Proposición de Reforma del apartado 3 del artículo 69 de la Constitución Española, a los efectos de que la isla de Formentera elija un senador propio (corresponde a los números de expediente 101/000004/0000 de la XII Legislatura, 101/000004/0000 de la XIII Legislatura y 101/000002/0000 de la XIV Legislatura)
- Número de expendiente
-
- Ver iniciativa original - Tipo
- Proposición de reforma constitucional de Comunidades Autónomas
- Fechas
- Presentado el 17/08/2023 , calificado el 05/09/2023
- Autor
-
- Comunidad Autónoma de las Illes Balears-Parlamento
- Estado Actual
- Concluido - (Aprobado sin modificaciones)
- Plazos
-
- Hasta: 14/10/2023 (14:00) Criterio del Gobierno sobre Proposición de Ley
- Hasta: 10/03/2026 (18:00) De enmiendas
- Hasta: 11/03/2026 (18:00) Ampliación de enmiendas
- Hasta: 12/05/2026 (18:00) De solicitud para celebración de referéndum
- Tramitación seguida por la iniciativa
-
- Boletín Oficial de las Cortes Generales Publicación desde 05/09/2023 hasta 08/09/2023
- Gobierno Contestación desde 08/09/2023 hasta 16/10/2023
- Pleno Toma en consideración desde 16/10/2023 hasta 10/02/2026
- Mesa del Congreso Acuerdo subsiguiente a la toma en consideración desde 10/02/2026 hasta 17/02/2026
- Junta de Portavoces desde 17/02/2026 hasta 24/02/2026
- Pleno Enmiendas desde 20/02/2026 hasta 11/03/2026
- Pleno Aprobación desde 11/03/2026 hasta 26/03/2026
- Senado desde 26/03/2026 hasta 22/04/2026
- Concluido - (Aprobado sin modificaciones) desde 22/04/2026
- Fecha de actualización
- 20/5/2026
Resumen
Contenido generado por IA
1. ¿De qué trata la iniciativa?
Propone modificar el apartado 3 del artículo 69 de la Constitución Española para que la isla de Formentera constituya una circunscripción senatorial propia y pueda elegir un senador independiente, en lugar de compartirlo con la isla de Ibiza‑Eivissa.
2. ¿Qué ha ocurrido en su trámite?
- Presentación y primer debate (8 sep 2023 – 10 feb 2026). La proposición, impulsada por el Parlamento de les Illes Balears, fue puesta a consideración del Congreso. En la votación de toma en consideración obtuvo 176 votos a favor, 33 en contra y 138 abstenciones (347 votos emitidos).
- Admisión y periodo de enmiendas (16 feb 2026 – 20 feb 2026). El Congreso admitió la iniciativa y abrió un plazo de 15 días hábiles para que los grupos presentaran enmiendas.
- Acuerdo de tramitación directa y en lectura única (18 mar 2026). Se aprobó la tramitación sin pasar por comisión y en una sola lectura: 178 votos a favor, 33 en contra y 137 abstenciones (348 votos emitidos).
- Votación de la reforma en el Congreso (26 mar 2026). Tras debatir y aprobar una enmienda técnica del PP, la reforma se aprobó con 312 votos a favor, 33 en contra y 5 abstenciones, superando el requisito de tres quintos del Congreso.
- Remisión y aprobación en el Senado (10 abr 2026 – 22 abr 2026). El texto aprobado por el Congreso fue remitido al Senado, donde fue aprobado con 258 votos a favor y 2 en contra (260 votos emitidos), cumpliendo también el umbral de tres quintos.
- Periodo de posible referéndum (23 abr 2026 – 12 may 2026). Tras la aprobación de ambas cámaras se abrió el plazo constitucional para que una décima parte de los miembros solicitara un referéndum; ninguna solicitud se presentó.
- Aprobación definitiva y publicación (19 may 2026 – 20 may 2026). Con la ausencia de referéndum, la reforma quedó definitivamente aprobada y se publicó en el Boletín Oficial del Estado el 20 de mayo de 2026.
3. ¿Qué apoyos y rechazos recibió?
- Toma en consideración (Congreso): 176 sí / 33 no / 138 abst.
