voto telemático a casos de incompatibilidad laboral o profesional, más allá de los supuestos ya previstos.
Enmienda de Grupo Parlamentario Vasco – EAJ‑PNV (Enmienda 8)
- Objeto: Introducir un control adicional por parte de la Secretaría.
- Modificación(es):
- Añade al final del apartado 4 la frase: «La Secretaría podrá requerir información adicional que acredite el cumplimiento de los requisitos».
- Efecto: Refuerza el procedimiento de verificación, permitiendo a la Secretaría solicitar documentación complementaria antes de autorizar el voto telemático.
Enmienda de Grupo Parlamentario Vasco – EAJ‑PNV (Enmienda 9)
- Objeto: Diferenciar los plazos de adaptación según la población del municipio.
- Modificación(es):
- Sustituye la disposición transitoria única por una que establece:
- Entidades con más de 5 000 habitantes: plazo de seis meses.
- Entidades con menos de 5 000 habitantes: plazo que determinen en función de sus disponibilidades.
- Sustituye la disposición transitoria única por una que establece:
- Efecto: Reconoce la heterogeneidad de capacidad administrativa y permite a los municipios pequeños adaptar la normativa en un plazo razonable.
Enmienda de Grupo Parlamentario Vasco – EAJ‑PNV (Enmienda 10)
- Objeto: Regular el destino del superávit de 2025 de las entidades locales.
- Modificación(es):
- Crea una disposición adicional primera que prorroga a 2026‑2028 la aplicación de la normativa de estabilidad presupuestaria y establece condiciones para la ejecución de proyectos de inversión con fondos del superávit.
- Efecto: Prolonga la vigencia de las reglas de estabilidad y permite financiar inversiones pendientes sin generar déficit.
Enmienda de Grupo Parlamentario Vasco – EAJ‑PNV (Enmienda 11)
- Objeto: Regular el destino del superávit de 2025 de las Comunidades Autónomas.
- Modificación(es):
- Introduce una disposición adicional segunda con normas similares a la anterior, pero aplicables a las comunidades autónomas.
- Efecto: Extiende la flexibilidad fiscal a nivel autonómico, facilitando la ejecución de inversiones con recursos del superávit.
Enmienda de Grupo Parlamentario Mixto – Néstor Rego Candamil (Enmienda 12)
- Objeto: Incorporar el nuevo apartado 4 al artículo 46 (versión en castellano).
- Modificación(es):
- Añade íntegramente el texto del apartado 4 tal como aparece en la iniciativa original.
- Efecto: Refuerza la inclusión del nuevo apartado sin cambios sustanciales.
Enmienda de Grupo Parlamentario Mixto – Néstor Rego Candamil (Enmienda 13)
- Objeto: Ampliar los supuestos de voto telemático con una nueva circunstancia.
- Modificación(es):
- Añade al apartado 4, literal f), la expresión: «Asistencia a reuniones y conferencias en representación institucional del Ayuntamiento cuando la participación en estas actividades oficiales impida la presencia en la sesión plenaria».
- Efecto: Permite el voto telemático cuando el cargo electo debe asistir a actos institucionales fuera del municipio.
Enmienda de Grupo Republicano (Enmienda 14)
- Objeto: Ampliar la definición de entidades locales en el artículo 3.
- Modificación(es):
- Incorpora nuevas letras d) y e) que reconocen:
- d) Entidades de ámbito territorial inferior al municipal (EATIM, etc.).
- e) Otras entidades de ámbito inferior reconocidas por la comunidad autónoma.
- Incorpora nuevas letras d) y e) que reconocen:
- Efecto: Amplía el alcance de la ley a estructuras intermunicipales y a entidades menores, garantizando que también puedan beneficiarse del voto telemático.
Enmienda de Grupo Republicano (Enmienda 15)
- Objeto: Desarrollar de forma integral el régimen de voto telemático y su participación.
- Modificación(es):
- Añade al artículo 46 los apartados 4, 5 y 6:
* 4) Texto básico de supuestos de voto telemático (similar al original).
* 5) Cuando el miembro pueda participar en la sesión, se habilitarán medios telemáticos para la deliberación en tiempo real.
* 6) Establece que la retribución por asistencia presencial se mantiene, pero el voto telemático no genera remuneración adicional.
- Añade al artículo 46 los apartados 4, 5 y 6:
- Efecto: Amplía el marco regulador, incluye la participación en el debate y regula la compensación económica, ofreciendo un esquema completo y equilibrado.
Enmienda de Grupo Republicano (Enmienda 16)
- Objeto: Modificar la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria (LOEPSF) para permitir déficits estructurales excepcionales y flexibilizar la regla de gasto.
- Modificación(es):
- Cambia los apartados 3 y 4 del artículo 11, y varios apartados del artículo 12, introduciendo:
- Posibilidad de déficit estructural por catástrofes, recesión grave o emergencias.
- Flexibilidad en la regla de gasto para corporaciones locales con superávit o equilibrio, y límites de endeudamiento del 110 % de los ingresos corrientes.
- Cambia los apartados 3 y 4 del artículo 11, y varios apartados del artículo 12, introduciendo:
- Efecto: Proporciona un margen de maniobra fiscal a los entes locales en situaciones extraordinarias, alineando la normativa con la realidad económica y los criterios europeos.
Enmienda de Grupo Republicano (Enmienda 17)
- Objeto: Repartir el límite de deuda pública entre los distintos niveles de gobierno.
- Modificación(es):
- Modifica los apartados 1 y 3 del artículo 13, fijando un techo del 60 % del PIB para la deuda total y distribuyéndolo (34,8 % Estado, 18,6 % comunidades, 6,6 % corporaciones locales).
- Efecto: Establece una distribución equitativa del límite de endeudamiento, ofreciendo claridad y previsibilidad a los gobiernos locales.
Enmienda de Grupo Republicano (Enmienda 18)
- Objeto: Cambiar el procedimiento de fijación de objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda.
- Modificación(es):
- Introduce nuevos requisitos de coordinación entre el Gobierno central, el Consejo de Política Fiscal y Financiera de las comunidades autónomas y la Comisión Nacional de Administración Local para la definición y aprobación de los objetivos.
- Efecto: Mejora la participación de las comunidades y los entes locales en la determinación de metas fiscales, favoreciendo una mayor corresponsabilidad.
Enmienda de Grupo Republicano (Enmienda 19)
- Objeto: Eximir de medidas correctivas a los entes locales que inviertan en vivienda pública.
- Modificación(es):
- Crea el artículo 24 bis que establece la exención de las medidas correctivas cuando el exceso de gasto se deba a inversión en construcción, reforma o adquisición de vivienda pública.
- Efecto: Incentiva la inversión en vivienda pública al eliminar sanciones fiscales en esos casos.
Enmienda de Grupo Republicano (Enmienda 20)
- Objeto: Establecer un nuevo modelo de financiación local.
- Modificación(es):
- Disposición final que obliga al Gobierno a aprobar, en los seis meses siguientes a la entrada en vigor, un proyecto de ley que reforme la Ley Reguladora de las Haciendas Locales para garantizar autonomía y suficiencia financiera.
- Efecto: Busca modernizar el marco financiero de los entes locales, asegurando recursos suficientes para ejercer sus competencias.
Enmienda de Grupo Republicano (Enmienda 21)
- Objeto: Derogar la Ley 27/2013 de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.
- Modificación(es):
- Disposición final que elimina la citada ley.
- Efecto: Suprime una normativa considerada restrict