Proyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 7/2014, de 12 de noviembre, sobre intercambio de información de antecedentes penales y consideración de resoluciones judiciales penales en la Unión Europea, para su adecuación a la normativa de la Unión Europea sobre el Sistema Europeo de Información de Antecedentes Penales (ECRIS)
- Número de expendiente
-
- Ver iniciativa original - Tipo
- Proyecto de ley
- Fechas
- Presentado el 14/03/2024 , calificado el 19/03/2024
- Autor
-
- Gobierno
- Comisiones
-
- Comisión de Justicia
- Estado Actual
- Aprobado con modificaciones
- Ponentes
-
- Adrio Taracido, María
- Belmonte Gómez, Rafael Benigno
- Cervera Pinart, Josep Maria
- Del Valle Rodríguez, Emilio Jesús
- Fernández Hernández, Pedro
- Iñarritu García, Jon
- Legarda Uriarte, Mikel
- Martín Rodríguez, Margarita
- Martínez Barbero, Verónica
- Rallo Lombarte, Artemi
- Santiago Romero, Enrique Fernando
- Vallugera Balañà, Pilar
- Vázquez Blanco, Ana Belén
- Velarde Gómez, Martina
- Velasco Retamosa, José Manuel
- Tramitación seguida por la iniciativa
-
- Comisión de Justicia Publicación desde 19/03/2024 hasta 22/03/2024
- Comisión de Justicia Enmiendas desde 22/03/2024 hasta 20/06/2024
- Comisión de Justicia Informe desde 20/06/2024 hasta 31/07/2024
- Comisión de Justicia Dictamen desde 31/07/2024 hasta 10/09/2024
- Pleno Aprobación desde 10/09/2024 hasta 18/09/2024
- Senado desde 18/09/2024 hasta 14/10/2024
- Concluido - (Aprobado con modificaciones) desde 14/10/2024 hasta 19/11/2024
- Fecha de actualización
- 25/9/2025
Resumen
Contenido generado por IA
¿De qué trata la iniciativa? La iniciativa buscaba modificar la Ley Orgánica 7/2014 para adecuar el intercambio de información de antecedentes penales entre España y otros países de la Unión Europea a la normativa europea vigente, especialmente al Sistema Europeo de Información de Antecedentes Penales (ECRIS). El objetivo era mejorar la cooperación judicial, permitir el intercambio de datos como imágenes faciales y huellas dactilares, y agilizar la gestión de antecedentes penales a nivel europeo. También se proponía la creación de un Registro Central de Menores para la delincuencia juvenil.
¿Qué ha ocurrido en su trámite? El proyecto de ley se presentó y fue debatido en la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados, donde se presentaron varias enmiendas por parte de distintos grupos parlamentarios. Algunas enmiendas buscaban mejorar la protección de datos, el silencio administrativo en cancelaciones de antecedentes, y la información registrada sobre menores. Tras el debate y la votación de las enmiendas en comisión, se emitió un dictamen que fue elevado al Pleno del Congreso. El Pleno del Congreso aprobó el proyecto de ley el 17 y 18 de septiembre de 2024. Posteriormente, el texto fue remitido al Senado, donde se presentaron enmiendas. El 8 de octubre de 2024, el Senado debatió el proyecto, y el Grupo Parlamentario Popular solicitó su exclusión del orden del día, lo cual fue aprobado. Finalmente, el 14 de octubre de 2024, el Pleno del Senado rechazó el proyecto de ley por mayoría absoluta.
¿Qué apoyos y rechazos recibió? En el Congreso de los Diputados, el proyecto de ley fue aprobado en el Pleno con un amplio apoyo (346 votos a favor, 0 en contra, 0 abstenciones en la votación de conjunto). Sin embargo, una enmienda del Grupo Parlamentario Mixto (número 8) fue rechazada en el Pleno con 57 votos a favor y 291 en contra. En el Senado, el proyecto de ley fue rechazado en el Pleno con 111 votos a favor y 148 en contra, además de 2 abstenciones. Los grupos que votaron a favor en el Senado incluyeron al Socialista, Izquierda Confederal, Vasco (EAJ-PNV), Plural y Izquierdas por la Independencia. Los grupos que votaron en contra incluyeron al Popular, Vox y Unión del Pueblo Navarro (UPN).
¿En qué estado está la iniciativa actualmente? La iniciativa fue vetada por el Senado el 14 de octubre de 2024. El veto aprobado por mayoría absoluta significa que el proyecto de ley, en los términos en que fue aprobado por el Congreso, no continuará su tramitación.
¿Qué importancia tiene este resultado dentro del proceso legislativo? El veto del Senado implica que el proyecto de ley ha sido rechazado y no se convertirá en ley en su forma actual. El Congreso de los Diputados podría intentar levantar el veto, pero dado el resultado en el Senado, la iniciativa queda archivada o deberá ser reformulada sustancialmente para poder avanzar.
Documentos
Publicaciones del 22/3/2024
Iniciativa
BOCG
Iniciativa
BOCGVer boletín original Núm. A-17-1 de 22/03/2024 Contenido generado por IA
Esta Ley Orgánica modifica la Ley 7/2014 para adecuar el intercambio de información de antecedentes penales en la Unión Europea a la normativa europea vigente, incluyendo la Directiva (UE) 2019/884 y el Reglamento (UE) 2019/816. Se busca mejorar la cooperación entre Estados miembros, permitiendo el intercambio de datos como la imagen facial y huellas dactilares. Se introduce un Registro Central de Menores para abordar la delincuencia juvenil, integrando sentencias y medidas cautelares. La ley flexibiliza la retransmisibilidad de sentencias y establece nuevos procedimientos para la consulta y transmisión de información, especialmente para nacionales de terceros países. El objetivo es fortalecer la seguridad jurídica y la eficacia en la gestión de antecedentes penales a nivel europeo.
Publicaciones del 26/6/2024
Enmiendas e índice de enmiendas al articulado
BOCG
Enmiendas e índice de enmiendas al articulado
BOCGVer boletín original Núm. A-17-2 de 26/06/2024 Contenido generado por IA
Enmienda de Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR (Enmienda núm. 1)
- Objeto: Modificación de la Exposición de Motivos.
