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N° de exp.

Proposición de Ley Orgánica de reforma de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional

Número de expendiente
- Ver iniciativa original
Tipo
Proposición de ley de Grupos Parlamentarios del Congreso
Fechas
Presentado el 29/08/2023 , calificado el 05/09/2023
Autor
  • Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV)
Comisiones
  • Comisión Constitucional
Estado Actual
Comisión Constitucional Enmiendas
Plazos
  • Hasta: 14/10/2023 (14:00) Criterio del Gobierno sobre Proposición de Ley
  • Hasta: 31/03/2026 (18:00) De enmiendas
Tramitación seguida por la iniciativa
  • Boletín Oficial de las Cortes Generales Publicación desde 05/09/2023 hasta 08/09/2023
  • Gobierno Contestación desde 08/09/2023 hasta 16/10/2023
  • Pleno Toma en consideración desde 16/10/2023 hasta 24/02/2026
  • Mesa del Congreso Acuerdo subsiguiente a la toma en consideración desde 24/02/2026 hasta 10/03/2026
  • Comisión Constitucional Publicación desde 10/03/2026 hasta 13/03/2026
  • Comisión Constitucional Enmiendas desde 13/03/2026
Fecha de actualización
13/3/2026

Resumen

Contenido IA

1. De qué trata la iniciativa
La proposición de Ley Orgánica, presentada por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ‑PNV), pretende derogar las reformas de 2015 (leyes 12/2015 y 15/2015) que introdujeron el recurso previo de inconstitucionalidad y otorgaron al Tribunal Constitucional facultades de ejecución (suspensión de autoridades y cumplimiento de sentencias). El objetivo es restablecer el control constitucional a posteriori, eliminar el veto político que esas normas permiten, reforzar la separación de poderes y devolver al Parlamento la primacía en el proceso legislativo.

2. Qué ha ocurrido en su trámite

  • 8 / 9 / 2023: Publicación del resumen de la iniciativa en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.
  • 24 / 2 / 2026: Debate de toma en consideración en el Pleno del Congreso. Se votó la admisión de la propuesta.
  • 2 / 3 / 2026: El Boletín Oficial confirma que la iniciativa ha sido admitida (toma en consideración).
  • 13 / 3 / 2026: Acuerdo subsiguiente que remite la propuesta a la Comisión Constitucional para que elabore un dictamen, se abre un plazo de 15 días hábiles (hasta el 31 de marzo de 2026) para presentar enmiendas y se ordena su publicación oficial.

3. Qué apoyos y rechazos recibió
En la votación de toma en consideración el resultado fue:

  • Votos a favor: 175 diputados.
  • Votos en contra: 171 diputados.
  • Abstenciones: 0.
  • No votaron: 4.

Los grupos que apoyaron la derogación incluyeron al Grupo Parlamentario Vasco, el Grupo Mixto, Euskal Herria Bildu, Junts per Catalunya, el PSOE y otros. Los que se opusieron fueron VOX, el Partido Popular y otros grupos conservadores.

4. En qué estado está la iniciativa actualmente
La proposición ha sido tomada en consideración y remitida a la Comisión Constitucional. Está a la espera del dictamen de la comisión; el plazo para presentar enmiendas finalizó el 31 de marzo de 2026. Por tanto, la iniciativa sigue en trámite legislativo y aún no ha sido aprobada ni rechazada definitivamente.

5. Qué importancia tiene este resultado dentro del proceso legislativo
La toma en consideración y el envío a la Comisión Constitucional representan el paso siguiente del procedimiento: la comisión emitirá un dictamen que será debatido y votado en el Pleno. Si el dictamen es favorable y el Pleno aprueba la propuesta, la iniciativa avanzará al Senado y, tras su eventual aprobación, se convertirá en Ley Orgánica. En caso de que la comisión o el Pleno la rechacen, la iniciativa quedará archivada. El resultado actual, por tanto, abre la fase de estudio y posible modificación antes de una decisión final.

