Proposición de Ley Orgánica de reforma de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y de reforma de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal
- Número de expendiente
-
- Ver iniciativa original - Tipo
- Proposición de ley de Grupos Parlamentarios del Congreso
- Fechas
- Presentado el 26/06/2024 , calificado el 02/07/2024
- Autor
-
- Grupo Parlamentario Popular en el Congreso
- Grupo Parlamentario Socialista
- Comisiones
-
- Comisión de Justicia
- Estado Actual
- Aprobado con modificaciones
- Ponentes
-
- Aranda Vargas, Francisco
- Cervera Pinart, Josep Maria
- De Rosa Torner, Fernando
- Iñarritu García, Jon
- Leal Fernández, Isaura
- Legarda Uriarte, Mikel
- Moro Almaraz, María Jesús
- Ortega Smith-Molina, Francisco Javier
- Pérez López, Álvaro
- Pisarello Prados, Gerardo
- Ruiz de Diego, Víctor Javier
- Sánchez García, José María
- Santiago Romero, Enrique Fernando
- Velarde Gómez, Martina
- Tramitación seguida por la iniciativa
-
- Boletín Oficial de las Cortes Generales Publicación desde 02/07/2024 hasta 02/07/2024
- Gobierno Contestación desde 02/07/2024 hasta 02/07/2024
- Pleno Toma en consideración desde 02/07/2024 hasta 04/07/2024
- Mesa del Congreso Acuerdo subsiguiente a la toma en consideración desde 04/07/2024 hasta 04/07/2024
- Comisión de Justicia Publicación desde 04/07/2024 hasta 05/07/2024
- Comisión de Justicia Enmiendas desde 05/07/2024 hasta 09/07/2024
- Comisión de Justicia Mesa - Calificación desde 09/07/2024 hasta 09/07/2024
- Comisión de Justicia Debate de totalidad desde 09/07/2024 hasta 11/07/2024
- Comisión de Justicia Informe desde 11/07/2024 hasta 16/07/2024
- Comisión de Justicia Dictamen desde 16/07/2024 hasta 17/07/2024
- Pleno Aprobación desde 17/07/2024 hasta 23/07/2024
- Senado desde 23/07/2024 hasta 31/07/2024
- Concluido - (Aprobado con modificaciones) desde 31/07/2024 hasta 10/09/2024
- Fecha de actualización
- 18/11/2025
Resumen
Contenido generado por IA
La iniciativa legislativa, titulada "Proposición de Ley Orgánica de reforma de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y de reforma de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal", tiene como objetivo principal fortalecer la independencia judicial y del Ministerio Fiscal.
El trámite de esta iniciativa comenzó con su presentación conjunta por los Grupos Parlamentarios Popular y Socialista. Tras un debate en el Pleno del Congreso de los Diputados, la proposición fue tomada en consideración el 4 de julio de 2024, con 258 votos a favor, 43 en contra y 33 abstenciones. Posteriormente, se tramitó con urgencia y se abrió un plazo para la presentación de enmiendas.
Durante el debate de totalidad en el Pleno del Congreso, se presentaron enmiendas a la totalidad por parte del Grupo Parlamentario Mixto y del Grupo Parlamentario VOX, que fueron rechazadas. El Grupo Mixto argumentó que el acuerdo entre PSOE y PP para la renovación del CGPJ era "indefendible" y no solucionaba la "guerra judicial", mientras que VOX calificó el acuerdo de "PP-PSOE" y criticó el reparto de poder.
Tras la fase de enmiendas, donde se presentaron diversas propuestas de modificación por parte de los grupos parlamentarios, la Comisión de Justicia emitió un dictamen. En este dictamen, se rechazaron la mayoría de las enmiendas presentadas por grupos como SUMAR, Junts per Catalunya y VOX, quienes criticaron que la reforma era insuficiente o no abordaba los problemas de fondo. Sin embargo, el dictamen fue aprobado por la Comisión con 26 votos a favor, 4 en contra y 3 abstenciones.
El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó el dictamen el 23 de julio de 2024, con 259 votos a favor, 43 en contra y 32 abstenciones. Los grupos que votaron en contra o se abstuvieron, como el Grupo Mixto, el Vasco (EAJ-PNV), Junts per Catalunya y VOX, argumentaron que la reforma era cosmética, no solucionaba la politización de la justicia o era un mero "maquillaje" del sistema.
El texto aprobado por el Congreso fue remitido al Senado, donde también fue debatido. En el Senado, se presentaron propuestas de veto y enmiendas por parte de diversos grupos, principalmente centradas en la elección de los vocales del CGPJ y en la provisión de plazas judiciales. La propuesta de veto del Grupo Parlamentario Mixto fue rechazada. Finalmente, el Senado aprobó el texto con modificaciones menores de carácter gramatical, devolviéndolo al Congreso.
El resultado final de esta iniciativa es su aprobación y publicación como Ley Orgánica 3/2024, de 2 de agosto.
La importancia de este resultado dentro del proceso legislativo es que la iniciativa se ha convertido en ley. Esta nueva ley introduce cambios significativos en la Ley del Poder Judicial y en el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, como el aumento a veinte años de la experiencia requerida para ser magistrado del Tribunal Supremo, la introducción de incompatibilidades para ser vocal del CGPJ, la creación de una comisión de calificación, y la exigencia de mayorías cualificadas para ciertos nombramientos. También se clarifican situaciones de servicios especiales y excedencias para jueces y magistrados, y se establecen incompatibilidades para el Fiscal General del Estado. Además, se encomienda al CGPJ la elaboración de un informe sobre sistemas europeos de elección de vocales y se prevé el aumento de la plantilla judicial y fiscal.
Documentos
Publicaciones del 2/7/2024
Iniciativa
BOCG
Iniciativa
BOCGVer boletín original Núm. B-130-1 de 02/07/2024 Contenido generado por IA
Esta Ley Orgánica reforma la Ley del Poder Judicial y el Estatuto del Ministerio Fiscal para fortalecer la independencia judicial. Incrementa a 20 años la experiencia requerida para ser magistrado del Tribunal Supremo y establece nuevas reglas sobre excedencias y servicios especiales para jueces y magistrados que asumen cargos políticos. Se introducen incompatibilidades y requisitos de comparecencia para vocales del Consejo General del Poder Judicial, y se exige mayoría cualificada para ciertos nombramientos. En el ámbito fiscal, se clarifican las causas de abstención del Fiscal General del Estado y se establecen incompatibilidades para su nombramiento. La ley también prevé un estudio sobre sistemas europeos de elección de vocales y un futuro aumento de la plantilla judicial.
Publicaciones del 4/7/2024
Pleno - Debate de toma en consideración
Diario de sesiones
Pleno - Debate de toma en consideración
Diario de sesionesVer diario original Núm.55 de 04/07/2024 Contenido generado por IA
Debate de toma en consideración de la Proposición de Ley Orgánica de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial y del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (Exp. 122/000118)
En el Pleno del Congreso de los Diputados se debatió la toma en consideración de una Proposición de Ley Orgánica conjunta de los Grupos Parlamentarios Popular en el Congreso y Socialista. El objetivo de esta proposición es reformar la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Ley por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
Argumentos a favor de la toma en consideración:
- Grupo Parlamentario Popular (Sr. Tellado Filgueira): Defendió la proposición como un avance en la despolitización y el refuerzo de la independencia judicial. Señaló que el acuerdo responde a un compromiso con sus votantes y con la sociedad española para mejorar la calidad de la justicia. Destacó que la ley incorpora medidas como el endurecimiento de las incompatibilidades para cargos políticos que retornan a la judicatura, la exigencia de mayorías reforzadas en nombramientos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), la prohibición de nombrar Fiscal General del Estado a quien haya tenido cargo político reciente, y el compromiso de reforzar las plantillas judiciales. Argumentó que el acuerdo pone límites al "populismo" del Gobierno actual, con la Constitución y la Unión Europea como garantes.
- Grupo Parlamentario Socialista (Sr. López Álvarez): Calificó el acuerdo como un "gran día" y una "buena noticia" para España. Subrayó que el Partido Popular cumple así la Constitución tras cinco años de incumplimientos. Señaló que la renovación del CGPJ devuelve la justicia a pleno rendimiento, garantizando la independencia de los jueces y permitiendo cubrir las numerosas vacantes en órganos judiciales. Destacó que la proposición objetiva las condiciones para acceder al órgano de gobierno de los jueces, clarificando aspectos sujetos a crítica. Finalmente, expresó su esperanza de que este acuerdo abra la puerta a otros entendimientos en temas de Estado.
Argumentos en contra o con matices:
- Grupo Parlamentario Mixto (Sr. Catalán Higueras - UPN): Manifestó su defensa de la independencia judicial frente a la "colonización" de instituciones por parte del Gobierno. Aunque no votó en contra, expresó dudas sobre si el acuerdo es un reparto de puestos o una puerta a la esperanza, y señaló la necesidad de esclarecer por qué se ignora a la mayoría de la carrera judicial.
- Grupo Parlamentario Mixto (Sra. Valido García - Coalición Canaria): Expresó su deseo de que este acuerdo sea el primero de otros de altura, especialmente en materia de reforma de la ley de extranjería, y que se trate como un asunto de Estado.
- Grupo Parlamentario Mixto (Sr. Rego Candamil - BNG): Cuestionó si pactar con el PP era la regeneración democrática esperada tras las denuncias de "lawfare". Criticó el acuerdo por considerarlo un refuerzo del "bipartidismo tradicional" y del "régimen del 78", y afirmó que no resuelve la politización de la justicia ni la exclusión de jueces demócratas. Anunció que el BNG no participaría en esta "farsa".