- Modificación(es):
- Se añade un nuevo párrafo al final del epígrafe I de la Exposición de Motivos.
- Este nuevo párrafo establece que la Ley Orgánica elimina las limitaciones de la Ley Orgánica 7/2014 para mejorar la efectividad de la Decisión Marco 2008/675/JAI en la fase de ejecución de las condenas.
- Se aclara que la equivalencia de efectos jurídicos de las resoluciones condenatorias anteriores dictadas en otros Estados miembros se aplicará en la fase previa al proceso, durante el mismo y con ocasión de la ejecución de la condena.
- Se indica que esta modificación conlleva un cambio en la Ley 23/2014, de 20 de noviembre, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales, con la supresión del párrafo segundo del artículo 86.1 de dicha ley.
- Efecto: Amplía el alcance y la claridad de la justificación de la reforma, detallando cómo se mejora la aplicación de la normativa europea en relación con la ejecución de condenas y la equivalencia de efectos jurídicos de resoluciones extranjeras.
Enmienda de Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR (Enmienda núm. 2)
- Objeto: Modificación de la Disposición adicional segunda.
- Modificación(es):
- Se altera la redacción de la Disposición adicional segunda, relativa a los efectos del silencio administrativo en los procedimientos de solicitud de cancelación de antecedentes penales.
- Se establece que, transcurrido el plazo máximo sin resolución expresa, la solicitud de cancelación se entenderá estimada, siempre y cuando se cumplan los requisitos del artículo 136 del Código Penal.
- Efecto: Invierte el sentido del silencio administrativo en estos procedimientos, pasando de ser negativo (desestimatorio) a positivo (estimatorio) bajo ciertas condiciones, lo que resulta más garantista para el solicitante y evita que la lentitud administrativa perjudique al interesado.
Enmienda de Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR (Enmienda núm. 3)
- Objeto: Adición de una nueva disposición final.
- Modificación(es):
- Se añade una nueva disposición final que modifica la Ley 23/2014, de 20 de noviembre, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea.
- Específicamente, se suprime el párrafo segundo del artículo 86.1 de dicha ley.
- Efecto: Armoniza la Ley 23/2014 con las modificaciones propuestas en la Ley Orgánica 7/2014, asegurando la coherencia normativa en materia de reconocimiento de resoluciones penales europeas.
Enmienda de Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR (Enmienda núm. 4)
- Objeto: Adición de un nuevo apartado once bis al artículo único, modificando el artículo 14 de la Ley Orgánica 7/2014.
- Modificación(es):
- Se introduce un nuevo artículo 14 en la Ley Orgánica 7/2014.
- Este nuevo artículo 14 establece que las condenas anteriores firmes dictadas en otros Estados miembros surtirán los mismos efectos jurídicos que las dictadas en España, aplicándose esta equivalencia en la fase previa, durante el proceso y en la ejecución de la condena.
- Se especifica que las resoluciones condenatorias extranjeras no tendrán efecto sobre sentencias firmes dictadas previamente en España ni podrán provocar su revocación o revisión.
- Se indica que no se podrán tomar en consideración infracciones cometidas en otro Estado miembro si no ha recaído resolución de condena firme.
- Se establece que los antecedentes penales que consten en el Registro Central se considerarán cancelados a efectos de su toma en consideración en España, a menos que el Estado de condena comunique su cancelación.
- Efecto: Elimina limitaciones para mejorar la efectividad de la Decisión Marco 2008/675/JAI, asegurando una aplicación más homogénea y completa del principio de equivalencia de efectos jurídicos de las condenas europeas, tanto en el proceso como en la ejecución.
Enmienda de Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR (Enmienda núm. 5)
- Objeto: Adición de un nuevo apartado trece al artículo único, suprimiendo la Disposición Adicional única de la Ley Orgánica 7/2014.
- Modificación(es):
- Se suprime y deroga la Disposición Adicional única de la Ley Orgánica 7/2014.
- Efecto: Elimina una disposición que podría ser redundante o entrar en conflicto con las nuevas disposiciones introducidas, en línea con la mejora de la efectividad de la normativa europea.
Enmienda de Grupo Parlamentario Junts per Catalunya (Enmienda núm. 6)
- Objeto: Adición de un nuevo Título III ("Derechos de los afectados") con dos artículos (16 y 17).
- Modificación(es):
- Se crea un nuevo Título III en la Ley Orgánica 7/2014.
- El Artículo 16 establece la obligación de la autoridad central competente de notificar fehacientemente a los afectados (sin importar su nacionalidad) sobre la próxima transmisión de datos de sus antecedentes penales con al menos 90 días de antelación. La notificación deberá incluir detalles sobre los datos a intercambiar, el motivo, los derechos del afectado (oposición, impugnación, corrección) y los plazos para ejercerlos.
- El Artículo 17 dispone que las comunicaciones e intercambios de información solo podrán efectuarse una vez cumplidos los plazos para presentar las solicitudes del artículo anterior y, en su caso, tras la resolución de las mismas.
- Se establece que los recursos contra las decisiones de la autoridad central tendrán efectos suspensivos, especialmente si afectan a derechos fundamentales, hasta que se resuelvan definitivamente las impugnaciones o transcurran los plazos para interponer recursos.
- Efecto: Introduce un nuevo marco de derechos para los afectados por el intercambio de información de antecedentes penales, garantizando su derecho a ser informados, a oponerse, impugnar o corregir los datos antes de su transmisión, en consonancia con la protección de derechos fundamentales en la UE.
Enmienda de Ione Belarra Urteaga (Grupo Parlamentario Mixto) (Enmienda núm. 7)
- Objeto: Modificación de la Disposición adicional segunda.
- Modificación(es):
- Se modifica la Disposición adicional segunda para que, transcurrido el plazo máximo sin resolución expresa, la solicitud de cancelación de antecedentes penales se entienda estimada.