- Acuerdo de tramitación directa (Congreso): 178 sí / 33 no / 137 abst.
- Votación final del texto (Congreso): 312 sí / 33 no / 5 abst.
- Votación en el Senado: 258 sí / 2 no (260 votos emitidos).
Los partidos que presentaron enmiendas (PP) y la mayoría de los grupos parlamentarios votaron a favor; solo Vox se opuso de forma consistente, registrando los 33 votos en contra en el Congreso y los 2 del Senado.
4. ¿En qué estado está la iniciativa actualmente?
La reforma constitucional está aprobada definitivamente. Ha sido promulgada tras su publicación en el BOE el 20 de mayo 2026 y entrará en vigor ese mismo día, quedando vigente para las próximas elecciones al Senado.
5. ¿Qué importancia tiene este resultado dentro del proceso legislativo?
Superar el requisito de tres quintos en ambas cámaras y no activarse el mecanismo de referéndum convierte la propuesta en una modificación constitucional. Con la publicación en el BOE, el artículo 69.3 queda reformado, de modo que Formentera pasará a ser una circunscripción senatorial independiente y elegirá su propio senador en las elecciones posteriores. Esto altera la composición territorial del Senado y corrige la “anomalía” de representación que existía para la isla.
Documentos
Publicaciones del 8/9/2023
Iniciativa
BOCG
Iniciativa
BOCGVer boletín original Núm. B-6-1 de 08/09/2023 Contenido generado por IA
La presente proposición de ley busca reformar el artículo 69.3 de la Constitución española para que la isla de Formentera constituya una circunscripción senatorial propia, permitiendo la elección de un senador independiente de Ibiza. La reforma propone cambiar la redacción actual, eliminar la referencia a la "agrupación de islas" y asignar un senador a Formentera. La medida será efectiva a partir de las próximas elecciones al Senado y entrará en vigor el día de su publicación en el BOE, garantizando igualdad de representación para todas las islas españolas.
Publicaciones del 10/2/2026
Pleno - Debate de toma en consideración
Diario de sesiones
Pleno - Debate de toma en consideración
Diario de sesionesVer diario original Núm.163 de 10/02/2026 Contenido generado por IA
Resumen del debate de toma en consideración de la proposición de reforma constitucional (artículo 69.3) para que la isla de Formentera elija un senador propio
Contexto
El artículo 69.3 de la Constitución establece que cada isla o agrupación de islas con “consell o cabildo” constituye una circunscripción electoral para la elección de senadores. Desde 2007 Formentera tiene su propio Consell Insular, pero sigue compartiendo senador con Ibiza. La iniciativa del Parlamento de las Illes Balears pide que Formentera pueda elegir un senador independiente.
Argumentos a favor
| Grupo que intervino | Principales ideas defendidas |
|---|---|
| VOX (Llorenç Córdoba Marí) | La falta de un senador propio es una “anomalía institucional”. La Constitución ya vincula la representación territorial al existir de un órgano de gobierno insular; por tanto, la reforma solo adapta la norma a la realidad. |
| Partido Popular (Cristina Gil Membrado) | Formentera ya cuenta con un Consell Insular con competencias reales; la reforma garantiza coherencia y seguridad jurídica, evitando que una isla con instituciones propias quede sin representación directa. |
| Partido Socialista (Costa Serra) | La medida responde a una petición unánime de las instituciones formenterenses desde 2004 y a la reforma del Estatuto de Autonomía de 2007. Es una cuestión de igualdad territorial y de reconocimiento de la singularidad de la isla. |
| Representantes del Parlamento de las Illes Balears | Subrayan que la reforma corrige una “anomalía constitucional” que agrupa a Formentera con Ibiza pese a que ambas tienen gobiernos insulares diferentes. |
| Grupos que participaron en la fijación de posiciones (Mixto, Vasco, Junts per Catalunya, Republicano, Plurinacional SUMAR, VOX, Socialista, Popular) | Reiteran los mismos argumentos: necesidad de que la representación en el Senado refleje la realidad institucional, demográfica y de servicios públicos de Formentera; la reforma no crea privilegios, sino que restituye la igualdad con otras islas que ya eligen senador propio. |
En conjunto, los defensores destacan:
- Coherencia constitucional – el texto ya prevé que cada isla con consejo propio tenga su propio senador.