- Grupo Parlamentario Euskal Herria Bildu (Sra. Aizpurua Arzallus): Consideró que la propuesta no es positiva ni resuelve el problema de la politización e instrumentalización de la justicia. Argumentó que el acuerdo no garantiza el respeto a las decisiones populares y a los representantes democráticos, y que perpetúa la estrategia del "lawfare" y el "régimen del 78". EH Bildu no participó en la negociación ni votación.
- Grupo Parlamentario Junts per Catalunya (Sra. Nogueras i Camero): Afirmó que el pacto no regenera nada, sino que perpetúa un sistema de "puertas giratorias" y mantiene el control de la "ultraderecha judicial". Criticó la falta de reformas reales y la persistencia de la "mafia judicial". Anunció acciones legales contra jueces que considera prevarican.
- Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR (Sr. Santiago Romero): Señaló como buena noticia la liberación del CGPJ tras el bloqueo, pero como mala noticia la persistencia de la "guerra jurídica" contra quienes son considerados enemigos por las derechas. Criticó las deficiencias del texto y la negativa de PSOE y PP a aceptar enmiendas. Afirmó que SUMAR no apoyaría la proposición tal como estaba redactada.
- Grupo Parlamentario VOX (Sra. Rodríguez de Millán Parro): Consideró que el acuerdo representa una "rendición del Poder Judicial" y que no hay despolitización, sino un "reparto de jueces". Criticó duramente al Partido Socialista por su pasado y presente, y al Partido Popular por pactar con ellos y "facilitar el acuerdo más importante al que podía llegar el Gobierno". Afirmó que el acuerdo es "vergüenza" y que España no será una democracia hasta que se acabe con la "mafia judicial".
Acuerdo y resultado de la votación:
La proposición de ley fue sometida a votación y se aprobó por 258 votos a favor, 43 en contra y 33 abstenciones. Esto indica un acuerdo mayoritario para tomar en consideración la iniciativa, aunque con una oposición significativa y un número considerable de abstenciones, reflejando las diversas posturas y críticas expresadas durante el debate.
Votación 4/7/2024
Votación Proposición de Ley de los Grupos Parlamentarios Popular en el Congreso y Socialista, Orgánica de reforma de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y de reforma de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
Ver votaciones en la web del congreso (4/7/2024)
Votación 4/7/2024
VotaciónProposición de Ley de los Grupos Parlamentarios Popular en el Congreso y Socialista, Orgánica de reforma de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y de reforma de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
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Publicaciones del 5/7/2024
Toma en consideración
BOCG
Toma en consideración
BOCGVer boletín original Núm. B-130-2 de 05/07/2024 Contenido generado por IA
La Proposición de Ley Orgánica de reforma del Poder Judicial y del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal ha sido tomada en consideración por el Pleno del Congreso, siendo sus autores los Grupos Parlamentarios Popular en el Congreso y Socialista.
Acuerdo subsiguiente a la toma en consideración
BOCG
Acuerdo subsiguiente a la toma en consideración
BOCGVer boletín original Núm. B-130-3 de 05/07/2024 Contenido generado por IA
Se ha acordado que la propuesta de ley para reformar el Poder Judicial y el Estatuto del Ministerio Fiscal sea tramitada con urgencia. La Comisión de Justicia será la encargada de elaborar un dictamen sobre ella. Además, se ha establecido un plazo para presentar enmiendas hasta el 9 de julio de 2024 a las 14:00 horas.
Publicaciones del 11/7/2024
Pleno - Debate de totalidad
Diario de sesiones
Pleno - Debate de totalidad
Diario de sesionesVer diario original Núm.56 de 11/07/2024 Contenido generado por IA
Debate de totalidad sobre la Proposición de Ley Orgánica de reforma del Poder Judicial y del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (Exp. 122/000118)
Este documento del Diario de Sesiones del Congreso de los Diputados recoge el debate de totalidad sobre la Proposición de Ley Orgánica de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial y de la Ley del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
Argumentos a favor y en contra:
Grupo Parlamentario Mixto (representado por la Sra. Belarra Urteaga):
- A favor de la enmienda a la totalidad: Denunció el silencio del Gobierno y el Parlamento ante la situación en Palestina y criticó el acuerdo entre el PSOE y el PP para renovar el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), considerándolo un "acuerdo indefendible" que legitima la "guerra sucia judicial" contra Podemos, independentistas y otros colectivos. Señaló ejemplos de jueces que, a su juicio, han actuado de forma partidista y no rendirán cuentas tras este acuerdo. Argumentó que la reforma no acabará con la "guerra judicial" y que el objetivo es frenar la transformación social.
- En contra de la reforma propuesta: Consideró que el acuerdo bipartidista entre PSOE y PP es una "ignominia" y un "obús en la línea de flotación de nuestra democracia". Pidió al PSOE que rompiera el acuerdo con el PP y pactara con la "mayoría democrática".
Grupo Parlamentario VOX (representado por el Sr. Ortega Smith-Molina):
- A favor de la enmienda a la totalidad: Calificó el acuerdo entre PSOE y PP como una "PP-PSOE" y una "fusión por absorción" basada en seis ejes: globalismo, fanatismo climático, fronteras abiertas, ideología de género, manipulación histórica y control informativo, colonización de instituciones e injerencia política en la justicia. Criticó el reparto de sillones y la discriminación. Argumentó que el acuerdo no despolitiza el CGPJ ni la Fiscalía General del Estado y que la elección de vocales judiciales debería ser exclusivamente entre jueces. Propuso que la elección de magistrados se base en antigüedad y especialidad, y que el informe del CGPJ sobre el Fiscal General del Estado sea vinculante.
Acuerdo, desacuerdo o matices relevantes:
- Desacuerdo total: Tanto el Grupo Parlamentario Mixto como el Grupo Parlamentario VOX presentaron enmiendas a la totalidad, manifestando un rechazo frontal a la proposición de ley tal como estaba planteada.
- Críticas al acuerdo PSOE-PP: Ambos grupos criticaron duramente el acuerdo alcanzado entre el PSOE y el PP para la renovación del CGPJ, considerándolo un pacto de reparto de poder y una renuncia a la independencia judicial.
- Enmiendas a la totalidad rechazadas: Tras el debate, ambas enmiendas a la totalidad fueron rechazadas en votación. La enmienda del Grupo Mixto fue rechazada por 4 votos a favor, 297 en contra y 33 abstenciones. La enmienda de VOX fue rechazada por 32 votos a favor y 302 en contra.
Votación:
- La enmienda a la totalidad del Grupo Parlamentario Mixto fue rechazada.
- La enmienda a la totalidad del Grupo Parlamentario VOX fue rechazada.
En resumen, el debate se centró en las críticas al acuerdo entre PSOE y PP para la renovación del CGPJ y la reforma de las leyes del Poder Judicial y del Ministerio Fiscal. Los grupos Mixto y VOX presentaron enmiendas a la totalidad argumentando que el acuerdo no garantizaba la independencia judicial y favorecía el reparto de poder político, pero ambas enmiendas fueron rechazadas.
Votación 11/7/2024
Votación Proposición de Ley Orgánica de reforma de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y de reforma de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
Enmienda a la totalidad de texto alternativo presentada por el Grupo Parlamentario VOX.
Ver votaciones en la web del congreso (11/7/2024)
Votación 11/7/2024
VotaciónProposición de Ley Orgánica de reforma de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y de reforma de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
Enmienda a la totalidad de texto alternativo presentada por el Grupo Parlamentario VOX.
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Votación 11/7/2024
Votación Proposición de Ley Orgánica de reforma de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y de reforma de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
Enmienda a la totalidad de texto alternativo presentada por el Grupo Parlamentario Mixto (Sra. Belarra Urteaga).
Ver votaciones en la web del congreso (11/7/2024)
Votación 11/7/2024
VotaciónProposición de Ley Orgánica de reforma de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y de reforma de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
Enmienda a la totalidad de texto alternativo presentada por el Grupo Parlamentario Mixto (Sra. Belarra Urteaga).
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Publicaciones del 16/7/2024
Enmiendas
BOCG
Enmiendas
BOCGVer boletín original Núm. B-130-4 de 16/07/2024 Contenido generado por IA
Enmienda del Grupo Parlamentario Mixto
- Objeto: Modificación de la Exposición de Motivos y del Artículo Primero, introduciendo cambios en el acceso a la Carrera Judicial y en la competencia de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer.
- Modificación(es):
- Exposición de Motivos: Se propone un texto alternativo que enfatiza la necesidad de adecuar el sistema de designación de Vocales del turno judicial del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) al pluralismo social y judicial, basándose en interpretaciones del Tribunal Constitucional. Se sugiere un sistema de designación en dos vueltas para los vocales judiciales (primero por 3/5 y luego por mayoría absoluta con respaldo de la mitad de los grupos parlamentarios). También se introduce la reforma del sistema de acceso a la Carrera Judicial, proponiendo un sistema de concurso además de la oposición, con becas públicas para la preparación de las pruebas selectivas y un requisito de haber desempeñado tareas en el Turno de Oficio. Se añade la modificación del artículo 87 ter para dar cumplimiento a la LO 10/2022 de garantía integral de la Libertad Sexual.
- Artículo Primero (Modificación de la LOPJ):
- Se introduce un nuevo artículo 87 ter, detallando las competencias de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer en el orden penal y civil, incluyendo la instrucción de procesos por delitos relacionados con la violencia de género y la Ley Orgánica de garantía integral de la Libertad Sexual, así como asuntos de filiación, separación, divorcio, guarda y custodia, y alimentos cuando concurran requisitos de violencia de género. Se establece la exclusividad de su competencia civil bajo ciertas condiciones y se veda la mediación. Se insta al CGPJ a estudiar y promover la creación de dependencias que impidan la confrontación entre víctima y agresor.