- Efecto: Establece el silencio administrativo positivo para los procedimientos de cancelación de antecedentes penales, alineándose con la norma general de la Ley 39/2015.
Enmienda de Ione Belarra Urteaga (Grupo Parlamentario Mixto) (Enmienda núm. 8)
- Objeto: Modificación de la Disposición adicional primera (que a su vez modifica la Disposición adicional tercera de la Ley Orgánica 5/2000).
- Modificación(es):
- Se modifica la redacción de la Disposición adicional tercera de la Ley Orgánica 5/2000, reguladora de la responsabilidad penal de los menores.
- Se especifica que el Registro Central de Menores contendrá únicamente "sentencias condenatorias firmes", en lugar de "sentencias, medidas cautelares, requisitorias y rebeldías".
- Efecto: Limita la información que se inscribe en el Registro Central de Menores a las sentencias condenatorias firmes, respetando el principio de presunción de inocencia y la minoría de edad de los afectados.
Enmienda de Grupo Parlamentario Popular en el Congreso (Enmienda núm. 9)
- Objeto: Modificación general del texto del Proyecto de Ley.
- Modificación(es):
- Se propone la modificación en todo el texto de las referencias a "esta ley" para sustituirlas por "esta ley orgánica", cuando proceda.
- Efecto: Unifica la terminología utilizada en el proyecto de ley para referirse a sí misma, mejorando la coherencia formal.
Enmienda de Grupo Parlamentario Popular en el Congreso (Enmienda núm. 10)
- Objeto: Modificación del apartado tres del artículo único, que a su vez modifica el artículo 5 de la Ley Orgánica 7/2014.
- Modificación(es):
- Se reproduce la redacción del apartado tres del artículo único, que modifica el artículo 5 de la Ley Orgánica 7/2014. No se introduce ninguna alteración en el texto propuesto por la iniciativa original en este punto.
- Efecto: No introduce cambios respecto al texto original en el artículo 5.
Enmienda de Grupo Parlamentario Popular en el Congreso (Enmienda núm. 11)
- Objeto: Modificación de la Disposición final cuarta.
- Modificación(es):
- Se corrige un error técnico en la referencia al Reglamento (UE) 2018/172 en la Disposición final cuarta.
- Se cambia la referencia de "Reglamento (UE) 2018/172" a "Reglamento (UE) 2018/1726".
- Efecto: Corrige un error material en la disposición que detalla la incorporación del Derecho de la Unión Europea, asegurando la correcta identificación de la normativa aplicable.
Enmienda de Grupo Parlamentario Socialista (Enmienda núm. 12)
- Objeto: Modificación de los apartados 1 y 3 del artículo 10 del artículo único.
- Modificación(es):
- Se modifica el apartado 3 del artículo 10.
- Se establece que cuando un ciudadano de la UE solicite un certificado de antecedentes penales en España, el Registro Central de Penados solicitará a la autoridad central correspondiente información y datos conexos "en extracto".
- Se añade que el Registro Central de Penados incluirá la información y datos conexos recibidos de la autoridad central correspondiente en el extracto que facilite a la persona que haya solicitado el certificado.
- Se mantiene la consulta al Sistema Centralizado para nacionales de terceros países.
- Efecto: Completa la transposición de la Directiva 2019/884, asegurando que la información solicitada y proporcionada en los certificados de antecedentes penales para ciudadanos de la UE y terceros países sea en extracto y que los datos recibidos se incluyan en dicho extracto, garantizando así un intercambio de información más preciso y completo.
Enmienda de Grupo Parlamentario Socialista (Enmienda núm. 13)
- Objeto: Supresión de la Disposición adicional segunda.
- Modificación(es):
- Se suprime la Disposición adicional segunda, que regulaba los efectos del silencio en los procedimientos de solicitud de cancelación de antecedentes penales.
- Efecto: Elimina la disposición sobre el silencio administrativo negativo en la cancelación de antecedentes penales, ya que esta materia ha sido regulada de forma similar en el Real Decreto-ley 6/2023, lo que evita duplicidades y asegura la coherencia del ordenamiento jurídico.
Resumen Final de la Iniciativa tras las Enmiendas
La iniciativa legislativa, tras la incorporación de las enmiendas presentadas, se consolida como una reforma integral de la Ley Orgánica 7/2014, orientada a una mayor adecuación al marco normativo de la Unión Europea y a la mejora de la cooperación judicial en materia penal.
Los cambios más significativos introducidos por las enmiendas se centran en varios ejes:
En primer lugar, se refuerza la transposición de la normativa europea, especialmente en lo referente a la Decisión Marco 2008/675/JAI y los Reglamentos ECRIS y ECRIS-TCN. Se amplía el alcance de la equivalencia de efectos jurídicos de las condenas europeas, aplicándola no solo en la fase previa y durante el proceso penal, sino también en la ejecución de las penas. Asimismo, se corrigen errores técnicos en la identificación de reglamentos europeos y se armoniza la legislación nacional con la normativa de la UE mediante la modificación de la Ley 23/2014.
En segundo lugar, se introducen garantías para los derechos de los afectados. Se establece un nuevo Título que obliga a notificar a las personas sobre la transmisión de sus antecedentes penales con una antelación de 90 días, detallando la información a intercambiar, el motivo y los derechos del afectado a oponerse, impugnar o corregir los datos. Se confiere efecto suspensivo a los recursos contra las decisiones de la autoridad central, protegiendo así los derechos fundamentales.
En tercer lugar, se modifica el régimen del silencio administrativo en los procedimientos de cancelación de antecedentes penales. Se opta por un silencio positivo, de modo que la solicitud se entenderá estimada si no hay resolución expresa en plazo, salvo que no se cumplan los requisitos legales. Esta medida, que se alinea con la normativa general y evita la duplicidad con otras leyes, resulta más garantista para el ciudadano.
Finalmente, se introducen ajustes técnicos y de coherencia, como la unificación de la terminología ("esta ley orgánica"), la corrección de referencias normativas y la limitación de los datos registrados en el ámbito de la responsabilidad penal de los menores a las sentencias condenatorias firmes. La supresión de una disposición adicional sobre el silencio administrativo se justifica por la existencia de regulación similar en otras normas, asegurando la coherencia del ordenamiento jurídico.