Documentos

Publicaciones del 8/9/2023

Iniciativa

BOCG

Ver boletín original Contenido IA

La propuesta, presentada por el Grupo Parlamentario Vasco, busca anular las reformas de 2015 que introdujeron el recurso previo de inconstitucionalidad y dotaron al Tribunal Constitucional de poderes ejecutivos. Se pretende restablecer el control constitucional a posteriori, eliminar el veto político anticipado sobre los Estatutos de Autonomía y reforzar la separación de poderes, devolviendo al Parlamento la primacía en el proceso legislativo y garantizando que los conflictos se resuelvan mediante el diálogo político y no mediante la intervención judicial preventiva.

Publicaciones del 24/2/2026

Pleno - Debate de toma en consideración

Diario de sesiones

Ver diario original Contenido IA

Resumen del debate de toma en consideración de la Proposición de Ley Orgánica – Reforma de la Ley Orgánica 2/1979 del Tribunal Constitucional (expediente 122/000004)

Tipo de documento: Debate de toma en consideración (pleno del Congreso de los Diputados).


1. Argumentos a favor de la reforma (quienes defienden la derogación de las leyes 12/2015 y 15/2015)

Grupo parlamentario Portavoz Principales argumentos
Grupo Parlamentario Vasco (EAJ‑PNV) Mikel Legarda Uriarte • Las reformas de 2015 reintrodujeron el recurso previo de inconstitucionalidad y otorgaron al Tribunal Constitucional poderes de ejecución (suspensión de autoridades y ejecución sustitutoria).
• Ese “recurso previo” constituye una desconfianza preventiva de las Cortes hacia sí mismas y permite a una minoría bloquear la mayoría, lo que califica como veto político.
• Convertir al Tribunal en una “tercera cámara” vulnera la separación de poderes y puede derivar en decisionismo judicial.
• Las facultades de ejecución son comparables a sanciones penales sin proceso penal, vulnerando el artículo 25 de la Constitución y la Carta Europea de Derechos Humanos.
• La supresión del recurso previo en 1985 restableció la normalidad institucional; volver a introducirlo es un retroceso.
Grupo Mixto María Velarde Gómez • Coincide con el PNV en que el recurso previo y las facultades de ejecución son instrumentos de bloqueo político que distorsionan el equilibrio entre poderes.
• Defiende la necesidad de eliminar esas normas para evitar que el Tribunal actúe como árbitro político.
Grupo Euskal Herria Bildu Iñaki Iñarritu García • Las reformas fueron diseñadas para obstaculizar procesos autonómicos (Cataluña, País Vasco) y dotar al Tribunal de una capacidad de “intervención política”.
• Señala que el PP utilizó la reforma para impedir la reforma del Estatuto de Cataluña y que la norma sigue sirviendo a fines separatistas.
Grupo Junts per Catalunya Jordi Pagès i Massó • Recalca que la reforma fue una “artillería” del PP para bloquear la autodeterminación catalana y que el recurso previo se convirtió en un instrumento de veto de la oposición.
Grupo Socialista María Sanz Martínez • Considera que la reforma de 2015 fue políticamente motivada y que sus efectos son excesivos y desproporcionados.
• Apoya la derogación porque la norma actual desnaturaliza el modelo de justicia constitucional y afecta la unidad del Estado.
Otros apoyos (Intervenciones posteriores de diputados del Grupo Mixto y de otras formaciones) • Subrayan que la reforma desnaturaliza la separación de poderes, facilita la obstrucción parlamentaria y amenaza la cohesión territorial.

Resultado del voto a favor: 175 diputados.