- Se modifica el artículo 301 para establecer que el ingreso en la Carrera Judicial se producirá mediante oposición libre o un concurso de méritos y un curso de selección. Se establece que la mitad de las plazas se destinarán a oposición libre y la otra mitad a concurso. Se prevé la convocatoria conjunta de becas públicas para la preparación de la oposición, con una duración mínima de dos años y asignadas según capacidad económica. Se garantiza el acceso igualitario de las mujeres a las categorías superiores de la carrera judicial. Se reserva un cupo no inferior al cinco por ciento de las vacantes para personas con discapacidad.
- Se crea un nuevo artículo 302 bis que regula el concurso de acceso a la Escuela Judicial, requiriendo cinco años de servicio en el Turno de Oficio organizado por un Colegio de Abogados. Se establece que el concurso se convocará cada dos años y que las bases fijarán baremos de valoración de méritos, computando doble los años de ejercicio en el Turno de Oficio.
- Se modifica el artículo 567.2 para establecer que el Congreso elegirá dieciséis vocales (doce judiciales y cuatro juristas) y el Senado cuatro vocales (juristas).
- Se modifica el artículo 570, añadiendo un apartado 3 que permite la constitución del CGPJ con vocales entrantes y salientes si no se han designado todos los vocales en plazo.
- Se modifica el artículo 570 bis para detallar las atribuciones del CGPJ cuando se encuentre en funciones, limitándolas a aspectos como ser oído por el Gobierno en el nombramiento del Fiscal General del Estado, participar en la selección de jueces y magistrados, resolver sobre formación y provisión de destinos, ejercer la alta inspección, cuidar de la publicación de sentencias, garantizar el funcionamiento de la Escuela Judicial, ejercer potestad reglamentaria en materias específicas, aprobar la relación de puestos de trabajo, colaborar con la Autoridad de Protección de Datos, recibir quejas ciudadanas, elaborar su presupuesto, proponer medidas de refuerzo, emitir informes de responsabilidad patrimonial, recopilar principios de ética judicial y elaborar informes sobre anteproyectos de ley.
- Se modifica el artículo 572 para establecer que la elección de los vocales judiciales se regirá por la ley orgánica, con elección por el Congreso en votación única por 3/5 de la Cámara, y en segunda votación por mayoría absoluta convalidada por la mitad de los grupos parlamentarios.
- Se modifica el artículo 578 para indicar que el Presidente del Tribunal Supremo remitirá las candidaturas admitidas a los Presidentes del Congreso y Senado para la designación de vocales judiciales conforme al artículo 572.
- Efecto: Esta enmienda busca una reforma integral del sistema de acceso a la carrera judicial, introduciendo un sistema de concurso y becas, y ampliando las competencias de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer para dar cumplimiento a la normativa de garantía integral de la libertad sexual. También modifica el proceso de elección de los vocales judiciales del CGPJ, introduciendo mayorías cualificadas y un sistema de dos vueltas, y redefine las funciones del CGPJ en funciones.
Enmienda del Grupo Parlamentario VOX
- Objeto: Reforma profunda del sistema de elección de los vocales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y del Fiscal General del Estado, con el fin de "despolitizar" la justicia.
- Modificación(es):
- Exposición de Motivos: Se presenta una nueva exposición de motivos que critica la "politización de la Justicia" y los "ataques contra la independencia del Poder Judicial" por parte de los gobiernos recientes. Se argumenta que la regulación actual del CGPJ y la Fiscalía General del Estado presenta carencias que permiten una influencia partidista. Se propone un sistema de elección de los doce vocales judiciales del CGPJ por y entre los propios jueces y magistrados en servicio activo, mediante voto personal, igual, directo y secreto. Se aboga por la exclusión de candidatos vinculados a partidos políticos en los últimos cuatro años y de altos cargos en la administración pública. En cuanto al Fiscal General del Estado, se propone que su nombramiento requiera informe favorable vinculante del CGPJ y comparecencia ante el Congreso, y que el cese también requiera acuerdo favorable del CGPJ. Se incrementan a veinte los años de antigüedad en la Carrera judicial para ser nombrado Magistrado del Tribunal Supremo y se establece que la provisión de plazas en las Salas del Tribunal Supremo y Presidencias de Audiencias Provinciales, Tribunales Superiores de Justicia y Audiencia Nacional se basará exclusivamente en la antigüedad.
- Artículo Primero (Modificación de la LOPJ):
- Se modifica el artículo 326.2 para establecer que la provisión de Presidentes de Audiencias Provinciales, Tribunales Superiores de Justicia, Audiencia Nacional y Salas del Tribunal Supremo se basará en la antigüedad en la Carrera judicial.
- Se modifica el artículo 343 para establecer que, de las cinco plazas de Magistrados en las Salas del Tribunal Supremo, cuatro se proveerán entre miembros de la Carrera Judicial con al menos diez años en la categoría de Magistrado y veinte en la Carrera, primando la antigüedad para el nombramiento.
- Se modifica el artículo 566 para establecer que los doce vocales judiciales del CGPJ serán elegidos por y entre todos los Jueces y Magistrados en servicio activo.
- Se modifica el artículo 567 para detallar que los doce vocales judiciales serán elegidos por y entre Jueces y Magistrados en servicio activo, especificando la distribución (tres del TS, seis Magistrados, tres Jueces). Los ocho vocales restantes serán elegidos por las Cortes Generales con mayoría de tres quintos. Se establece que no podrán ser vocales del Consejo saliente.
- Se modifica el artículo 568 para garantizar la renovación del CGPJ cada cinco años y establecer plazos para la elección de nuevos vocales.
- Se modifica el artículo 570 para regular la constitución del CGPJ en caso de incumplimiento de plazos por las Cámaras, permitiendo la continuidad de los vocales salientes.
- Se suprime el artículo 570 bis (relativo al CGPJ en funciones).
- Se modifica el artículo 571 para regular la sustitución de vocales por sus suplentes en caso de cese anticipado.
- Se modifica el artículo 572 para reiterar que los vocales judiciales serán elegidos por y entre todos los Jueces y Magistrados en servicio activo.
- Se modifica el artículo 573 para establecer que la elección de vocales judiciales se realizará mediante voto personal, igual, directo y secreto, convocada con tres meses de antelación y con circunscripción única nacional.
- Se modifica el artículo 574 para establecer que el Reglamento de Organización y Funcionamiento desarrollará el procedimiento electoral, con candidaturas completas (titular y suplente) y un sistema electoral mayoritario corregido.
- Se modifica el artículo 575 para regular la elección de sustitutos de los vocales judiciales.
- Se modifica el artículo 576 para establecer las incompatibilidades para ser candidato a vocal del CGPJ, incluyendo no estar en servicio activo, no haber sido miembro del Consejo saliente, no prestar servicio en órganos técnicos del Consejo, no formar parte de la Junta Electoral (salvo renuncia), no haber sido miembro de Cortes Generales, Asambleas Autonómicas, Corporaciones Locales o Parlamento Europeo en la legislatura anterior, no haber formado parte de listas electorales en los últimos cuatro años, y no haber tenido puesto de alto cargo en la administración pública en los últimos cuatro años.
- Se modifica el artículo 577 para regular la composición y funciones de la Junta Electoral encargada de organizar las elecciones de vocales judiciales.
- Se modifica el artículo 578 para atribuir a la Junta Electoral la competencia para convocar, organizar, escrutar y proclamar resultados, con recurso ante el Tribunal Supremo.
- Artículo Segundo (Modificación del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal):
- Se modifica el artículo 29 para establecer que el Fiscal General del Estado será nombrado por el Rey a propuesta del Gobierno, requiriendo informe favorable del CGPJ sobre competencia e independencia. La propuesta del Gobierno se comunicará al Congreso para comparecencia del candidato.
- Se modifica el artículo 31.3 para establecer que las causas de cese del Fiscal General del Estado serán apreciadas por el Consejo de Ministros con acuerdo favorable del CGPJ.
- Se modifica el artículo 57 para ampliar las incompatibilidades para el ejercicio de cargos fiscales, incluyendo la prohibición de haber desempeñado cargos de elección popular o designación política en los últimos diez años, o haber pertenecido a partidos políticos o sindicatos.
- Se modifica el artículo 59 para prohibir a los miembros del Ministerio Fiscal haber pertenecido a partidos políticos o sindicatos en los diez años anteriores a su nombramiento.
- Efecto: Esta enmienda propone una reforma radical del sistema de elección de los vocales del CGPJ, devolviendo la elección de los vocales judiciales a la propia carrera judicial y estableciendo criterios de antigüedad para ciertos nombramientos. También endurece las incompatibilidades para el Fiscal General del Estado y los miembros del Ministerio Fiscal, buscando una mayor independencia de estas instituciones respecto a la influencia política.
Enmienda del Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR (Enmienda 3)
- Objeto: Modificación del requisito de antigüedad para el nombramiento de Magistrados en las Salas del Tribunal Supremo.
- Modificación(es):
- Artículo Primero. Uno (Modificación del artículo 343 LOPJ): Se propone que, de cada cinco plazas de Magistrados en las Salas del Tribunal Supremo, cuatro se provean entre miembros de la Carrera Judicial mayores de 60 años, con diez años de servicios en la categoría de Magistrado y no menos de quince en la Carrera.
- Efecto: Esta enmienda busca evitar la "anquilosis" del Tribunal Supremo y facilitar el acceso a magistrados que ingresan en la carrera judicial a edades más avanzadas (como los del cuarto turno), permitiéndoles completar el tiempo de servicio requerido para el nombramiento.