En conjunto, la iniciativa, tras las enmiendas, busca un equilibrio entre la eficacia del intercambio de información penal a nivel europeo y la salvaguarda de los derechos fundamentales de los ciudadanos, mejorando la seguridad jurídica y la protección de datos.
Publicaciones del 10/9/2024
Comisión de Justicia - Ratificación de la Ponencia y dictamen
Diario de sesiones
Comisión de Justicia - Ratificación de la Ponencia y dictamen
Diario de sesionesVer diario original Núm.158 de 10/09/2024 Contenido generado por IA
Dictamen sobre el Proyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 7/2014, de 12 de noviembre, sobre intercambio de información de antecedentes penales y consideración de resoluciones judiciales penales en la Unión Europea, para su adecuación a la normativa de la Unión Europea sobre el Sistema Europeo de Información de Antecedentes Penales (ECRIS).
Tipo de documento: Dictamen de Comisión.
Resumen del debate:
La Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados ha debatido y emitido dictamen sobre el Proyecto de Ley Orgánica que adapta la legislación española al Sistema Europeo de Información de Antecedentes Penales (ECRIS). El objetivo principal de la ley es mejorar el intercambio de información sobre antecedentes penales entre los Estados miembros de la Unión Europea para combatir la delincuencia transfronteriza, el terrorismo y el crimen organizado, así como agilizar la cooperación judicial.
Argumentos y posiciones de los grupos parlamentarios:
Grupo Parlamentario Mixto (Podemos): Mantuvo una enmienda (número 8) centrada en la creación de un registro central de menores, solicitando que solo se inscribieran sentencias condenatorias firmes. Argumentaron que la inscripción de sentencias no firmes o absolutorias en el registro de menores atenta contra la presunción de inocencia y la privacidad de los menores, y no garantiza la protección de las víctimas ni la defensa del menor. Votación: Enmienda rechazada (7 votos a favor, 30 en contra).
Grupo Parlamentario Euskal Herria Bildu: Anunció su voto favorable al proyecto de ley, considerando que las medidas propuestas fortalecen la cooperación judicial y policial en la UE, dotan de mayor seguridad a la sociedad europea y agilizan los trámites judiciales. Destacaron que el proyecto garantiza la protección de datos y el respeto a los derechos humanos en el intercambio de información. Apoyaron las enmiendas vivas de Podemos, Junts y SUMAR. Votación: No se especifica votación individual de enmiendas, pero el grupo votó a favor del dictamen.
Grupo Parlamentario Junts per Catalunya: Presentó una enmienda (número 6) para añadir un título III a la ley, con el fin de otorgar mayores garantías a los afectados y respetar sus derechos fundamentales. Buscaron un acuerdo transaccional con el Grupo Socialista, pero no lo alcanzaron, por lo que mantuvieron la enmienda para defenderla en el Pleno. Argumentaron que la propuesta de comunicación al interesado y el plazo de noventa días para oponerse no garantizan la celeridad que requiere el sistema. Votación: Enmienda rechazada (4 votos a favor, 30 en contra, 3 abstenciones).
Grupo Parlamentario Republicano: Apoyó el proyecto de ley, considerando que la justicia y la ejecución de sentencias son pilares de la arquitectura europea. Anunciaron su voto a favor de las enmiendas de Junts, Podemos y SUMAR. Votación: No se especifica votación individual de enmiendas, pero el grupo votó a favor del dictamen.
Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR: Anunció su voto favorable, destacando el alto consenso alcanzado. Mantuvieron su enmienda (número 2) para asegurar que el registro de antecedentes penales no dificulte la resocialización o inserción laboral, y que el silencio administrativo en caso de solicitud de cancelación sea positivo. Mostraron conformidad con el espíritu de la enmienda de Junts, pero consideraron su procedimiento complejo, optando por la abstención en esa enmienda. Votación: Enmienda rechazada (7 votos a favor, 30 en contra).
Grupo Parlamentario VOX: Anunció su voto en contra de la iniciativa, justificándolo en críticas al Gobierno y a la gestión del poder legislativo. No se centraron en argumentos técnicos sobre el contenido de la ley. Votación: No se especifica votación individual de enmiendas, pero el grupo votó en contra del dictamen.
Grupo Parlamentario Socialista: Explicó que el proyecto adecua la normativa española a la Directiva 2019/884 sobre ECRIS, agilizando la cooperación judicial y la lucha contra la delincuencia. Destacaron la creación de un nuevo registro de menores para sentencias no firmes y medidas cautelares, considerándolo necesario para la protección de menores y víctimas. Celebraron la incorporación de enmiendas de SUMAR. Votación: No se especifica votación individual de enmiendas, pero el grupo votó a favor del dictamen.
Grupo Parlamentario Popular en el Congreso: Señaló que la trasposición de la directiva debería haberse realizado en tiempo y forma. Incluyeron enmiendas de carácter formal que fueron aceptadas. Votaron en contra de las enmiendas vivas de Junts, SUMAR y el Grupo Mixto, argumentando que la enmienda de Junts introducía modificaciones sustanciales inviables para la celeridad del sistema, y que la creación del registro de menores buscaba salvaguardar derechos independientemente de la firmeza de la decisión. Votación: Enmiendas de Junts, SUMAR y Grupo Mixto rechazadas. Votaron a favor del dictamen.
Acuerdos y desacuerdos relevantes:
- Acuerdo general: Hubo un amplio consenso en la necesidad de adecuar la normativa española al sistema ECRIS de la Unión Europea para mejorar la cooperación judicial y la seguridad. La mayoría de los grupos (Euskal Herria Bildu, Republicano, SUMAR, Socialista y Popular) votaron a favor del dictamen final.
- Desacuerdo en enmiendas: Los principales desacuerdos se centraron en las enmiendas presentadas por el Grupo Mixto (Podemos), Junts per Catalunya y SUMAR. Estas enmiendas buscaban introducir mayores garantías en el registro de menores y en la comunicación de antecedentes, especialmente en lo referente a la firmeza de las sentencias y los plazos de notificación.
