Proposición de Ley Orgánica de reforma de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional
- Número de expendiente
-
- Ver iniciativa original - Tipo
- Proposición de ley de Grupos Parlamentarios del Congreso
- Fechas
- Presentado el 29/08/2023 , calificado el 05/09/2023
- Autor
-
- Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV)
- Comisiones
-
- Comisión Constitucional
- Estado Actual
- Comisión Constitucional Enmiendas
- Plazos
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- Hasta: 14/10/2023 (14:00) Criterio del Gobierno sobre Proposición de Ley
- Hasta: 31/03/2026 (18:00) De enmiendas
- Tramitación seguida por la iniciativa
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- Boletín Oficial de las Cortes Generales Publicación desde 05/09/2023 hasta 08/09/2023
- Gobierno Contestación desde 08/09/2023 hasta 16/10/2023
- Pleno Toma en consideración desde 16/10/2023 hasta 24/02/2026
- Mesa del Congreso Acuerdo subsiguiente a la toma en consideración desde 24/02/2026 hasta 10/03/2026
- Comisión Constitucional Publicación desde 10/03/2026 hasta 13/03/2026
- Comisión Constitucional Enmiendas desde 13/03/2026
- Fecha de actualización
- 13/3/2026
Resumen
Contenido generado por IA
1. De qué trata la iniciativa
La proposición de Ley Orgánica, presentada por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ‑PNV), pretende derogar las reformas de 2015 (leyes 12/2015 y 15/2015) que introdujeron el recurso previo de inconstitucionalidad y otorgaron al Tribunal Constitucional facultades de ejecución (suspensión de autoridades y cumplimiento de sentencias). El objetivo es restablecer el control constitucional a posteriori, eliminar el veto político que esas normas permiten, reforzar la separación de poderes y devolver al Parlamento la primacía en el proceso legislativo.
2. Qué ha ocurrido en su trámite
- 8 / 9 / 2023: Publicación del resumen de la iniciativa en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.
- 24 / 2 / 2026: Debate de toma en consideración en el Pleno del Congreso. Se votó la admisión de la propuesta.
- 2 / 3 / 2026: El Boletín Oficial confirma que la iniciativa ha sido admitida (toma en consideración).
- 13 / 3 / 2026: Acuerdo subsiguiente que remite la propuesta a la Comisión Constitucional para que elabore un dictamen, se abre un plazo de 15 días hábiles (hasta el 31 de marzo de 2026) para presentar enmiendas y se ordena su publicación oficial.
3. Qué apoyos y rechazos recibió
En la votación de toma en consideración el resultado fue:
- Votos a favor: 175 diputados.
- Votos en contra: 171 diputados.
- Abstenciones: 0.
- No votaron: 4.
Los grupos que apoyaron la derogación incluyeron al Grupo Parlamentario Vasco, el Grupo Mixto, Euskal Herria Bildu, Junts per Catalunya, el PSOE y otros. Los que se opusieron fueron VOX, el Partido Popular y otros grupos conservadores.
4. En qué estado está la iniciativa actualmente
La proposición ha sido tomada en consideración y remitida a la Comisión Constitucional. Está a la espera del dictamen de la comisión; el plazo para presentar enmiendas finalizó el 31 de marzo de 2026. Por tanto, la iniciativa sigue en trámite legislativo y aún no ha sido aprobada ni rechazada definitivamente.
5. Qué importancia tiene este resultado dentro del proceso legislativo
La toma en consideración y el envío a la Comisión Constitucional representan el paso siguiente del procedimiento: la comisión emitirá un dictamen que será debatido y votado en el Pleno. Si el dictamen es favorable y el Pleno aprueba la propuesta, la iniciativa avanzará al Senado y, tras su eventual aprobación, se convertirá en Ley Orgánica. En caso de que la comisión o el Pleno la rechacen, la iniciativa quedará archivada. El resultado actual, por tanto, abre la fase de estudio y posible modificación antes de una decisión final.