Enmienda del Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR (Enmienda 4)
- Objeto: Eliminación de un término en la regulación de la situación de servicios especiales para jueces y magistrados.
- Modificación(es):
- Artículo Primero. Dos (Modificación del artículo 351, letra f) LOPJ): Se propone eliminar el inciso "o inferior" en la letra f) del artículo 351, de modo que la declaración en situación de servicios especiales se aplique cuando se sea nombrado para cargo político o de confianza con rango de director general, pero no para rangos inferiores.
- Efecto: Busca evitar que jueces y magistrados sean declarados en situación de servicios especiales por nombramientos de rango inferior a director general, considerando que estos nombramientos suelen recaer en funcionarios de carrera y que la situación de servicios especiales implica una alteración del régimen retributivo y de servicio activo.
Enmienda del Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR (Enmienda 5)
- Objeto: Modificación de la regulación de la adscripción de jueces y magistrados en excedencia voluntaria por cargo político o público.
- Modificación(es):
- Artículo Primero. Cinco (Modificación del artículo 358, apartado 3 LOPJ): Se propone que, durante los dos años siguientes a su cese en un cargo político o público, los jueces y magistrados en excedencia voluntaria puedan ser adscritos orgánicamente al Presidente del Tribunal Supremo o al Presidente del Tribunal Superior de Justicia correspondiente para realizar encomiendas o funciones no jurisdiccionales. Alternativamente, podrán solicitar su adscripción a la Escuela Judicial para labores de formación continua o específica, especialmente en materias como igualdad de género, medio ambiente, derechos humanos o libertades públicas.
- Efecto: Esta enmienda introduce la posibilidad de que los jueces y magistrados en excedencia voluntaria por motivos políticos o públicos puedan desempeñar funciones no jurisdiccionales o docentes en la Escuela Judicial, enfocándose en áreas de especial relevancia social, además de la reintegración a su plaza de origen.
Enmienda del Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR (Enmienda 6)
- Objeto: Corrección de un error de ordenación numérica en el Artículo Primero.
- Modificación(es):
- Artículo Primero. Seis y Siete (Modificación de los apartados 3 y 2 del artículo 567 LOPJ): Se propone que el apartado que actualmente es el siete (adición de un segundo párrafo al apartado 2 del artículo 567) pase a ser el apartado seis, y que el apartado que actualmente es el seis (modificación del apartado 3 del artículo 567) pase a ser el apartado siete.
- Efecto: Esta enmienda tiene un carácter meramente formal, buscando corregir un error en la numeración de los apartados del artículo 567 de la LOPJ para asegurar la correcta interpretación y aplicación de las modificaciones propuestas.
Enmienda del Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR (Enmienda 7)
- Objeto: Modificación en la designación de suplentes de los vocales del CGPJ.
- Modificación(es):
- Artículo Primero. Ocho (Modificación del artículo 567, apartado 4 LOPJ): Se propone que las Cámaras designen un suplente por cada vocal titular, de manera que la relación de fuerzas y sensibilidades del Pleno del CGPJ se mantenga estable incluso ante la sustitución de vocales titulares.
- Efecto: Busca asegurar que la composición del CGPJ no se vea alterada de forma imprevista por la sustitución de vocales titulares, manteniendo la proporcionalidad y el equilibrio de sensibilidades negociado en el momento de la designación.
Enmienda del Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR (Enmienda 8)
- Objeto: Supresión del segundo párrafo de la Disposición Transitoria.
- Modificación(es):
- Disposición Transitoria: Se propone suprimir el segundo párrafo de la Disposición Transitoria, que establece que a quienes soliciten el reingreso al servicio activo les resultará de aplicación lo previsto en el artículo 1, apartado cinco, de la ley (relativo al artículo 358, apartado 3 de la LOPJ).
- Efecto: Esta enmienda busca eliminar un régimen desequilibrado y discordante que, según el proponente, se aplicaría a situaciones pretéritas de forma inconsistente. La supresión pretende mantener la unidad del derecho aplicable a las situaciones jurídicas producidas con anterioridad a la entrada en vigor de la ley.
Resumen Final de la Iniciativa tras las Enmiendas
La iniciativa legislativa, tras la aplicación de las enmiendas presentadas, introduce modificaciones significativas en la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y en el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
En lo que respecta al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), se proponen dos enfoques contrapuestos para la elección de sus vocales. Por un lado, se busca adecuar el sistema de designación de los vocales judiciales al pluralismo social y judicial, introduciendo un sistema de elección en dos vueltas (mayoría cualificada y luego mayoría absoluta con respaldo de grupos parlamentarios) y modificando la composición de las Cámaras en la elección de vocales. Por otro lado, se plantea una reforma radical que devuelve la elección de los doce vocales judiciales a la propia carrera judicial, mediante voto personal, igual, directo y secreto entre los jueces y magistrados en servicio activo, y se establecen criterios de antigüedad para ciertos nombramientos de altos cargos judiciales. Ambas propuestas buscan, desde sus respectivas perspectivas, reducir la influencia política en el órgano de gobierno de los jueces. Se corrigen errores formales en la numeración de artículos y se ajusta la designación de suplentes para mantener la proporcionalidad.
En cuanto al acceso a la Carrera Judicial, se introduce la posibilidad de un sistema de concurso de méritos, además de la oposición, y se establecen becas públicas para la preparación de las pruebas selectivas, con un requisito de experiencia previa en el Turno de Oficio. Se busca garantizar el acceso igualitario de las mujeres y se reserva un cupo para personas con discapacidad.
Se amplían las competencias de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, tanto en el orden penal como en el civil, para abarcar delitos relacionados con la violencia de género y la Ley Orgánica de garantía integral de la Libertad Sexual, y se establecen condiciones específicas para su competencia civil, prohibiendo la mediación en estos casos.
Respecto a la situación de servicios especiales y excedencia voluntaria de jueces y magistrados, se matiza la aplicación de la norma para cargos de rango inferior a director general y se amplía la posibilidad de que los jueces y magistrados en excedencia por motivos políticos o públicos puedan desempeñar funciones no jurisdiccionales o docentes en la Escuela Judicial, con un enfoque en materias de interés social.
En relación con el Ministerio Fiscal, se endurecen las incompatibilidades para el Fiscal General del Estado y los miembros del Ministerio Fiscal, prohibiendo la pertenencia a partidos políticos o sindicatos en los años previos a su nombramiento y exigiendo un informe favorable vinculante del CGPJ para el nombramiento y el cese del Fiscal General del Estado.
Finalmente, se suprime una disposición transitoria que generaba inconsistencias en la aplicación de la normativa a situaciones pretéritas.
En conjunto, las enmiendas buscan reformar la estructura y el funcionamiento del Poder Judicial y del Ministerio Fiscal, abordando cuestiones de independencia, acceso a la carrera judicial, competencias específicas y régimen de incompatibilidades, con el objetivo de fortalecer la integridad y la objetividad de estas instituciones.
Publicaciones del 17/7/2024
Comisión de Justicia - Ratificación de la Ponencia y dictamen
Diario de sesiones
Comisión de Justicia - Ratificación de la Ponencia y dictamen
Diario de sesionesVer diario original Núm.154 de 17/07/2024 Contenido generado por IA
Resumen del Dictamen sobre la Proposición de Ley Orgánica de reforma del Poder Judicial y del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (Expediente 122/000118)
Este documento del Diario de Sesiones del Congreso de los Diputados recoge la ratificación de la Ponencia y la emisión del dictamen sobre la Proposición de Ley Orgánica presentada conjuntamente por el Grupo Parlamentario Popular y el Grupo Parlamentario Socialista. El objetivo de esta proposición es reformar la Ley Orgánica del Poder Judicial y el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
Argumentos Principales y Grupos Parlamentarios:
Grupo Parlamentario Junts per Catalunya (Sr. Cervera):
- Argumento en contra: Considera que la reforma, incluso con posibles enmiendas, no soluciona el problema de fondo de los órganos de gobierno del poder judicial, especialmente en lo referente a su independencia e imparcialidad. Anuncia que no la avalarán y que profundizarán en el debate en el Pleno.
Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR (Sr. Santiago Romero):
- Argumento en contra: Critica que la reforma es una oportunidad perdida para abordar problemas profundos del Poder Judicial y que no admite modificaciones. Señala que el Partido Popular se opone a reformas profundas porque controla el Poder Judicial. Lamenta que no se hayan aceptado enmiendas, como la que buscaba evitar la obstrucción al acceso al Tribunal Supremo o la que pretendía eliminar discriminaciones para magistrados del cuarto turno. Considera que la reforma es limitada y que se ha desaprovechado la ocasión de mejorarla.
Grupo Parlamentario VOX (Sr. Ortega Smith-Molina):
- Argumento en contra: Califica la iniciativa de "teatro" y "pantomima" del bipartidismo (PP y PSOE), argumentando que ambos partidos han estado cómodos controlando el Consejo General del Poder Judicial y minando su independencia. Critica que la reforma no garantiza la independencia del Ministerio Fiscal y que se mantiene el desprecio a la división de poderes.
Grupo Parlamentario Socialista (Sr. Aranda Vargas):
- Argumento a favor: Destaca que es una buena noticia el acuerdo entre los dos principales partidos, aunque lamenta el tiempo perdido. Señala que la ley refuerza la independencia e integridad del sistema judicial, aumentando los años de ejercicio para ser magistrado del Tribunal Supremo, clarificando situaciones de excedencia para quienes ejercen actividad política y estableciendo un código de incompatibilidades. Menciona la previsión de 200 plazas anuales para jueces y fiscales. Defiende la participación de las Cortes Generales en la elección de vocales del Consejo.