- Igualdad territorial – Formentera es la única isla con consejo propio que no tiene senador propio; la reforma elimina esa desigualdad.
- Representación eficaz – una voz propia en el Senado permitiría atender mejor los problemas específicos de la isla (conectividad, servicios, medio ambiente).
- Apoyo amplio – la iniciativa ha sido respaldada por todas las formaciones políticas de las Illes Balears en el pasado, salvo una (no especificada en el fragmento).
Argumentos en contra
El texto del Diario de Sesiones no recoge intervenciones específicas que expongan los argumentos de los opositores. En la votación hubo 33 votos en contra, pero los discursos de los que se opusieron no aparecen en el fragmento proporcionado. Por lo tanto, no se pueden describir razonamientos contrarios concretos a partir de la información disponible.
Resultado de la votación
- Votos emitidos: 347
- A favor: 176
- En contra: 33
- Abstenciones: 138
La propuesta fue aprobada y, según la presidenta, “se toma en consideración la proposición de reforma constitucional”.
Conclusión
El debate estuvo dominado por argumentos que defendían la necesidad de adaptar la Constitución a la realidad institucional de Formentera, garantizando su representación territorial en el Senado y corrigiendo una anomalía histórica. No se registraron en el documento intervenciones detalladas de los opositores; sin embargo, la mayoría de los grupos parlamentarios presentes apoyaron la reforma, que fue aprobada con 176 votos a favor.
Votación 10/2/2026
Votación Proposición del Parlamento de las Illes Balears, de Ley para la reforma del artículo 69.3 de la Constitución española a los efectos de que la isla de Formentera elija un senador propio, con independencia del que elija la isla de Eivissa (corresponde a los números de expediente 101/000004/0000 de la XII Legislatura, 101/000004/0000 de la XIII Legislatura y 101/000002/0000 de la XIV Legislatura).
Ver votaciones en la web del congreso (10/2/2026)
Votación 10/2/2026
VotaciónProposición del Parlamento de las Illes Balears, de Ley para la reforma del artículo 69.3 de la Constitución española a los efectos de que la isla de Formentera elija un senador propio, con independencia del que elija la isla de Eivissa (corresponde a los números de expediente 101/000004/0000 de la XII Legislatura, 101/000004/0000 de la XIII Legislatura y 101/000002/0000 de la XIV Legislatura).
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Publicaciones del 16/2/2026
Toma en consideración
BOCG
Toma en consideración
BOCGVer boletín original Núm. B-6-2 de 16/02/2026 Contenido generado por IA
Iniciativa admitida; autor: Parlamento de les Illes Balears.
Publicaciones del 20/2/2026
Acuerdo subsiguiente a la toma en consideración
BOCG
Acuerdo subsiguiente a la toma en consideración
BOCGVer boletín original Núm. B-6-3 de 20/02/2026 Contenido generado por IA
Se ha abierto un plazo de quince días hábiles, que finaliza el 10 de marzo de 2026, para que los diputados y los grupos parlamentarios presenten enmiendas a la proposición de reforma del artículo 69.3 de la Constitución. Además, se ordena su publicación conforme al artículo 97 del Reglamento del Congreso.
Publicaciones del 18/3/2026
Pleno - Acuerdo de tramitación directa y en lectura única
Diario de sesiones
Pleno - Acuerdo de tramitación directa y en lectura única
Diario de sesionesVer diario original Núm.172 de 18/03/2026 Contenido generado por IA
Aviso: El documento oficial es excesivamente largo, la IA ha podido generar un resumen incorrecto.
Resumen del Acuerdo de tramitación directa y en lectura única
Proposición de reforma del artículo 69.3 de la Constitución (isla de Formentera con senador propio)
Tipo de documento: Acuerdo de tramitación directa y en lectura única.
Objetivo: Aprobar que la reforma constitucional que permitiría a Formentera elegir un senador propio sea tramitada sin pasar por comisión y en una sola lectura.