Documentos
Publicaciones del 8/9/2023
Iniciativa
BOCG
Iniciativa
BOCGVer boletín original Núm. B-3-1 de 08/09/2023 Contenido generado por IA
La propuesta, presentada por el Grupo Parlamentario Vasco, busca anular las reformas de 2015 que introdujeron el recurso previo de inconstitucionalidad y dotaron al Tribunal Constitucional de poderes ejecutivos. Se pretende restablecer el control constitucional a posteriori, eliminar el veto político anticipado sobre los Estatutos de Autonomía y reforzar la separación de poderes, devolviendo al Parlamento la primacía en el proceso legislativo y garantizando que los conflictos se resuelvan mediante el diálogo político y no mediante la intervención judicial preventiva.
Publicaciones del 24/2/2026
Pleno - Debate de toma en consideración
Diario de sesiones
Pleno - Debate de toma en consideración
Diario de sesionesVer diario original Núm.168 de 24/02/2026 Contenido generado por IA
Resumen del debate de toma en consideración de la Proposición de Ley Orgánica – Reforma de la Ley Orgánica 2/1979 del Tribunal Constitucional (expediente 122/000004)
Tipo de documento: Debate de toma en consideración (pleno del Congreso de los Diputados).
1. Argumentos a favor de la reforma (quienes defienden la derogación de las leyes 12/2015 y 15/2015)
| Grupo parlamentario | Portavoz | Principales argumentos |
|---|---|---|
| Grupo Parlamentario Vasco (EAJ‑PNV) | Mikel Legarda Uriarte | • Las reformas de 2015 reintrodujeron el recurso previo de inconstitucionalidad y otorgaron al Tribunal Constitucional poderes de ejecución (suspensión de autoridades y ejecución sustitutoria). • Ese “recurso previo” constituye una desconfianza preventiva de las Cortes hacia sí mismas y permite a una minoría bloquear la mayoría, lo que califica como veto político. • Convertir al Tribunal en una “tercera cámara” vulnera la separación de poderes y puede derivar en decisionismo judicial. • Las facultades de ejecución son comparables a sanciones penales sin proceso penal, vulnerando el artículo 25 de la Constitución y la Carta Europea de Derechos Humanos. • La supresión del recurso previo en 1985 restableció la normalidad institucional; volver a introducirlo es un retroceso. |
| Grupo Mixto | María Velarde Gómez | • Coincide con el PNV en que el recurso previo y las facultades de ejecución son instrumentos de bloqueo político que distorsionan el equilibrio entre poderes. • Defiende la necesidad de eliminar esas normas para evitar que el Tribunal actúe como árbitro político. |
| Grupo Euskal Herria Bildu | Iñaki Iñarritu García | • Las reformas fueron diseñadas para obstaculizar procesos autonómicos (Cataluña, País Vasco) y dotar al Tribunal de una capacidad de “intervención política”. • Señala que el PP utilizó la reforma para impedir la reforma del Estatuto de Cataluña y que la norma sigue sirviendo a fines separatistas. |
| Grupo Junts per Catalunya | Jordi Pagès i Massó | • Recalca que la reforma fue una “artillería” del PP para bloquear la autodeterminación catalana y que el recurso previo se convirtió en un instrumento de veto de la oposición. |
| Grupo Socialista | María Sanz Martínez | • Considera que la reforma de 2015 fue políticamente motivada y que sus efectos son excesivos y desproporcionados. • Apoya la derogación porque la norma actual desnaturaliza el modelo de justicia constitucional y afecta la unidad del Estado. |
| Otros apoyos | (Intervenciones posteriores de diputados del Grupo Mixto y de otras formaciones) | • Subrayan que la reforma desnaturaliza la separación de poderes, facilita la obstrucción parlamentaria y amenaza la cohesión territorial. |
Resultado del voto a favor: 175 diputados.