Grupo Parlamentario Popular en el Congreso (Sr. De Rosa Torner):
- Argumento a favor: Celebra el pacto con el Grupo Socialista como fruto de un trabajo detallado y responsable que profundiza en la despolitización del Consejo General del Poder Judicial. Destaca que la reforma encargará al nuevo Consejo una propuesta para un nuevo sistema de elección de vocales con mayor participación de la carrera judicial, en línea con recomendaciones europeas. Subraya la regulación sobre servicios especiales y excedencia para quienes tuvieron participación política, el aumento de requisitos para magistrados del Tribunal Supremo y la creación de una comisión de calificación para garantizar transparencia en los nombramientos. Valora positivamente la creación de 1000 plazas de jueces y fiscales en cinco años y la apuesta por el sistema de oposición para el acceso a la carrera judicial. Celebra el nuevo régimen de incompatibilidades para el Fiscal General del Estado, que impedirá que personas con actividad política reciente accedan al cargo.
Acuerdos y Desacuerdos:
- Acuerdo: La proposición de ley es fruto de un acuerdo entre el Grupo Parlamentario Popular y el Grupo Parlamentario Socialista.
- Desacuerdo: Los grupos Junts per Catalunya, SUMAR y VOX se posicionaron en contra de la proposición de ley, argumentando que no soluciona los problemas de fondo del Poder Judicial o que es una iniciativa insuficiente y un "teatro".
- Matices Relevantes:
- El Grupo Socialista, si bien apoya el acuerdo, expresa una "sensación de llegar tarde" por el tiempo perdido en la renovación.
- El Grupo SUMAR critica la falta de aceptación de sus enmiendas, que consideraba importantes para mejorar la reforma.
- El Grupo Popular defiende que la reforma profundiza en la despolitización y bloquea intentos de "asalto" al Poder Judicial, criticando la terminología utilizada por otros grupos.
Votación:
- Las enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR fueron rechazadas (3 votos a favor, 29 en contra).
- El texto del dictamen fue aprobado (26 votos a favor, 4 en contra, 3 abstenciones).
Publicaciones del 19/7/2024
Informe de la Ponencia
BOCG
Informe de la Ponencia
BOCGVer boletín original Núm. B-130-5 de 19/07/2024 Contenido generado por IA
La Ponencia de la Comisión de Justicia ha emitido un informe sobre una proposición de ley orgánica que busca reformar la Ley Orgánica del Poder Judicial y el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
El informe, aprobado por mayoría, propone rechazar la mayoría de las enmiendas presentadas, aunque un grupo parlamentario mantiene su voluntad de defender las suyas.
La reforma propuesta tiene como objetivo principal reforzar la independencia e integridad del sistema judicial. Para ello, se plantean cambios en varios aspectos:
- Nombramientos en el Tribunal Supremo: Se eleva a 20 años el tiempo de servicio en la carrera judicial para ser nombrado magistrado del Tribunal Supremo.
- Situaciones de jueces y magistrados: Se establece la obligación de pasar a una situación de excedencia voluntaria si un juez o magistrado se presenta como candidato a cargos públicos representativos, es elegido para ellos, o es nombrado para un cargo político o de confianza con rango superior a director general. En estos casos, se limita el reingreso al servicio activo a dos años después del cese en el cargo. Los nombramientos para cargos políticos de confianza con rango de director general o inferior obligarán a pasar a servicios especiales.
- Consejo General del Poder Judicial (CGPJ): Se introducen incompatibilidades para ser vocal del CGPJ, impidiendo el nombramiento a quienes hayan sido ministros, secretarios de estado, consejeros autonómicos o presidentes de corporaciones locales en los cinco años anteriores. Se exige que los candidatos comparezcan ante una comisión parlamentaria y presenten una memoria de méritos y objetivos. Se prevé la elección de suplentes por cada vocal titular y la creación de una Comisión de Calificación para informar sobre los nombramientos. Se requerirá una mayoría de tres quintos para nombrar presidentes de Audiencias Provinciales y para designar al magistrado del Tribunal Supremo que conozca de asuntos relacionados con el CNI.
- Ministerio Fiscal: Se establece que el Fiscal General del Estado deberá abstenerse en casos similares a los de los jueces y magistrados, y que las solicitudes de abstención serán resueltas por la Junta de Fiscales de Sala. Se imponen incompatibilidades para ser Fiscal General del Estado, impidiendo el nombramiento a quienes hayan ocupado altos cargos políticos en los cinco años previos.
Además, la propuesta incluye una disposición adicional que obliga al CGPJ a estudiar los sistemas europeos de elección de vocales de órganos judiciales análogos y a presentar una propuesta de reforma en un plazo de seis meses. También se menciona la necesidad futura de aumentar la plantilla judicial y fiscal.
Publicaciones del 22/7/2024
Votación 23/7/2024
Votación Proposición de Ley Orgánica de reforma de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y de reforma de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
Votación del dictamen de la Proposición de Ley Orgánica de reforma de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y de reforma de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
Ver votaciones en la web del congreso (23/7/2024)
Votación 23/7/2024
VotaciónProposición de Ley Orgánica de reforma de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y de reforma de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
Votación del dictamen de la Proposición de Ley Orgánica de reforma de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y de reforma de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
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Dictamen de la Comisión
BOCG
Dictamen de la Comisión
BOCGVer boletín original Núm. B-130-6 de 23/07/2024 Contenido generado por IA
La Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados ha emitido un dictamen sobre una propuesta de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial y del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. Este dictamen se basa en el informe de una ponencia y representa un paso en la tramitación de esta reforma legislativa.
Pleno - Aprobación
Diario de sesiones
Pleno - Aprobación
Diario de sesionesVer diario original Núm.58 de 23/07/2024 Contenido generado por IA
Aviso: El documento oficial es excesivamente largo, la IA ha podido generar un resumen incorrecto.
Resumen del Debate Parlamentario sobre la Proposición de Ley Orgánica de reforma del Poder Judicial y del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (Expediente 122/000118)
Tipo de documento: Aprobación
Resumen de la iniciativa:
La Proposición de Ley Orgánica aborda la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial y del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. El debate se centra en la aprobación del dictamen de la Comisión de Justicia, tras no haberse mantenido enmiendas para el Pleno.
Argumentos principales y grupos parlamentarios:
Grupo Parlamentario Mixto (representado por la Sra. Belarra Urteaga):
- Argumentos en contra: Critica duramente el acuerdo entre el PSOE y el PP para la renovación del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), calificándolo de "guerra sucia judicial" y "lawfare". Sostiene que este pacto no detendrá los ataques de la derecha judicial, sino que los envalentonará. Considera que la reforma es un "acuerdo bochornoso" que entierra la legislatura progresista y legitima a un Partido Popular que, según su opinión, ha espiado ilegalmente y ha intentado criminalizar al independentismo. Argumenta que la justicia no es imparcial y que este acuerdo desperdicia una oportunidad de regeneración democrática, volviendo al bipartidismo. Propone pactar con la "mayoría democrática y plurinacional" y luchar contra la corrupción.
- Propuesta alternativa: Romper el acuerdo con el PP y pactar con la mayoría progresista y plurinacional para un CGPJ con mandato de lucha contra la corrupción.
Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV) (representado por el Sr. Legarda Uriarte):
- Argumentos de abstención: Se abstiene por no haber sido consultado y porque considera que la reforma no aborda el "problema sistémico de fondo" del CGPJ. Critica que tanto el PP como el PSOE buscan una cuota mayoritaria en el CGPJ para designar a personas afines ideológicamente.
- Propuesta alternativa: Despojar al Consejo de su función de nombramiento de la cúpula judicial, atribuyendo esta función directamente a los jueces y magistrados de cada ámbito. Propone también medidas para evitar bloqueos en la elección de vocales, como el sorteo o la ampliación de plazos.
Grupo Parlamentario Junts per Catalunya (representado por el Sr. Cervera Pinart):
- Argumentos en contra: Considera que la reforma es un acuerdo entre los "partidos sistémicos" (PP y PSOE) que supone "cambios cosméticos" y perpetúa un sistema de "puertas giratorias". Critica que se hable de independencia e integridad judicial tras la actuación de algunos jueces que, según su opinión, han sido envalentonados por la derecha y la izquierda para parar al independentismo. Sostiene que la reforma no soluciona el problema de fondo de la parcialidad, condicionada por la "extrema derecha judicial" y la "sacrosanta unidad de España". Denuncia el descrédito del gobierno del Poder Judicial y sus injerencias políticas, que han llevado a la judicialización de la política y la politización de la justicia, especialmente contra los catalanes y el independentismo.
- Posición: No cuenta con Junts per Catalunya para "blanquear" el sistema judicial.
Grupo Parlamentario Republicano (representado por la Sra. Vallugera Balañà):
- Argumentos de no participación: No participó en la ponencia, la comisión ni la votación de toma en consideración, y no participará en la votación de esta ley ni en la de los miembros del CGPJ. Considera la reforma "lamentable" y una "farsa", especialmente porque el PSOE y el PP, que han sufrido embestidas de un poder judicial "cualquier cosa menos independiente", no han aprovechado la oportunidad para una "real modificación" y democratización de la justicia. Critica que los jueces hagan lo que quieran sin consecuencias y que no haya un sistema de sanciones.
- Crítica: Señala que la reforma solo cambia plazos y condiciones, sin abordar el problema de fondo. Considera que se está destrozando el Estado y que la reforma es un "flaco favor" a la democracia.
Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR (representado por el Sr. Pisarello Prados):
- Argumentos: Considera que la reforma es un paso para acabar con el "secuestro institucional" del CGPJ por parte del PP, pero la regeneración de la justicia sigue pendiente. Señala que, aunque se incorporan nombres valiosos, la mayoría progresista no sale reforzada y el PP no ha cambiado. Critica que no se hayan incluido magistrados como José Ricardo de Prada y Victoria Rosell, que plantaron cara a la corrupción del PP. Denuncia el "lawfare" contra el presidente y su familia, y la actuación de jueces que, según su opinión, inaplican la ley de amnistía con argumentos prevaricadores. Pide medidas urgentes para combatir el sesgo clasista, sexista y centralizador de la justicia, y para limitar el poder económico. Aboga por modificar el Código Penal para evitar que huelgas o protestas sean consideradas terrorismo, suprimir la ley mordaza y derogar las injurias a la Corona.
- Propuesta: Llama a actuar en honor a la memoria de figuras históricas y al "pueblo llano" para defender la felicidad de todos.
Grupo Parlamentario VOX (representado por el Sr. Ortega Smith-Molina):
- Argumentos en contra: Califica el acuerdo entre PSOE y PP como "compadreo" y "teatro", una "reforma estética" y "maquillaje" para disimular el reparto de "peones judiciales" y "comisarios políticos togados". Critica la disposición adicional que remite a Europa para estudiar modelos de elección, considerándolo una "vergüenza" y un "desprecio a esta Cámara". Sostiene que la Constitución ya establece que doce vocales no debían ser elegidos por partidos políticos. Acusa al PSOE y sus socios de querer una justicia "revolucionaria" y "soviética", y al PP de usar "maquillaje" para controlar el Poder Judicial.
- Propuesta alternativa: Defiende una justicia verdaderamente independiente, con doce vocales elegidos por y entre jueces y magistrados, y que las altas magistraturas se ocupen por estricto orden de escalafón y antigüedad, sin condicionantes políticos.
Grupo Parlamentario Socialista (representado por el Sr. Aranda Vargas):
- Argumentos a favor: Destaca que la ley es fruto del consenso entre los dos principales partidos y cumple un mandato constitucional y legal, aunque "tarde" (seis años). Subraya que el acuerdo suma, hace avanzar y eleva la democracia. Señala que la ley refuerza la independencia e integridad del sistema judicial, mejorando los requisitos para ser magistrado del Supremo, clarificando situaciones de tránsito entre política y justicia, estableciendo un código de incompatibilidades y fijando los tres quintos para ciertos acuerdos del Consejo. Menciona que el nuevo Consejo deberá estudiar sistemas de nombramiento europeos y prevé el aumento de la plantilla judicial y fiscal. Defiende la vinculación del Poder Judicial a la soberanía nacional y al pueblo español.
- Matices: Reconoce la sensación de llegar tarde y la desazón por el tiempo perdido, pero celebra el acuerdo alcanzado.
Grupo Parlamentario Popular en el Congreso (representado por la Sra. Gamarra Ruiz-Clavijo):
- Argumentos a favor: Considera que la ley es un paso importante para terminar con la injerencia política en el Poder Judicial y rescatar el espíritu de Montesquieu. Afirma que la reforma era una exigencia de la Unión Europea y del Consejo de Europa para la independencia de los consejos. Destaca que la ley supone una moción de censura a quienes creen en la política de muros y una derrota para quienes piensan que se puede gobernar con mayorías ajustadas. Señala que la reforma establece un plazo de seis meses para que el propio Consejo proponga un sistema de elección acorde con los estándares europeos, garantizando que en la próxima renovación sean los jueces quienes elijan a los jueces. Critica al Gobierno por insultar y presionar a los jueces, y por pretender que Sánchez y su familia sean intocables.
- Propuesta: Blindar los criterios de profesionalidad e independencia de los miembros del Consejo y sus decisiones, y adecuar el sistema a la realidad europea.
Acuerdo, desacuerdo y matices relevantes:
- Acuerdo: Se produce un acuerdo entre el PSOE y el PP para la aprobación de la reforma. El Grupo Parlamentario Socialista y el Grupo Parlamentario Popular defienden la ley como un avance necesario para la independencia judicial y el cumplimiento de estándares europeos, aunque los socialistas lamentan el tiempo perdido.
- Desacuerdo: Los grupos Mixto, Vasco (EAJ-PNV), Junts per Catalunya, Republicano y VOX expresan su oposición o abstención/no participación. Critican que la reforma es cosmética, no aborda el problema de fondo de la politización de la justicia, perpetúa el sistema actual o es un mero "maquillaje". VOX y Junts per Catalunya critican duramente el acuerdo entre PSOE y PP. El Grupo Republicano considera la iniciativa una "farsa" y se desvincula del proceso.
- Matices:
- El Grupo Vasco (EAJ-PNV) propone una reforma más profunda que despoje al Consejo de la función de nombramiento de la cúpula judicial.
- El Grupo Plurinacional SUMAR, aunque reconoce el paso dado, considera que la regeneración de la justicia sigue pendiente y pide medidas más ambiciosas.
- El Grupo Socialista, si bien celebra el acuerdo, reconoce que llega tarde y lamenta las oportunidades perdidas.
- El Grupo Popular enfatiza que la reforma es un primer paso y una exigencia europea, y critica al Gobierno por su relación con la justicia.
Resultado de la votación:
- A favor: 258 votos
- En contra: 44 votos
- Abstenciones: 32 votos
La Proposición de Ley Orgánica fue aprobada.
Votación 23/7/2024
Votación Proposición de Ley Orgánica de reforma de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y de reforma de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
Votación de conjunto de la Proposición de Ley Orgánica de reforma de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y de reforma de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, por tener la misma carácter orgánico.
Ver votaciones en la web del congreso (23/7/2024)
Votación 23/7/2024
VotaciónProposición de Ley Orgánica de reforma de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y de reforma de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
Votación de conjunto de la Proposición de Ley Orgánica de reforma de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y de reforma de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, por tener la misma carácter orgánico.
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Publicaciones del 24/7/2024
Texto remitido por el Congreso de los Diputados
BOCG
Texto remitido por el Congreso de los Diputados
BOCGVer boletín original BOCG. Senado Núm. 138_1465 (Apartado I) de 24/07/2024 Contenido generado por IA
El texto aprobado por el Congreso de los Diputados y remitido al Senado para continuar su tramitación legislativa es una proposición de ley orgánica que reforma la Ley Orgánica del Poder Judicial y el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
Los puntos clave de la reforma son:
- Nombramientos en el Tribunal Supremo: Se eleva a 20 años el tiempo de servicio en la carrera judicial para ser nombrado magistrado del Tribunal Supremo.
- Situaciones de jueces y magistrados: Se establece la obligación de pasar a una situación de excedencia voluntaria cuando un juez o magistrado se presenta a cargos públicos representativos o es nombrado para un cargo político o de confianza de alto rango. En estos casos, no podrán reingresar al servicio activo hasta dos años después de cesar en dicho cargo. Se pasa a servicios especiales si el nombramiento es de rango de director general o inferior.
- Consejo General del Poder Judicial (CGPJ):
- Se establecen incompatibilidades para ser vocal del CGPJ, impidiendo el nombramiento a quienes hayan sido ministros, secretarios de estado, consejeros autonómicos o presidentes de corporaciones locales en los cinco años anteriores.
- Los candidatos a vocales deberán comparecer ante una comisión parlamentaria y presentar una memoria de méritos y objetivos.
- Se designará un suplente por cada vocal titular.
- Se crea una Comisión de Calificación dentro del CGPJ para informar sobre los nombramientos y garantizar la objetividad.
- Se exige una mayoría de tres quintos de los vocales para nombrar a presidentes de Audiencias Provinciales y al magistrado del Tribunal Supremo que conoce de las actividades del CNI.
- Ministerio Fiscal:
- El Fiscal General del Estado deberá abstenerse en casos similares a los previstos para jueces y magistrados, resolviendo la Junta de Fiscales de Sala.
- Se establecen incompatibilidades para ser Fiscal General del Estado, impidiendo el nombramiento a quienes hayan ocupado altos cargos políticos en los cinco años anteriores.
- Estudio y propuesta del CGPJ: En seis meses, el CGPJ deberá elaborar un informe sobre sistemas europeos de elección de vocales y una propuesta de reforma para mejorar la independencia y adecuarse a estándares europeos.
- Incremento de plazas: Se prevé la creación de 1.000 plazas de jueces y fiscales en cinco años para atender al aumento de la litigiosidad y las jubilaciones.
Publicaciones del 30/7/2024
Aprobación por el Pleno
BOCG
Aprobación por el Pleno
BOCGVer boletín original Núm. B-130-7 de 30/07/2024 Contenido generado por IA
Resultado iniciativa: Aprobación por el Pleno
Propuestas de veto (Senado)
BOCG
Propuestas de veto (Senado)
BOCGVer boletín original BOCG. Senado Núm. 141_1470 (Apartado I) de 30/07/2024 Contenido generado por IA
Los senadores del Grupo Parlamentario Mixto (GPMX) presentan una propuesta de veto contra una Proposición de Ley Orgánica que busca reformar la Ley del Poder Judicial y el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
El argumento principal para el veto es que la proposición de ley, impulsada por los partidos mayoritarios, perpetúa la "politización de la Justicia" y el control de los órganos judiciales por parte de los partidos políticos. Los senadores consideran que, si bien la ley puede incluir aspectos discutibles o positivos, ignora deliberadamente la reforma del sistema de elección de los vocales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
Critican especialmente una disposición adicional que propone que el CGPJ elabore un informe sobre sistemas europeos para la elección de sus miembros, con el objetivo de proponer una reforma. Según los senadores, esto retrasa innecesariamente una reforma urgente, no garantiza que los jueces elijan a sus representantes y somete la soberanía judicial española a una supuesta homologación europea. Lo consideran una "declaración hipócrita" que oculta un "desvergonzado reparto del gobierno del Poder Judicial" entre los partidos.