1. Posiciones de los grupos parlamentarios
| Grupo / Intervención | Argumentos a favor | Argumentos en contra | Posición final en la votación |
|---|---|---|---|
| Grupo Parlamentario Mixto (Sr. Catalán Higueras) | No se menciona ninguna defensa de la reforma. | Se abstiene porque el discurso se centra en la cuestión de Navarra, no en Formentera. | Abstención |
| Podemos (Sr. Sánchez Serna) | – La reforma corrige un déficit de representación territorial. – Formentera necesita una voz propia para abordar problemas de turismo, coste de vida, crisis habitacional y “triple insularidad”. |
– No se presentan argumentos contrarios. | Sí (voto a favor) |
| Grupo Republicà (Sra. Jordà i Roura) | – Es una cuestión de “justicia democrática”: Formentera debe tener la misma voz que el resto de islas. – La reivindicación es unánime y responde a una realidad política. |
– No se expresan objeciones. | Sí (voto a favor) |
| Grupo Plurinacional SUMAR (Sr. Vidal Matas) | – La reivindicación de Formentera es justa y fortalece la democracia. – La petición cuenta con apoyo unánime del Parlament de les Illes Balears desde 2018. – Se pide celeridad en la tramitación. |
– No se presentan argumentos contrarios. | Sí (voto a favor) |
| VOX (Sr. Campos Asensi) | – No se presentan argumentos a favor. | – La reforma tiene “peso suficiente” para no tramitarse en lectura única. – La medida sería utilizada por el PSOE y partidos separatistas para “dinamitar” la Constitución. – Advierte de posibles cambios en artículos clave (2, 8, 155) y de la supresión del topónimo “Ibiza” en español. – Acusa al PP de colaborar con separatistas. |
No (voto en contra) |
| Grupo Socialista (Sra. Herrera García) | – La reforma lleva tiempo trabajando y cuenta con el respaldo del Parlament de les Illes Balears (votaciones unánimes). – Critica al PP por abstenerse y buscar excusas. – Señala que la tramitación en lectura única es precedentes en reformas constitucionales anteriores. |
– No se presentan argumentos contrarios. | Sí (voto a favor) |
| Grupo Popular (Sr. Marí Bosó) | – No se registra intervención con argumentos a favor. | – No se registra intervención con argumentos en contra; el discurso del PP no se incluye en el fragmento. | Abstención (según el recuento de votos) |
2. Resultado de la votación
- Votos emitidos: 348
- A favor: 178
- En contra: 33
- Abstenciones: 137
Conclusión: La mayoría de los diputados que votaron se pronunciaron a favor (178), superando ampliamente los votos en contra (33). Con 137 abstenciones, la propuesta quedó aprobada y se autoriza su tramitación directa y en lectura única.
3. Matices y observaciones relevantes
- Abstenciones significativas: El Grupo Parlamentario Mixto y el Grupo Popular no emitieron un voto positivo; el primero explicó su abstención citando otro tema (Navarra), mientras que el PP no presentó una intervención concreta en el fragmento disponible.
- Denuncias políticas: Tanto el Grupo Republicà como VOX utilizaron sus intervenciones para criticar al Partido Popular, aunque con objetivos diferentes (el primero por bloquear la reforma, el segundo por considerar que la reforma forma parte de una agenda que “daña” la Constitución).
- Apoyo amplio de partidos regionales: Los grupos que representan a las Islas Baleares (SUMAR, Republicà) y la izquierda (Podemos, PSOE) coincidieron en que la medida responde a una reivindicación unánime del Parlament de les Illes Balears y mejora la representación de Formentera.
En síntesis: El Congreso aprobó, con mayoría, el acuerdo para tramitar directamente y en una sola lectura la reforma constitucional que permitiría a Formentera elegir su propio senador. Los argumentos a favor se centraron en la necesidad de una representación territorial más justa y en la legitimidad de la petición del Parlament balear. Las críticas principales provinieron de VOX, que consideró la reforma un riesgo constitucional, y de algunos miembros del Grupo Popular, que se abstuvieron sin presentar una defensa del proyecto.
Votación 18/3/2026
Votación Acuerdo de tramitación directa y en lectura única de la Proposición de reforma del artículo 69.3 de la Constitución española a los efectos de que la isla de Formentera elija un senador propio, con independencia del que elija la isla de Eivissa (corresponde a los números de expediente 101/000004/0000 de la XII Legislatura, 101/000004/0000 de la XIII Legislatura y 101/000002/0000 de la XIV Legislatura).