2. Argumentos en contra de la reforma (quienes defienden el mantenimiento de las leyes 12/2015 y 15/2015)

Grupo parlamentario Portavoz Principales argumentos
VOX Aizcorbe Torra • La reforma elimina la capacidad del Tribunal para impedir actos separatistas y para sancionar a quienes vulneren la unidad de España.
• Considera la propuesta una “dinamita” contra la unidad nacional y un intento de “vaciar” al Tribunal de sus competencias de defensa del Estado.
Partido Popular María Prieto Serrano • Advierte que la derogación permitiría a partidos separatistas eludir la legislación constitucional y facilitar la secesión.
• Sostiene que el recurso previo y las facultades de ejecución son herramientas necesarias para garantizar la unidad y la legalidad del Estado.
VOX (segunda intervención) Rallo Lombarte • Reitera que la reforma protege a los delincuentes y a los separatistas, debilitando la capacidad del Estado para actuar contra la desintegración.
Otros opositores (Intervenciones de diputados de grupos conservadores) • Argumentan que la eliminación del recurso previo y de las facultades de ejecución debilitaría la capacidad de control constitucional sobre reformas autonómicas potencialmente contrarias a la Constitución.
• Aseguran que la reforma garantiza la seguridad jurídica y la coherencia del orden constitucional.

Resultado del voto en contra: 171 diputados.


3. Acuerdo o desacuerdo

  • Desacuerdo sustancial: Los grupos que apoyan la derogación (EAJ‑PNV, Mixto, Bildu, Junts, Socialistas) y los que se oponen (VOX, Partido Popular) presentan posiciones claramente opuestas sobre el impacto de las reformas de 2015.
  • Matices: Algunos diputados (por ejemplo, del Grupo Mixto) reconocen la necesidad de evitar que el Tribunal actúe como “cámara legislativa”, pero no llegan a proponer una sustitución completa del recurso previo; sin embargo, el consenso sobre la eliminación total de ambas leyes no se alcanzó.
  • Resultado final: A pesar del estrecho margen, la propuesta fue aprobada (175 votos a favor, 171 en contra), lo que significa que el Congreso tomó en consideración la iniciativa y la remitirá a la siguiente fase legislativa.

4. Puntos clave explicados de forma accesible

  • Recurso previo de inconstitucionalidad: Es un procedimiento que permite a los tribunales revisar la constitucionalidad de una norma antes de que sea publicada. En la práctica, permite a una minoría bloquear leyes aprobadas por la mayoría.
  • Facultades de ejecución del Tribunal Constitucional: Permiten al Tribunal suspender autoridades y hacer cumplir sus sentencias sin necesidad de que el Gobierno actúe, lo que algunos consideran una forma de sanción administrativa.
  • Separación de poderes: Principio constitucional que establece que el poder legislativo, ejecutivo y judicial deben actuar de forma independiente. Los críticos de la reforma sostienen que las leyes de 2015 mezclan funciones judiciales con decisiones políticas.
  • Unidad de España: Los partidos que se oponen a la reforma argumentan que mantener esas normas es esencial para impedir que comunidades autónomas puedan avanzar hacia la secesión o la desobediencia constitucional.

Conclusión: El debate mostró una división clara entre quienes ven las reformas de 2015 como instrumentos de bloqueo político y de vulneración del equilibrio institucional, y quienes las consideran garantías necesarias para proteger la unidad y la legalidad del Estado. Con una mayoría estrecha, el Congreso decidió tomar en consideración la propuesta de derogación, iniciando así el proceso legislativo para revertir las reformas de 2015.

Votación 24/2/2026

Votación

Proposición de Ley del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), Orgánica de reforma de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional.

Ver votaciones en la web del congreso (24/2/2026)

Resultados totales:

Resultados por partido:

Listado de votos:

Publicaciones del 2/3/2026

Toma en consideración

BOCG

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La iniciativa ha sido admitida y el autor es el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ‑PNV).

Publicaciones del 13/3/2026

Acuerdo subsiguiente a la toma en consideración

BOCG

Ver boletín original Contenido IA

Se ha remitido la propuesta de reforma del Tribunal Constitucional a la Comisión Constitucional para que elabore un dictamen. Además, se abre un plazo de 15 días hábiles (hasta el 31 de marzo de 2026) para que diputados y grupos parlamentarios presenten enmiendas. Finalmente, se ordena su publicación oficial.