La propuesta de veto argumenta que esta politización de la justicia es una práctica histórica de los partidos mayoritarios, con el objetivo de controlar el poder judicial para su propio beneficio o para servir a sus agendas ideológicas. Defienden que la justicia debe basarse en la independencia, imparcialidad y profesionalidad, y que su legitimación democrática proviene de la aplicación imparcial de las leyes, no de la influencia partidista.
Como alternativa, proponen que los vocales de origen judicial del CGPJ sean elegidos por los propios jueces y magistrados, y que se apliquen criterios reglados para el acceso a puestos judiciales. Por estos motivos, solicitan el veto de la proposición de ley.
Enmiendas (Senado)
BOCG
Enmiendas (Senado)
BOCGVer boletín original BOCG. Senado Núm. 141_1471 (Apartado I) de 30/07/2024 Contenido generado por IA
Se presentan enmiendas al texto de una proposición de ley orgánica que busca reformar la Ley Orgánica del Poder Judicial y el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
Las enmiendas, presentadas por senadores de distintos grupos, proponen modificaciones sustanciales en varios aspectos:
- Nombramiento de vocales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ): Se busca cambiar el sistema actual para que los doce vocales de procedencia judicial sean elegidos por los propios jueces y magistrados, en lugar de por las Cortes Generales. Se pretende así evitar la politización y el sistema de cuotas partidistas. También se proponen restricciones para evitar que personas con cargos políticos recientes o vinculación a partidos puedan ser candidatos.
- Provisión de plazas en el Tribunal Supremo y presidencias de órganos judiciales: Se plantea que el acceso a estas plazas se base exclusivamente en la antigüedad en la carrera judicial, eliminando criterios discrecionales y buscando desterrar influencias políticas.
- Nombramiento del Fiscal General del Estado: Se propone que el informe del CGPJ sobre la idoneidad del candidato sea vinculante, tanto para el nombramiento como para el cese. Además, se establecen requisitos más estrictos para evitar que personas con cargos políticos o afiliación a partidos en los últimos años puedan acceder a este puesto.
- Incompatibilidades y situaciones de servicio: Se introducen o modifican normas sobre las situaciones de servicio especial, excedencia y las incompatibilidades para jueces y magistrados, con el objetivo de reforzar la independencia y evitar el tránsito indebido a la política.
- Supresión de una disposición adicional: Se propone eliminar una disposición que prevé un informe sobre sistemas de elección de vocales en otros países europeos, argumentando que la Constitución ya establece claramente el modelo y que dicha disposición podría servir como excusa para mantener el sistema actual de elección parlamentaria.
En resumen, las enmiendas buscan reformar la ley para garantizar una mayor independencia judicial y del Ministerio Fiscal, limitando la influencia política en los órganos de gobierno y en el acceso a puestos clave de la judicatura.
Senado - Comisión de Justicia
Diario de sesiones
Senado - Comisión de Justicia
Diario de sesionesVer diario original DS. Senado Núm.164 de 30/07/2024 Contenido generado por IA
Resumen del Debate en la Comisión de Justicia del Senado sobre la Proposición de Ley Orgánica de reforma del Poder Judicial y del Ministerio Fiscal (Expediente 122/000118)
Este documento recoge la sesión de la Comisión de Justicia del Senado en la que se ratificó la ponencia y se debatió la Proposición de Ley Orgánica de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial y del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, remitida por el Congreso de los Diputados.
Puntos clave del debate:
Ratificación de la Ponencia: La comisión ratificó la ponencia encargada de informar sobre la proposición de ley, compuesta por representantes de varios grupos parlamentarios.
Propuesta de Veto:
- El Grupo Parlamentario Mixto, a través de su portavoz, defendió una propuesta de veto. Argumentó que el sistema actual de elección de los vocales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) está "a merced de lo que digan los partidos políticos" y genera una "apariencia de independencia judicial" y desconfianza ciudadana. Considera que el pacto entre el PP y el PSOE consolida una elección "claramente politizada" y que los partidos "no quieren perder su cuota de poder".
- El Grupo Parlamentario Izquierda Confederal y el Grupo Parlamentario Vasco en el Senado manifestaron su voto en contra del veto.
- El Grupo Parlamentario Socialista también se opuso al veto, calificándolo de "bloqueo y obstrucción" sin fundamento. Destacó que la reforma es fruto del consenso entre los dos principales partidos y que busca reforzar la independencia judicial, endurecer requisitos para magistrados, clarificar situaciones de servicios especiales y endurecer el reingreso al servicio activo tras cargos políticos. También mencionó la previsión de un estudio sobre sistemas europeos de elección de vocales y el aumento de la plantilla judicial y fiscal.
- El Grupo Parlamentario Popular defendió la reforma y pidió el voto en contra del veto, argumentando que la ley busca garantizar la independencia judicial, la separación de poderes y la despolitización de la justicia y la Fiscalía, incluyendo la prohibición de haber ocupado cargos políticos en los cinco años anteriores.
- La propuesta de veto fue rechazada por 1 voto a favor y 28 en contra.
Debate y Votación de Enmiendas:
- Los portavoces del Grupo Mixto y del Grupo Izquierda Confederal dieron por defendidas sus enmiendas.
- El Grupo Parlamentario Socialista agradeció las enmiendas pero consideró que el texto ya recogía lo necesario para la integridad e independencia del sistema judicial, y que la disposición adicional única permitiría abrir un debate futuro sobre sistemas europeos.
- El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado anunció su abstención en la votación del dictamen. Argumentó que la reforma, fruto de un acuerdo entre PP y PSOE, es una "operación de maquillaje" que no aborda el fondo de la cuestión de la elección de vocales del CGPJ y perpetúa el control político de los órganos judiciales. Señaló que el texto no se compartió con otros grupos y no permitió incluir enmiendas.
- El Grupo Parlamentario Socialista, a través de su portavoz, celebró el acuerdo como una "noticia feliz" y positiva, destacando la importancia del consenso en democracia. Reconoció que la renovación ha sido tardía y que el órgano de gobierno del Poder Judicial depende de las Cámaras legislativas según la Constitución. Defendió que la elección por las Cámaras, como representantes del pueblo, es lógica y democrática.
- El Grupo Parlamentario Popular también celebró el acuerdo como producto del entendimiento entre los principales partidos, destinado a reformar el sistema de elección de vocales del CGPJ y reforzar la independencia judicial. Señaló que el pacto, aunque tardío, es transparente y avalado por la UE, y que endurecer requisitos y limitar las "puertas giratorias" es un avance.
Aprobación del Dictamen:
- Tras el debate, la comisión votó el dictamen propuesto por la ponencia.
- El dictamen fue aprobado por 26 votos a favor, 1 en contra y 2 abstenciones.
- Se aprobaron dos correcciones gramaticales que no se consideran enmiendas a efectos del artículo 90.2 de la Constitución.
- Se recordó el plazo para la presentación de votos particulares y se designó a la presidenta de la comisión como representante para presentar el dictamen ante el Pleno del Senado.
Acuerdo, Desacuerdo y Matices:
- Acuerdo: Hubo un acuerdo general entre el Grupo Parlamentario Socialista y el Grupo Parlamentario Popular en la necesidad de reformar la Ley del Poder Judicial y el Estatuto del Ministerio Fiscal, y en la aprobación del dictamen de la ponencia. Ambos grupos destacaron la importancia del consenso y la mejora de la independencia judicial.
- Desacuerdo: El Grupo Parlamentario Mixto presentó una propuesta de veto que fue rechazada, mostrando un desacuerdo fundamental con el sistema de elección de vocales del CGPJ y el pacto alcanzado.
- Matices: El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado anunció su abstención, reconociendo el acuerdo entre los dos grandes partidos pero criticando que la reforma no aborda en profundidad la despolitización del sistema de elección y perpetúa el control político.
No se menciona en este fragmento del Diario de Sesiones:
- Los contenidos específicos de las enmiendas presentadas por los distintos grupos, más allá de que fueron defendidas y que el Grupo Socialista consideró que ya estaban cubiertas o que la disposición adicional única ofrecía una vía de futuro.
- Los detalles de las dos correcciones gramaticales aprobadas.
- La identidad de los ponentes, salvo la lectura de sus nombres por parte de la Vicepresidenta Primera.
- El contenido exacto de la proposición de ley orgánica que se está reformando, más allá de su título y los aspectos generales mencionados por los intervinientes.
Publicaciones del 31/7/2024
Votos particulares (Senado)
BOCG
Votos particulares (Senado)
BOCGVer boletín original BOCG. Senado Núm. 142_1474 (Apartado I) de 31/07/2024 Contenido generado por IA
Se presentan votos particulares de varios senadores (Paloma Gómez Enríquez, Ángel Pelayo Gordillo Moreno, Fernando Carbonell Tatay y Juanjo Ferrer Martínez, y Enric Xavier Morera Català) a una proposición de ley orgánica que busca reformar la Ley Orgánica del Poder Judicial y el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. Estos votos particulares se formulan para defender en el Pleno del Senado enmiendas específicas (numeradas del 1 al 16) y una propuesta de veto.
Índice de enmiendas
BOCG
Índice de enmiendas
BOCGVer boletín original BOCG. Senado Núm. 142_1475 (Apartado I) de 31/07/2024 Contenido generado por IA
Este documento es un índice de las enmiendas presentadas por diferentes diputados a un proyecto de ley. Detalla qué parte del texto legislativo (preámbulo, artículos, disposiciones) se propone modificar y por qué grupo parlamentario (GPMX o GPIC) se ha presentado cada enmienda. Indica que el proyecto de ley se encuentra en fase de enmiendas, donde los grupos parlamentarios pueden proponer cambios al texto original.