Ver votaciones en la web del congreso (18/3/2026)
Votación 18/3/2026
VotaciónAcuerdo de tramitación directa y en lectura única de la Proposición de reforma del artículo 69.3 de la Constitución española a los efectos de que la isla de Formentera elija un senador propio, con independencia del que elija la isla de Eivissa (corresponde a los números de expediente 101/000004/0000 de la XII Legislatura, 101/000004/0000 de la XIII Legislatura y 101/000002/0000 de la XIV Legislatura).
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Publicaciones del 23/3/2026
Acuerdo de tramitación directa y en lectura única
BOCG
Acuerdo de tramitación directa y en lectura única
BOCGVer boletín original Núm. B-6-4 de 23/03/2026 Contenido generado por IA
Se ha acordado la tramitación directa y la lectura única de la proposición.
Publicaciones del 26/3/2026
Pleno - Aprobación en lectura única
Diario de sesiones
Pleno - Aprobación en lectura única
Diario de sesionesVer diario original Núm.175 de 26/03/2026 Contenido generado por IA
Resumen del documento 101/000002 – “Proposición de reforma del artículo 69.3 de la Constitución para que la isla de Formentera elija un senador propio”
Tipo de trámite: Aprobación en lectura única (requiere 3/5 del total de diputados).
1. Argumentos a favor (grupos que defendieron la reforma)
| Grupo parlamentario | Principales argumentos |
|---|---|
| Grupo Parlamentario Vasco (EAJ‑PNV) | La reforma corrige una “anomalía democrática”: Formentera ya tiene Consejo Insular y, según la Constitución, debe ser circunscripción electoral propia. La medida garantiza a Formentera los mismos derechos que a las demás islas del archipiélago. |
| Grupo Parlamentario Socialista (Herrera García) | Después de décadas de debate, la reforma es necesaria para que Formentera tenga la misma representación que Mallorca, Menorca o Ibiza. Se subraya que la iniciativa necesita el voto de tres quintos y que la mayoría de los partidos (salvo VOX) la apoyan. |
| Grupo Parlamentario Popular (Marí Bosó) | Defiende la reforma pero propone una corrección técnica: cambiar un guion por una coma en el texto, sin alterar el fondo. La enmienda fue aprobada (138 sí, 86 no, 124 abst.) y se presenta como “matiz”. |
| Grupo Parlamentario Mixto (Micó Micó) | Saluda al Consell Insular de Formentera y recuerda que el Senado es la cámara de representación territorial; por tanto, todas las islas deben poder elegir su propio senador. |
| Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR (Vidal Matas) | Reitera que la reforma elimina una desigualdad y que la mayoría de los partidos (excepto VOX) votarán a favor. |
| Grupo Parlamentario Junts per Catalunya (Pagès i Massó) | Apoya la reforma como “justa” y “equilibrada”, señalando que Formentera ya no es la isla menos poblada y que merece su propio senador. |
| Grupo Parlamentario Republicà (Jordà i Roura) | Defiende la medida como reconocimiento de la singularidad territorial de Formentera y critica la discusión sobre la toponimia como “frivolidad”. |
| Otros (declaraciones de la delegación balear, del Consell Insular, etc.) | Refuerzan la idea de que la reforma responde a un consenso amplio en Baleares y que la falta de un senador propio es una “anomalía” que se ha superado. |
Resumen de los argumentos a favor
- Cada isla del archipiélago balear debe ser una circunscripción electoral independiente en el Senado.
- La reforma corrige una desigualdad histórica y garantiza la representación territorial prevista en la Constitución y en el Estatuto de Autonomía de las Illes Balears.
- No implica un aumento significativo de gasto; el senador ya existía, solo se separa la representación de Ibiza y Formentera.
- Amplio consenso entre la mayoría de los grupos parlamentarios (PSOE, PNV, Sumar, Junts, etc.).