2. Argumentos en contra de la reforma (quienes defienden el mantenimiento de las leyes 12/2015 y 15/2015)
| Grupo parlamentario | Portavoz | Principales argumentos |
|---|---|---|
| VOX | Aizcorbe Torra | • La reforma elimina la capacidad del Tribunal para impedir actos separatistas y para sancionar a quienes vulneren la unidad de España. • Considera la propuesta una “dinamita” contra la unidad nacional y un intento de “vaciar” al Tribunal de sus competencias de defensa del Estado. |
| Partido Popular | María Prieto Serrano | • Advierte que la derogación permitiría a partidos separatistas eludir la legislación constitucional y facilitar la secesión. • Sostiene que el recurso previo y las facultades de ejecución son herramientas necesarias para garantizar la unidad y la legalidad del Estado. |
| VOX (segunda intervención) | Rallo Lombarte | • Reitera que la reforma protege a los delincuentes y a los separatistas, debilitando la capacidad del Estado para actuar contra la desintegración. |
| Otros opositores | (Intervenciones de diputados de grupos conservadores) | • Argumentan que la eliminación del recurso previo y de las facultades de ejecución debilitaría la capacidad de control constitucional sobre reformas autonómicas potencialmente contrarias a la Constitución. • Aseguran que la reforma garantiza la seguridad jurídica y la coherencia del orden constitucional. |
Resultado del voto en contra: 171 diputados.
3. Acuerdo o desacuerdo
- Desacuerdo sustancial: Los grupos que apoyan la derogación (EAJ‑PNV, Mixto, Bildu, Junts, Socialistas) y los que se oponen (VOX, Partido Popular) presentan posiciones claramente opuestas sobre el impacto de las reformas de 2015.
- Matices: Algunos diputados (por ejemplo, del Grupo Mixto) reconocen la necesidad de evitar que el Tribunal actúe como “cámara legislativa”, pero no llegan a proponer una sustitución completa del recurso previo; sin embargo, el consenso sobre la eliminación total de ambas leyes no se alcanzó.
- Resultado final: A pesar del estrecho margen, la propuesta fue aprobada (175 votos a favor, 171 en contra), lo que significa que el Congreso tomó en consideración la iniciativa y la remitirá a la siguiente fase legislativa.
4. Puntos clave explicados de forma accesible
- Recurso previo de inconstitucionalidad: Es un procedimiento que permite a los tribunales revisar la constitucionalidad de una norma antes de que sea publicada. En la práctica, permite a una minoría bloquear leyes aprobadas por la mayoría.
- Facultades de ejecución del Tribunal Constitucional: Permiten al Tribunal suspender autoridades y hacer cumplir sus sentencias sin necesidad de que el Gobierno actúe, lo que algunos consideran una forma de sanción administrativa.
- Separación de poderes: Principio constitucional que establece que el poder legislativo, ejecutivo y judicial deben actuar de forma independiente. Los críticos de la reforma sostienen que las leyes de 2015 mezclan funciones judiciales con decisiones políticas.
- Unidad de España: Los partidos que se oponen a la reforma argumentan que mantener esas normas es esencial para impedir que comunidades autónomas puedan avanzar hacia la secesión o la desobediencia constitucional.
Conclusión: El debate mostró una división clara entre quienes ven las reformas de 2015 como instrumentos de bloqueo político y de vulneración del equilibrio institucional, y quienes las consideran garantías necesarias para proteger la unidad y la legalidad del Estado. Con una mayoría estrecha, el Congreso decidió tomar en consideración la propuesta de derogación, iniciando así el proceso legislativo para revertir las reformas de 2015.
Votación 24/2/2026
Votación Proposición de Ley del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), Orgánica de reforma de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional.
Ver votaciones en la web del congreso (24/2/2026)
Votación 24/2/2026
VotaciónProposición de Ley del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), Orgánica de reforma de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional.
Resultados totales:
Resultados por partido:
Listado de votos:
Publicaciones del 2/3/2026
Toma en consideración
BOCG
Toma en consideración
BOCGVer boletín original Núm. B-3-2 de 02/03/2026 Contenido generado por IA
La iniciativa ha sido admitida y el autor es el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ‑PNV).
Publicaciones del 13/3/2026
Acuerdo subsiguiente a la toma en consideración
BOCG
Acuerdo subsiguiente a la toma en consideración
BOCGVer boletín original Núm. B-3-3 de 13/03/2026 Contenido generado por IA
Se ha remitido la propuesta de reforma del Tribunal Constitucional a la Comisión Constitucional para que elabore un dictamen. Además, se abre un plazo de 15 días hábiles (hasta el 31 de marzo de 2026) para que diputados y grupos parlamentarios presenten enmiendas. Finalmente, se ordena su publicación oficial.