Informe de la Ponencia (Senado)
BOCG
Informe de la Ponencia (Senado)
BOCGVer boletín original BOCG. Senado Núm. 142_1476 (Apartado I) de 31/07/2024 Contenido generado por IA
La Ponencia del Senado encargada de estudiar la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial y del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal ha decidido proponer a la Comisión de Justicia que se apruebe el texto tal y como fue enviado por el Congreso de los Diputados. Además, se realizarán correcciones menores de tipo gramatical que no alteran el contenido de la propuesta.
Dictamen de la Comisión (Senado)
BOCG
Dictamen de la Comisión (Senado)
BOCGVer boletín original BOCG. Senado Núm. 142_1477 (Apartado I) de 31/07/2024 Contenido generado por IA
La Comisión de Justicia del Senado ha aprobado un dictamen sobre una propuesta de ley orgánica. Esta propuesta busca reformar dos leyes importantes: la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Ley del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. El dictamen es el resultado del informe de una ponencia encargada de estudiar esta reforma.
Texto aprobado por el Senado
BOCG
Texto aprobado por el Senado
BOCGVer boletín original BOCG. Senado Núm. 142_1479 (Apartado I) de 31/07/2024 Contenido generado por IA
El Senado ha aprobado un texto que propone modificar la Ley Orgánica del Poder Judicial y el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. Esta iniciativa legislativa, que ahora vuelve al Congreso de los Diputados, busca introducir cambios en la estructura y funcionamiento de ambos pilares del sistema de justicia español.
Senado - Pleno
Diario de sesiones
Senado - Pleno
Diario de sesionesVer diario original DS. Senado Núm.42 de 31/07/2024 Contenido generado por IA
Resumen del Debate Parlamentario: Proposición de Ley Orgánica de reforma de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y de reforma de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (Exp. 122/000118)
Tipo de documento: Dictamen de Comisión y Debate en Pleno del Senado.
Objeto de la Proposición de Ley: La proposición de ley busca reformar la Ley Orgánica del Poder Judicial y el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. Los cambios propuestos incluyen el aumento a veinte años del tiempo de ejercicio para ser nombrado magistrado del Tribunal Supremo, la introducción de un régimen de incompatibilidades para ser vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) por el turno de juristas de reconocida competencia, la creación de una comisión de calificación en el CGPJ, y la exigencia de una mayoría de tres quintos para nombramientos clave en el ámbito judicial. También se modifica la situación de servicios especiales y excedencias voluntarias de jueces y magistrados, y se clarifica la abstención del Fiscal General del Estado en casos de conflicto de interés. Adicionalmente, se encarga al CGPJ la elaboración de un informe sobre sistemas europeos de elección de vocales de órganos de gobierno judicial.
Argumentos a favor y en contra:
Grupo Parlamentario Mixto (representado por la senadora Gómez Enríquez):
- En contra (Propuesta de Veto y Enmiendas): Defienden que el sistema actual de elección de vocales del CGPJ es "partitocrático" y genera una apariencia de corrupción política, minando la confianza ciudadana en la justicia. Critican el acuerdo entre PP y PSOE por perpetuar este sistema en lugar de reformarlo previamente. Argumentan que la reforma debería ser anterior a la renovación del CGPJ para cumplir con los estándares europeos de independencia judicial. Consideran que el acuerdo es una "trampa" que perpetúa la politización y que la solución real es la despolitización de la elección de vocales, con criterios de mérito y capacidad, y que los jueces elijan a los vocales judiciales.
Grupo Parlamentario Izquierda Confederal (representado por las senadoras Barcos Berruezo y Delgado Gómez, y el senador Ferrer Martínez):
- En contra del Veto (pero con críticas a la reforma): Votan en contra del veto de Vox porque consideran que la reforma, aunque no sea la ideal, es necesaria para desbloquear nombramientos judiciales pendientes y para acabar con el "secuestro" del CGPJ por parte de posiciones ultraconservadoras. Critican que la reforma no sea más profunda, que se haya vetado la participación de otros grupos y que la ley siga siendo similar a la de 1870. Se abstienen en la votación final porque consideran que se ha perdido la oportunidad de mejorar la ley y que se ha cercenado la posibilidad de enmiendas.
- Enmiendas (senador Ferrer Martínez): Presentan enmiendas para adaptar la reforma al Estado de las Autonomías, incluyendo a los "consellers insulars" en el régimen de cautelas, y para ampliar el periodo de exclusión de la judicatura para ser elegido por el turno de juristas de reconocida competencia.
Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (representado por la senadora Beltrán de Heredia Arroniz):
- Críticas a la reforma: Consideran que la reforma es un "pequeño retoque de imagen" fruto del pactismo bipartidista y que no aborda el problema de fondo de la politización de la justicia ni repara el deterioro y descrédito del CGPJ. Señalan que el Senado se ha limitado a ratificar el texto del Congreso sin aportar mejoras. Argumentan que la reforma debería haber desapoderado al CGPJ de la función de nombramientos y atribuido la elección a los propios jueces. Consideran que la encomienda al CGPJ para elaborar un informe es una "patada para adelante".
Grupo Parlamentario Plural (Junts per Catalunya-Coalición Canaria-Agrupación Herreña Independiente-Bloque Nacionalista Galego) (representado por el senador Pujol Bonell):
- Críticas a la reforma: Denuncian que el acuerdo entre PP y PSOE abandona la justicia en manos de "jueces prevaricadores" y critican la "democracia de brazos caídos" ante la no aplicación de la Ley de Amnistía. Consideran la reforma una "camama" y un "teatrillo" que perpetúa las trampas y no defiende la democracia.
Grupo Parlamentario Socialista (representado por las senadoras Arocha Correa y Delgado Gómez, y el senador Oleaga Zalvidea):
- A favor (con matices): Defienden la importancia de llegar a acuerdos en democracia y consideran que la reforma, aunque tardía, es necesaria para desbloquear el CGPJ y evitar futuros bloqueos. Destacan que la ley respeta la Constitución y que el nuevo consejo tendrá seis meses para proponer reformas. Sus objetivos son una justicia limpia, profesional e independiente, acabando con las "cacerías" y la instrumentalización política. Critican la tibieza del Gobierno con regímenes dictatoriales y la actitud de la ultraderecha.
Grupo Parlamentario Popular en el Senado (representado por las senadoras Pardo Pumar y Silván Rodríguez):
- A favor: Consideran que la reforma es un "gran paso" para garantizar la independencia judicial y la separación de poderes, y para acabar con las "puertas giratorias". Destacan el endurecimiento de requisitos para magistrados del Supremo, el régimen de incompatibilidades y el refuerzo de mayorías para nombramientos. Señalan que la reforma es fruto de un consenso transparente y avalado por la UE. Critican la "tibieza" del Gobierno con el régimen de Maduro y apoyan al pueblo venezolano.
Grupo Parlamentario Izquierdas por la Independencia (Esquerra Republicana-Euskal Herria Bildu) (representado por las senadoras Bideguren Gabantxo y Queralt Jiménez):
- Críticas a la reforma: Argumentan que la justicia ya está politizada y que la reforma no la salva, sino que refuerza el déficit democrático al permitir que los jueces nombren el gobierno de los jueces. Consideran que el pacto entre PP y PSOE es un "reparto de pastel" y que no aborda los problemas reales de la justicia, como la agilización o la falta de medidas de protección. Señalan que la existencia de un CGPJ es un factor de politización en sí mismo.
Grupo Parlamentario Izquierda Confederal (Más Madrid, Eivissa i Formentera al Senat, Compromís, Agrupación Socialista Gomera y Geroa Bai) (representado por el senador Chinea Correa):
- A favor (con matices): Consideran que el acuerdo es un mínimo necesario tras años de parálisis y que la mediación de la UE ha sido clave. Reconocen que el CGPJ se había vuelto inservible, pero critican que la designación de vocales siga el método tradicional de pacto entre PP y PSOE. Ponen en duda la efectividad de la reforma para abordar problemas como la acogida de menores migrantes.
Acuerdo, desacuerdo o matices relevantes:
- Acuerdo: Existe un acuerdo generalizado en que la justicia está politizada y que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha sufrido un bloqueo prolongado. La reforma busca abordar estas cuestiones.
- Desacuerdo: El principal punto de desacuerdo radica en la profundidad y efectividad de la reforma.
- El Grupo Parlamentario Mixto considera que la reforma es insuficiente y que se ha abordado de forma incorrecta (primero la renovación y luego la reforma).
- El Grupo Parlamentario Izquierda Confederal y el Grupo Parlamentario Vasco critican que la reforma es un "retoque" que no soluciona los problemas de fondo y que se ha cerrado a aportaciones externas.
- El Grupo Parlamentario Izquierdas por la Independencia cuestiona la propia existencia del CGPJ como órgano de gobierno judicial y su papel en la politización.
- Matices:
- El Grupo Parlamentario Socialista y el Grupo Parlamentario Popular defienden la reforma como un paso necesario y positivo, fruto del consenso, que refuerza la independencia judicial y pone fin a las "puertas giratorias".
- El Grupo Parlamentario Izquierda Confederal se abstiene en la votación final, reconociendo la necesidad de la reforma pero criticando sus limitaciones y la falta de enmiendas.
Resultado de la votación:
- La propuesta de veto fue rechazada (3 votos a favor, 241 en contra).
- Las enmiendas presentadas fueron rechazadas.
- La proposición de ley fue aprobada (227 votos a favor, 6 en contra, 11 abstenciones).
Publicaciones del 5/8/2024
Ver BOE Núm: 188 de 05/08/2024 BOE
Ley Orgánica 3/2024, de 2 de agosto, de reforma de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y de reforma de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.