2. Argumentos en contra (grupos que se opusieron)
| Grupo parlamentario | Principales argumentos |
|---|---|
| VOX (Campos Asensi) | Considera que la reforma es innecesaria: Formentera ya está representada conjuntamente con Ibiza y no necesita un senador adicional. Señala que el coste de un senador extra (aprox. 3 000 €/hab. al año) es “injustificado”. Además, critica la discusión sobre la toponimia (Eivissa vs. Ibiza) como un “desvío” de los problemas reales de la isla (vivienda, inmigración, seguridad). |
| VOX (otras intervenciones) | Reitera que la medida no soluciona los problemas de Formentera (vivienda, precios, inseguridad) y que el Gobierno debería centrarse en reformas más urgentes (vivienda, inmigración, seguridad). |
Resumen de los argumentos en contra
- La reforma no aporta soluciones a los problemas estructurales de Formentera (vivienda, precios, seguridad, inmigración).
- El coste de un senador adicional es innecesario y se podría destinar a otras prioridades.
- La discusión sobre el nombre de la isla (Eivissa/Ibiza) es vista como una cuestión menor que distrae del objetivo real.
3. Resultado de la votación
| Votación | Resultado |
|---|---|
| Enmienda de VOX (rechazo total) | 33 sí / 315 no (rechazada). |
| Enmienda del PP (matiz técnico) | 138 sí / 86 no / 124 abst. (aprobada). |
| Votación final de la reforma constitucional | 312 sí / 33 no / 5 abst. (aprobada). |
Interpretación
- La reforma fue aprobada con amplio respaldo (más del 89 % de los votos emitidos a favor).
- Sólo VOX se opuso de forma clara; el resto de los grupos, aun cuando presentaron enmiendas de forma puntual (p. ej. el PP), apoyaron la medida esencial.
- La aprobación cumple con el requisito constitucional de tres quintos del Congreso.
4. Conclusión
La proposición de reforma del artículo 69.3 de la Constitución, que permite a Formentera elegir un senador propio, fue aprobada en lectura única con una mayoría abrumadora. La mayor parte de los partidos consideró que la medida corrige una desigualdad democrática y refuerza la representación territorial de las islas Baleares. La única oposición significativa provino de VOX, que argumentó que la reforma es innecesaria y que los recursos deberían destinarse a otras prioridades. La reforma entra en vigor tras superar el umbral de tres quintos requerido por la Constitución.
Votación 26/3/2026
Votación Proposición de reforma del artículo 69.3 de la Constitución española a los efectos de que la isla de Formentera elija un senador propio, con independencia del que elija la isla de Eivissa.
Votación en bloque de las enmiendas.
Ver votaciones en la web del congreso (26/3/2026)
Votación 26/3/2026
VotaciónProposición de reforma del artículo 69.3 de la Constitución española a los efectos de que la isla de Formentera elija un senador propio, con independencia del que elija la isla de Eivissa.
Votación en bloque de las enmiendas.
Resultados totales:
Resultados por partido:
Listado de votos:
Votación 26/3/2026
Votación Proposición de reforma del artículo 69.3 de la Constitución española a los efectos de que la isla de Formentera elija un senador propio, con independencia del que elija la isla de Eivissa.
Enmienda 17.
Ver votaciones en la web del congreso (26/3/2026)
Votación 26/3/2026
VotaciónProposición de reforma del artículo 69.3 de la Constitución española a los efectos de que la isla de Formentera elija un senador propio, con independencia del que elija la isla de Eivissa.
Enmienda 17.
Resultados totales:
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Votación 26/3/2026
Votación Votación de conjunto de la Proposición de reforma del artículo 69.3 de la Constitución española a los efectos de que la isla de Formentera elija un senador propio, con independencia del que elija la isla de Eivissa, por tramitarse en lectura única y tratarse de una Proposición de reforma constitucional, teniendo en cuenta las correcciones técnicas distribuidas.
Ver votaciones en la web del congreso (26/3/2026)
Votación 26/3/2026
VotaciónVotación de conjunto de la Proposición de reforma del artículo 69.3 de la Constitución española a los efectos de que la isla de Formentera elija un senador propio, con independencia del que elija la isla de Eivissa, por tramitarse en lectura única y tratarse de una Proposición de reforma constitucional, teniendo en cuenta las correcciones técnicas distribuidas.