- Rechazo de enmiendas: Las enmiendas vivas presentadas por el Grupo Mixto (Podemos), Junts per Catalunya y SUMAR fueron rechazadas en la votación, con una mayoría de votos en contra. El Grupo Popular argumentó que estas enmiendas eran inviables o introducían modificaciones sustanciales que no se ajustaban al espíritu de la directiva europea.
- Matices: El Grupo Junts per Catalunya y el Grupo Republicano expresaron su preocupación por la "democratización de la justicia" y la necesidad de que los tribunales cumplan con el espíritu y la letra de la ley. El Grupo VOX se opuso a la iniciativa por motivos políticos ajenos al contenido técnico de la ley.
Resultado de la votación:
- Enmienda del Grupo Parlamentario Mixto (número 8): Rechazada (7 votos a favor, 30 en contra).
- Enmienda del Grupo Parlamentario Junts per Catalunya (número 6): Rechazada (4 votos a favor, 30 en contra, 3 abstenciones).
- Enmienda del Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR (número 2): Rechazada (7 votos a favor, 30 en contra).
- Votación del texto del informe (dictamen): Aprobado (34 votos a favor, 3 abstenciones).
El dictamen fue aprobado por la Comisión, con el rechazo de las enmiendas que habían quedado vivas.
Publicaciones del 12/9/2024
Informe de la Ponencia
BOCG
Informe de la Ponencia
BOCGVer boletín original Núm. A-17-3 de 12/09/2024 Contenido generado por IA
La Ponencia ha emitido un informe sobre el Proyecto de Ley Orgánica que busca modificar la Ley Orgánica 7/2014, relativa al intercambio de información de antecedentes penales y la consideración de resoluciones judiciales penales en la Unión Europea. El objetivo principal de esta modificación es adecuar la legislación española a la normativa de la Unión Europea sobre el Sistema Europeo de Información de Antecedentes Penales (ECRIS).
El informe propone a la Comisión de Justicia la aceptación de la mayoría de las enmiendas presentadas por los distintos grupos parlamentarios, si bien rechaza algunas específicas de los grupos SUMAR, Junts per Catalunya y Mixto. Además, se proponen ajustes técnicos sugeridos por los Letrados de las Cortes. Los ponentes de los grupos que han visto sus enmiendas no incorporadas las mantendrán para su debate en Comisión.
El Proyecto de Ley Orgánica tiene como finalidad principal mejorar el intercambio de información sobre antecedentes penales entre los Estados miembros de la UE, adaptándose a las directivas y reglamentos europeos más recientes (como la Directiva (UE) 2019/884 y el Reglamento (UE) 2019/816). Esto implica la inclusión de nuevos datos, como la imagen facial, y la agilización de los procedimientos de transmisión de información.
Asimismo, la reforma busca flexibilizar el sistema actual para permitir la retransmisión de sentencias, siempre bajo el principio de reciprocidad y salvaguardando la reserva a las autoridades judiciales españolas.
Una parte importante de la reforma se centra en la delincuencia juvenil, proponiendo la creación de un Registro de Menores que incluya no solo sentencias firmes, sino también medidas cautelares y requisitorias, para mejorar la información disponible para los órganos judiciales y facilitar la comunicación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Finalmente, se clarifican los efectos jurídicos de las resoluciones condenatorias anteriores dictadas en otros Estados miembros en el marco de un nuevo proceso penal en España, extendiendo su aplicación a todas las fases del procedimiento y a la ejecución de la condena. La reforma también implica la modificación de la Ley Orgánica 5/2000 sobre responsabilidad penal de los menores y la Ley 23/2014 de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la UE.
Publicaciones del 17/9/2024
Votación 17/9/2024
Votación Proyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 7/2014, de 12 de noviembre, sobre intercambio de información de antecedentes penales y consideración de resoluciones judiciales penales en la Unión Europea, para su adecuación a la normativa de la Unión Europea sobre el Sistema Europeo de Información de Antecedentes Penales (ECRIS).
Enmienda 8.
Ver votaciones en la web del congreso (17/9/2024)
Votación 17/9/2024
VotaciónProyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 7/2014, de 12 de noviembre, sobre intercambio de información de antecedentes penales y consideración de resoluciones judiciales penales en la Unión Europea, para su adecuación a la normativa de la Unión Europea sobre el Sistema Europeo de Información de Antecedentes Penales (ECRIS).
Enmienda 8.
Resultados totales:
Resultados por partido:
Listado de votos:
Pleno - Aprobación
Diario de sesiones
Pleno - Aprobación
Diario de sesionesVer diario original Núm.62 de 17/09/2024 Contenido generado por IA
El Diario de Sesiones del Congreso de los Diputados informa sobre la votación del Proyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 7/2014, de 12 de noviembre, sobre intercambio de información de antecedentes penales y consideración de resoluciones judiciales penales en la Unión Europea, para su adecuación a la normativa de la Unión Europea sobre el Sistema Europeo de Información de Antecedentes Penales (ECRIS) (Número de expediente: 121/000017).
Aprobación:
- Enmienda del Grupo Parlamentario Mixto (número 8): Fue rechazada con 57 votos a favor, 291 en contra y 2 abstenciones.
- Proyecto de Ley Orgánica: El texto del proyecto de ley orgánica fue aprobado, ya que no se mencionan votos en contra ni abstenciones en la votación del dictamen de la comisión.
Argumentos y Grupos Parlamentarios:
- Grupo Parlamentario Mixto: Defendió la enmienda número 8, solicitando su apoyo.
- Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV): Señaló que el proyecto de ley contaba con un gran consenso en su tramitación y que emitiría voto favorable al dictamen. Destacó la mejora en la cooperación judicial y la adecuación a la normativa europea.
- Grupo Parlamentario Euskal Herria Bildu: Consideró la reforma positiva, tanto desde el ámbito europeo como desde la perspectiva de la seguridad ciudadana y las garantías. Anunció su voto favorable.
- Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR: Anunció su voto favorable, valorando positivamente los cambios y agradeciendo el trabajo realizado. Mencionó la necesidad de mejorar la ley en cuanto a la cancelación de antecedentes penales y el silencio administrativo.
- Grupo Parlamentario VOX: Votó en contra del proyecto de ley, criticando el retraso en su transposición y la gestión del Gobierno en materia de justicia.
- Grupo Parlamentario Socialista: Celebró el amplio apoyo al proyecto de ley, destacando la capacidad del Gobierno para impulsar reformas y lograr acuerdos. Anunció su voto favorable.
- Grupo Parlamentario Popular: Votó a favor del proyecto de ley, aunque con algunas reservas sobre la gestión del Gobierno y la tramitación de las iniciativas.
Acuerdo/Desacuerdo:
Hubo un amplio acuerdo general para la aprobación del proyecto de ley, con la excepción de la enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, que fue rechazada. Los grupos parlamentarios mostraron una actitud constructiva en general, aunque con matices y críticas puntuales hacia la gestión del Gobierno y la tramitación de la normativa.
Publicaciones del 18/9/2024
Votación 18/9/2024
Votación Proyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 7/2014, de 12 de noviembre, sobre intercambio de información de antecedentes penales y consideración de resoluciones judiciales penales en la Unión Europea, para su adecuación a la normativa de la Unión Europea sobre el Sistema Europeo de Información de Antecedentes Penales (ECRIS).
Votación del dictamen.
Ver votaciones en la web del congreso (18/9/2024)
Votación 18/9/2024
VotaciónProyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 7/2014, de 12 de noviembre, sobre intercambio de información de antecedentes penales y consideración de resoluciones judiciales penales en la Unión Europea, para su adecuación a la normativa de la Unión Europea sobre el Sistema Europeo de Información de Antecedentes Penales (ECRIS).
Votación del dictamen.
Resultados totales:
Resultados por partido:
Listado de votos:
Votación 18/9/2024
Votación Proyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 7/2014, de 12 de noviembre, sobre intercambio de información de antecedentes penales y consideración de resoluciones judiciales penales en la Unión Europea, para su adecuación a la normativa de la Unión Europea sobre el Sistema Europeo de Información de Antecedentes Penales (ECRIS).
Votación de conjunto del Proyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 7/2014, de 12 de noviembre, sobre intercambio de información de antecedentes penales y consideración de resoluciones judiciales penales en la Unión Europea, para su adecuación a la normativa de la Unión Europea sobre el Sistema Europeo de Información de Antecedentes Penales (ECRIS), por tener el mismo carácter orgánico.
Ver votaciones en la web del congreso (18/9/2024)
Votación 18/9/2024
VotaciónProyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 7/2014, de 12 de noviembre, sobre intercambio de información de antecedentes penales y consideración de resoluciones judiciales penales en la Unión Europea, para su adecuación a la normativa de la Unión Europea sobre el Sistema Europeo de Información de Antecedentes Penales (ECRIS).
Votación de conjunto del Proyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 7/2014, de 12 de noviembre, sobre intercambio de información de antecedentes penales y consideración de resoluciones judiciales penales en la Unión Europea, para su adecuación a la normativa de la Unión Europea sobre el Sistema Europeo de Información de Antecedentes Penales (ECRIS), por tener el mismo carácter orgánico.
Resultados totales:
Resultados por partido:
Listado de votos:
Pleno - Aprobación
Diario de sesiones
Pleno - Aprobación
Diario de sesionesEl documento es demasiado extenso para ser procesado automáticamente, el resumen se generará próximamente.
Publicaciones del 20/9/2024
Dictamen de la Comisión y escritos de mantenimiento de enmiendas para su defensa ante el Pleno
BOCG
Dictamen de la Comisión y escritos de mantenimiento de enmiendas para su defensa ante el Pleno
BOCGVer boletín original Núm. A-17-4 de 20/09/2024 Contenido generado por IA
Este documento informa sobre el avance de un Proyecto de Ley Orgánica que busca actualizar la legislación española sobre el intercambio de información de antecedentes penales entre países de la Unión Europea. El objetivo es adaptar la Ley Orgánica 7/2014 a la nueva normativa europea sobre el Sistema Europeo de Información de Antecedentes Penales (ECRIS).
La Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados ha emitido un dictamen favorable sobre este proyecto, tras revisar el informe de una ponencia. Además, se publica un escrito del Grupo Parlamentario Mixto donde se mantiene una enmienda específica (la número 8, referente a la disposición adicional primera) para ser debatida y votada en el Pleno del Congreso.
Publicaciones del 23/9/2024
Texto remitido por el Congreso de los Diputados
BOCG
Texto remitido por el Congreso de los Diputados
BOCGVer boletín original BOCG. Senado Núm. 154_1549 (Apartado I) de 23/09/2024 Contenido generado por IA
El siguiente es un resumen del texto aprobado por el Congreso y remitido al Senado para continuar su tramitación legislativa.
El proyecto de ley busca adaptar la legislación española a la normativa europea sobre el intercambio de información de antecedentes penales (ECRIS). Los puntos clave son:
- Mejora del intercambio de información: Se actualizan los procedimientos para compartir datos de antecedentes penales entre los Estados miembros de la UE, incluyendo la posibilidad de incluir datos biométricos como huellas dactilares e imágenes faciales, especialmente para ciudadanos de terceros países.
- Adecuación a normativas europeas: Se incorporan al ordenamiento español aspectos de la Directiva (UE) 2019/884 y del Reglamento (UE) 2019/816, relativos al Sistema Europeo de Información de Antecedentes Penales (ECRIS) y al sistema para identificar a los Estados con información sobre condenas de nacionales de terceros países (ECRIS-TCN).
- Creación de un Registro Central de Menores: Se establece un nuevo registro para menores, que incluirá no solo sentencias firmes, sino también medidas cautelares, requisitorias y sentencias no firmes, con el fin de mejorar la información disponible para los órganos judiciales y facilitar la comunicación con las fuerzas de seguridad.
