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N° de exp.

Proyecto de Ley por la que se aprueban medidas urgentes para la garantía del interés superior de la infancia y adolescencia ante situaciones de contingencias migratorias extraordinarias (procedente del Real Decreto-ley 2/2025, de 18 de marzo)

Número de expendiente
- Ver iniciativa original
Tipo
Proyecto de ley
Fechas
Presentado el 10/04/2025 , calificado el 06/05/2025
Autor
  • Gobierno
Comisiones
  • Comisión de Juventud e Infancia
Estado Actual
Comisión de Juventud e Infancia Enmiendas
Plazos
  • Hasta: 20/05/2025 (18:00) De enmiendas
  • Hasta: 21/05/2025 (18:00) Ampliación de enmiendas
  • Hasta: 28/05/2025 (18:00) Ampliación de enmiendas
  • Hasta: 04/06/2025 (18:00) Ampliación de enmiendas
  • Hasta: 11/06/2025 (18:00) Ampliación de enmiendas
  • Hasta: 18/06/2025 (18:00) Ampliación de enmiendas
  • Hasta: 25/06/2025 (18:00) Ampliación de enmiendas
  • Hasta: 03/09/2025 (18:00) Ampliación de enmiendas
  • Hasta: 10/09/2025 (18:00) Ampliación de enmiendas
  • Hasta: 17/09/2025 (18:00) Ampliación de enmiendas
  • Hasta: 24/09/2025 (18:00) Ampliación de enmiendas
  • Hasta: 01/10/2025 (18:00) Ampliación de enmiendas
Tramitación seguida por la iniciativa
  • Comisión de Juventud e Infancia Publicación desde 06/05/2025 hasta 09/05/2025
  • Comisión de Juventud e Infancia Enmiendas desde 09/05/2025
Iniciativas de origen
Fecha de actualización
25/9/2025

Resumen

Contenido IA

1. ¿De qué trata la iniciativa?

El Real Decreto-ley 2/2025, de 18 de marzo, tiene como objetivo principal garantizar el interés superior de los menores extranjeros no acompañados en situaciones de contingencia migratoria extraordinaria. Busca establecer un mecanismo de redistribución solidaria de estos menores entre las comunidades y ciudades autónomas cuando el sistema de acogida de una región se vea sobrepasado.

2. ¿Qué ha ocurrido en su trámite?

La iniciativa se presentó como un Real Decreto-ley, lo que implica su aprobación directa por el Gobierno y su posterior tramitación parlamentaria para su convalidación o derogación. El 9 de mayo de 2025 se publicó en el Boletín Oficial de las Cortes Generales un resumen de esta iniciativa. El texto modifica la Ley Orgánica 4/2000 para crear un nuevo marco de actuación que incluye la declaración de contingencia, criterios de reubicación y un plan de respuesta solidaria. Se contempla la posibilidad de que la Administración General del Estado ordene traslados y se prevé la creación de un fondo de 100 millones de euros para compensar a las comunidades autónomas por los costes adicionales.

3. ¿Qué apoyos y rechazos recibió?

La información proporcionada no detalla los resultados de votaciones específicas ni los apoyos o rechazos recibidos por partidos o grupos parlamentarios. Solo se describe el contenido y propósito del Real Decreto-ley.

4. ¿En qué estado está la iniciativa actualmente?

La información disponible indica que el Real Decreto-ley fue publicado el 18 de marzo de 2025 y que el 9 de mayo de 2025 se publicó su resumen en el Boletín Oficial de las Cortes Generales. No se especifica si ha sido convalidado, derogado o si se encuentra en otro estado de tramitación parlamentaria posterior a esta publicación.

5. ¿Qué importancia tiene este resultado dentro del proceso legislativo?

Al tratarse de un Real Decreto-ley, su aprobación inicial por el Gobierno le otorga vigencia inmediata. La tramitación parlamentaria posterior es crucial para su consolidación como ley o su posible modificación o derogación. La iniciativa busca establecer un marco legal para la gestión de menores migrantes en situaciones de emergencia, promoviendo la solidaridad entre territorios y asegurando la atención a estos menores.

Documentos

Publicaciones del 9/5/2025

Iniciativa

BOCG

Ver boletín original Contenido IA

Este Real Decreto-ley aborda la situación de contingencia migratoria extraordinaria que afecta a menores extranjeros no acompañados, con el objetivo de garantizar su interés superior. Ante la intensificación de la inmigración, la norma establece un mecanismo de redistribución solidaria de estos menores entre comunidades y ciudades autónomas cuando el sistema de acogida de una región se vea desbordado (tres veces su capacidad ordinaria).

Se modifica la Ley Orgánica 4/2000 para introducir un nuevo marco de actuación que incluye la declaración de contingencia, un modelo de gestión con criterios objetivos de reubicación y un plan de respuesta solidaria. La Administración General del Estado podrá ordenar traslados, y se crea un fondo de 100 millones de euros para compensar a las comunidades por los costes adicionales. La norma busca asegurar una atención digna y la integración de los menores, basándose en la cooperación interterritorial y el principio de solidaridad.