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Publicaciones del 30/3/2026
Enmiendas al articulado
BOCG
Enmiendas al articulado
BOCGVer boletín original Núm. B-6-5 de 30/03/2026 Contenido generado por IA
Resumen de las enmiendas al articulado de la proposición de reforma del artículo 69.3 de la Constitución (elección de senador propio para Formentera)
Objeto de la iniciativa: modificar el apartado 3 del artículo 69 de la Constitución para que la isla de Formentera constituya una circunscripción electoral independiente y elija su propio senador, separada de la de Ibiza (Eivissa). La propuesta lleva años en tramitación (expedientes 101/000004 XII‑XIII Legislaturas y 101/000002 XIV Legislatura).
Enmiendas presentadas
- Grupo Parlamentario Mixto (UPN) – Enmienda 1: propone derogar la Disposición Transitoria 4 de la Constitución, argumentando que mantiene abierta una vía de integración de Navarra en otra comunidad autónoma.
- Grupo Parlamentario Vasco (EAJ‑PNV) – Enmiendas 2‑12: una serie de propuestas que pretenden modificar varios preceptos constitucionales (artículo 2, artículo 8, artículo 56, artículo 117, artículo 149, artículo 155, artículo 161) y añadir disposiciones adicionales sobre derechos forales, juntas arbitrales y autodeterminación vasca.
- Grupo Parlamentario VOX – Enmiendas 13‑16: suprimen la exposición de motivos, el artículo único que recoge la reforma, la disposición adicional y la disposición final, alegando que la reforma es innecesaria, costosa y que el uso de topónimos en lengua regional vulnera la unidad del Estado.
- Grupo Parlamentario Popular (PP) – Enmienda 17: modifica el texto del artículo único para que la redacción incluya a Formentera como “isla o agrupación” dentro de la lista de circunscripciones, sin cambiar el número de senadores asignados.
Decisiones de la Mesa del Congreso (24 marzo 2026)
- Inadmitidas: la enmienda 1 de UPN y las enmiendas 6‑12 del PNV (por exceder el objeto de la iniciativa o requerir el procedimiento agravado de reforma constitucional).
- Inadmitidas también: enmiendas 2‑3 del PNV (modificaciones al título preliminar) y la enmienda 4 del PNV (cambio en el título II).
- Admitidas a trámite: enmiendas 13‑16 de VOX y la enmienda 17 del PP, que serán debatidas en el Pleno según el artículo 150 del Reglamento.
Estado de la iniciativa: la proposición de reforma sigue en fase de tramitación parlamentaria. Tras la resolución de la Mesa, sólo las enmiendas de VOX y del PP pasarán a la deliberación del Pleno; el resto ha sido descartado por falta de legitimación o por requerir un procedimiento de reforma constitucional más complejo. La reforma final aún no ha sido votada.
Publicaciones del 1/4/2026
Aprobación por el Pleno
BOCG
Aprobación por el Pleno
BOCGVer boletín original Núm. B-6-6 de 01/04/2026 Contenido generado por IA
Resultado iniciativa: Aprobación por el Pleno
Publicaciones del 8/4/2026
Senado - Pleno - Acuerdo de tramitación directa y en lectura única
Diario de sesiones
Ver diario original DS. Senado Núm.120 de 08/04/2026
Senado - Pleno - Acuerdo de tramitación directa y en lectura única
Diario de sesionesEl documento es demasiado extenso para ser procesado automáticamente, el resumen se generará próximamente.
Publicaciones del 10/4/2026
Texto remitido por el Congreso de los Diputados
BOCG
Texto remitido por el Congreso de los Diputados
BOCGVer boletín original BOCG. Senado Núm. 395_3388 (Apartado I) de 10/04/2026 Contenido generado por IA
Resumen del texto aprobado por el Congreso y remitido al Senado para su tramitación:
- Propone reformar el apartado 3 del artículo 69 de la Constitución para que la isla de Formenta elija un senador propio, separándola de la circunscripción conjunta con Ibiza.
- La iniciativa surge de la evolución histórica de Formenta, que pasó de estar administrada por Ibiza a contar con su propio Consejo Insular desde 2007, consolidando una identidad propia.
- Diversas resoluciones unánimes de los ayuntamientos, del Consejo Insular y del Parlamento de las Illes Balears, desde 2004 hasta 2017, han solicitado la modificación constitucional para que Formenta tenga representación senatorial independiente.