- Flexibilización en la retransmisión de sentencias: Se busca un sistema más flexible para la retransmisión de sentencias dictadas en España a otros Estados miembros, basándose en el principio de reciprocidad.
- Efectos de las resoluciones condenatorias: Se clarifica que las condenas anteriores dictadas en otros Estados miembros tendrán los mismos efectos jurídicos que las dictadas en España en un nuevo proceso penal, aplicándose en todas las fases del mismo.
- Modificación de registros: Se unifica el "Registro Central de Penados y Rebeldes" en el "Registro Central de Penados".
- Adaptación de otras leyes: Se modifican la Ley Orgánica de responsabilidad penal de los menores y la Ley de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la UE.
Publicaciones del 24/9/2024
Aprobación por el Pleno
BOCG
Aprobación por el Pleno
BOCGVer boletín original Núm. A-17-5 de 24/09/2024 Contenido generado por IA
Resultado iniciativa: Aprobación por el Pleno
Publicaciones del 2/10/2024
Enmiendas (Senado)
BOCG
Enmiendas (Senado)
BOCGVer boletín original BOCG. Senado Núm. 158_1585 (Apartado I) de 02/10/2024 Contenido generado por IA
El Senado ha recibido enmiendas a un texto legislativo previamente aprobado por el Congreso de los Diputados. Estas enmiendas, presentadas por senadores, proponen modificaciones o adiciones al proyecto de ley original. El objetivo de estas enmiendas es influir en el contenido final de la norma antes de su posible aprobación definitiva. El documento indica que estas enmiendas serán debatidas y votadas en el Senado.
Publicaciones del 8/10/2024
Senado - Pleno
Diario de sesiones
Senado - Pleno
Diario de sesionesVer diario original DS. Senado Núm.49 de 08/10/2024 Contenido generado por IA
El Diario de Sesiones del Senado, en su sesión plenaria del 8 de octubre de 2024, abordó el Proyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 7/2014, de 12 de noviembre, sobre intercambio de información de antecedentes penales y consideración de resoluciones judiciales penales en la Unión Europea, para su adecuación a la normativa de la Unión Europea sobre el Sistema Europeo de Información de Antecedentes Penales (ECRIS).
Modificación del Orden del Día:
El punto central del debate en relación con esta iniciativa fue la solicitud del Grupo Parlamentario Popular (GPP) para modificar el orden del día y retirar el proyecto de ley orgánica. La senadora del GPP, García Rodríguez, argumentó que dos enmiendas incorporadas en el trámite del Congreso otorgaban beneficios penales a terroristas de ETA, lo cual consideraban inasumible y de extrema gravedad. Señaló que su grupo había intentado sin éxito llegar a un acuerdo para eliminar los artículos 12 y 14 del texto.
En respuesta, la senadora Bailac Ardanuy (GPERB) solicitó la convocatoria de la Junta de Portavoces para determinar la previsión de la tramitación, dado que la fecha límite finalizaba el 14 de octubre. El Presidente del Senado aclaró que, una vez iniciada la sesión, el orden del día solo podía modificarse por acuerdo de la mayoría de los senadores presentes, lo que requeriría una votación.
Finalmente, se aprobó la exclusión del proyecto de ley orgánica del orden del día con 143 votos a favor, 100 en contra y 1 abstención. El senador Gil Invernón (GPPS) manifestó que los votos telemáticos no se habían contabilizado, a lo que el Presidente respondió que la votación telemática no estaba habilitada para cuestiones sobrevenidas como esta.
No se mencionan argumentos principales a favor o en contra de la modificación de la Ley Orgánica 7/2014 en sí misma, más allá de la oposición del Grupo Popular a las enmiendas incorporadas en el Congreso.
Acuerdo/Desacuerdo:
Hubo un acuerdo para someter a votación la modificación del orden del día, y posteriormente, un acuerdo mayoritario para excluir el proyecto de ley orgánica del orden del día. El desacuerdo se manifestó en la votación de esta exclusión, con una parte significativa de los senadores votando en contra.
Publicaciones del 14/10/2024
Senado - Pleno
Diario de sesiones
Senado - Pleno
Diario de sesionesVer diario original DS. Senado Núm.50 de 14/10/2024 Contenido generado por IA
Resumen del Debate en el Pleno del Senado sobre el Proyecto de Ley Orgánica de modificación de la Ley Orgánica 7/2014
Iniciativa: Proyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 7/2014, de 12 de noviembre, sobre intercambio de información de antecedentes penales y consideración de resoluciones judiciales penales en la Unión Europea, para su adecuación a la normativa de la Unión Europea sobre el Sistema Europeo de Información de Antecedentes Penales (ECRIS). Se tramita por el procedimiento de urgencia.
Tipo de documento parlamentario: Debate en Pleno.
Resumen del Debate:
El Pleno del Senado debatió el Proyecto de Ley Orgánica que busca adaptar la legislación española a la normativa europea sobre el Sistema Europeo de Información de Antecedentes Penales (ECRIS). La iniciativa, que ya había sido aprobada por unanimidad en el Congreso de los Diputados, generó un intenso debate en el Senado, culminando con su rechazo.
Argumentos a favor:
Diversos grupos parlamentarios defendieron la necesidad de aprobar el proyecto de ley para cumplir con las obligaciones de transposición de directivas europeas y armonizar la legislación española con la del resto de la Unión Europea. Se destacó que la norma facilitaría el intercambio de información y la cooperación judicial y policial a nivel europeo, fortaleciendo el marco judicial y haciéndolo más eficiente frente a la delincuencia transnacional. Se argumentó que la ley permitiría que las condenas europeas computen en España y tengan los mismos efectos que las condenas nacionales, como ocurre en el resto de Europa.
- Grupo Parlamentario Izquierda Confederal (Más Madrid, Eivissa i Formentera al Senat, Compromís, Agrupación Socialista Gomera y Geroa Bai): Defendió la ley, criticando al Partido Popular por su postura y argumentando que la norma es conforme a derecho europeo.
- Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV): Apoyó la transposición de la directiva europea, señalando que la ley establece el principio de equivalencia de efectos entre condenas dentro de la UE y el reconocimiento mutuo de resoluciones judiciales.
- Grupo Parlamentario Plural en el Senado (Junts per Catalunya-Coalición Canaria-Agrupación Herreña Independiente-Bloque Nacionalista Galego): Manifestó su apoyo, aunque con perplejidad ante la polémica generada, y defendió la necesidad de ser "europeos" de forma consistente.
- Grupo Parlamentario Izquierdas por la Independencia (Esquerra Republicana-Euskal Herria Bildu): Apoyó la ley, criticando al Partido Popular por su postura y argumentando que la norma mejora la cooperación judicial y policial europea.
- Grupo Parlamentario Socialista: Defendió la ley, destacando el consenso alcanzado en el Congreso y criticando al Partido Popular por su actuación en el Senado.
Argumentos en contra:
El principal grupo en contra fue el Partido Popular, que acusó al Gobierno de "colar" una enmienda para beneficiar a terroristas y liberar a "asesinos sanguinarios". Argumentaron que la ley, tal como se presentaba en el Senado, permitía reducir condenas a etarras y excarcelaciones anticipadas, lo cual consideraban una traición a las víctimas del terrorismo y una claudicación ante los herederos de ETA. También cuestionaron la justificación europea de la medida y la información proporcionada por el Gobierno.
- Grupo Parlamentario Popular en el Senado: Se opuso firmemente a la ley, argumentando que beneficiaba a terroristas y perjudicaba a las víctimas. Acusaron al Gobierno de engaño y de priorizar pactos políticos sobre la justicia y la dignidad de las víctimas.
- Grupo Parlamentario Vox: Votó en contra, a pesar de haber apoyado la iniciativa en el Congreso, argumentando que una enmienda introducida por los socios del Gobierno permitía la liberación de asesinos de ETA. Pidieron perdón a las víctimas por haber permitido la aprobación en el Congreso.
- Unión del Pueblo Navarro (UPN): Se abstuvo en el Congreso y votó en contra en el Senado, pidiendo disculpas por su voto inicial y argumentando que la ley beneficiaba a presos de ETA de forma engañosa.
Acuerdo, desacuerdo o matices relevantes:
- Desacuerdo: Existió un claro desacuerdo entre los grupos que defendían la necesidad de transponer la normativa europea y aquellos que consideraban que la ley, en su tramitación en el Senado, implicaba beneficios indebidos para terroristas.
- Matices:
- Algunos grupos, como el Grupo Parlamentario Izquierda Confederal, criticaron al Partido Popular por su cambio de postura y por utilizar el Senado como un "plató de televisión".
- El Grupo Parlamentario Vasco señaló que la transposición llegaba tarde y que la ley establecía el principio de equivalencia de efectos entre condenas europeas.
- El Grupo Parlamentario Plural lamentó que un proyecto inicialmente consensuado se hubiera convertido en un motivo de disputa.
- El Grupo Parlamentario Socialista defendió la unanimidad en el Congreso y criticó al Partido Popular por su "huida hacia adelante" y su uso "tramposo" del Reglamento del Senado.
- El Grupo Parlamentario Popular insistió en que el Gobierno había "colado" una enmienda y que la ley era una "infamia".
- El Grupo Parlamentario Vox pidió perdón a las víctimas por su voto en el Congreso y reiteró su firme compromiso contra el terrorismo.
- Unión del Pueblo Navarro pidió disculpas por su error en el Congreso y criticó la falta de transparencia del Gobierno.
- El Grupo Parlamentario Izquierda Confederal (representado por Morera y Chinea) cuestionó el coste de la reunión extraordinaria y la estrategia del Partido Popular de usar a ETA como elemento político. El senador Chinea anunció la abstención de Agrupación Socialista Gomera, argumentando que la regulación actual era más precisa y que no se debía instrumentalizar a las víctimas.
- El Grupo Parlamentario Izquierdas por la Independencia (representado por Elejabarrieta) realizó un repaso histórico detallado, acusando al Partido Popular de haber introducido "trampas" en la ley en 2014 para perjudicar a presos vascos y de desobedecer directrices europeas.
Resultado de la votación:
El Proyecto de Ley Orgánica fue rechazado en el Pleno del Senado con 111 votos a favor, 148 en contra y 2 abstenciones. El Presidente del Senado informó que, al ser rechazado por mayoría absoluta, el texto se considera vetado, lo cual se comunicará al Gobierno y al Congreso de los Diputados.
Publicaciones del 16/10/2024
Veto aprobado por el Senado
BOCG
Veto aprobado por el Senado
BOCGVer boletín original BOCG. Senado Núm. 165_1639 (Apartado I) de 16/10/2024 Contenido generado por IA
El Senado ha vetado un proyecto de ley que buscaba adaptar la legislación española sobre intercambio de información de antecedentes penales a la normativa europea (ECRIS). Este veto, aprobado por mayoría absoluta, significa que el texto legislativo no continuará su tramitación en los términos en que fue enviado por el Congreso de los Diputados. El motivo del rechazo se detalla en las intervenciones del debate del Pleno del Senado.
Publicaciones del 18/10/2024
Aprobación definitiva
BOCG
Aprobación definitiva
BOCGVer boletín original Núm. A-17-6 de 18/10/2024 Contenido generado por IA
El Senado ha rechazado un proyecto de ley orgánica que buscaba adaptar la legislación española sobre intercambio de antecedentes penales en la Unión Europea a la normativa europea (ECRIS). Dado que este rechazo no se considera un veto formal según la Constitución, el proyecto de ley se devuelve al Gobierno para que siga su trámite legislativo habitual.
Publicaciones del 19/10/2024
Ver BOE Núm: 253 de 19/10/2024 BOE
Ley Orgánica 4/2024, de 18 de octubre, por la que se modifica la Ley Orgánica 7/2014, de 12 de noviembre, sobre intercambio de información de antecedentes penales y consideración de resoluciones judiciales penales en la Unión Europea, para su adecuación a la normativa de la Unión Europea sobre el Sistema Europeo de Información de Antecedentes Penales (ECRIS).