- El texto propuesto establece que cada isla con Cabildo o Consejo Insular será una circunscripción senatorial; las islas mayores (Gran Canaria, Mallorca y Tenerife) tendrán tres senadores y cada una de las demás islas, incluida Formenta, uno.
- La reforma entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado y será efectiva a partir de las primeras elecciones al Senado que se celebren después de su entrada en vigor.
Acuerdo de tramitación directa y en lectura única
BOCG
Acuerdo de tramitación directa y en lectura única
BOCGVer boletín original BOCG. Senado Núm. 395_3394 (Apartado IV) de 10/04/2026 Contenido generado por IA
No se ha encontrado la referencia a la iniciativa 101/000002 en el documento, por lo que no se ha podido analizar.
Publicaciones del 22/4/2026
Senado - Pleno
Diario de sesiones
Senado - Pleno
Diario de sesionesVer diario original DS. Senado Núm.122 de 22/04/2026 Contenido generado por IA
Tipo de documento: Reforma constitucional – lectura única (proposición de reforma del apartado 3 del artículo 69 de la Constitución Española).
Resumen del debate sobre la reforma (Formentera con senador propio)
| Grupo / Intervención | Argumentos a favor | Argumentos en contra / matices |
|---|---|---|
| Izquierda Confederal (Grupo Parlamentario Mixto, Eivissa i Formentera al Senat, Compromís, etc.) | – Formentera ya tiene su propio Consell Insular y, según el artículo 69.3, cada isla o agrupación insular con consejo propio constituye circunscripción senatorial. – La actual circunscripción “Ibiza‑Formentera” crea una desigualdad: 11 500 habitantes de Formentera comparten un senador con 161 000 de Ibiza. – La reforma corrige una “anomalía institucional” y garantiza la igualdad de representación territorial. – Se basa en un amplio consenso político en Baleares (acuerdos del Consell, del Govern y del Parlament balear). |
– Señalan que la reforma no soluciona problemas concretos de vivienda, conectividad o sanidad; solo aumenta la representación formal. |
| Grupo Parlamentario Vasco (EAJ‑PNV) | – Reconoce que Formentera cumple los requisitos constitucionales (consell propio, población y autonomía institucional). – La medida es una cuestión de justicia y de coherencia con el propio texto constitucional. |
– No se expresan objeciones sustanciales. |
| Grupo Plural (Junts per Catalunya‑Coalición Canaria‑Agrupación Herreña‑Bloque Nacionalista Galego) | – Apoya la corrección de la “discriminación” institucional y la defensa de la representación territorial. | – No se presentan argumentos contrarios. |
| Vox | – No se detallan argumentos específicos en el texto, pero su intervención se centró en criticar la “catalanofobia” del PP y en defender la pluralidad lingüística. | – Se muestra escéptico respecto a la reforma, considerándola innecesaria y potencialmente fragmentadora. |
| Partido Popular | – No se recogen intervenciones a favor; el debate muestra que algunos senadores del PP participaron en la discusión, pero no se citan argumentos de apoyo. | – Se menciona que el PP ha usado enmiendas para “bloquear” la reforma y que su postura fue de resistencia, aunque finalmente el voto fue mayoritariamente a favor. |
| Otros grupos (Socialista, Izquierdas por la Independencia, etc.) | – En general, apoyan la reforma como una cuestión de igualdad y de respeto a la institucionalidad insular. | – Algunos señalan que la reforma es “simbólica” y que los problemas reales de la isla deben resolverse con políticas públicas, no con cambios constitucionales. |
Resultado de la votación
- Votos emitidos: 260
- A favor: 258
- En contra: 2
La reforma fue aprobada con una mayoría abrumadora (más del 99 % de los senadores presentes). Según el Reglamento del Senado, al superar los 160 votos necesarios (tres quintos de 266 senadores), la proposición quedó definitivamente aprobada por las Cortes Generales.
Conclusiones clave
- Mayoría de apoyo: prácticamente todos los grupos parlamentarios (Izquierda Confederal, Vasco, Plural, Socialista y la mayoría del PP) votaron a favor; solo dos senadores se opusieron.
- Motivo principal del apoyo: corregir una desigualdad institucional y alinear la Constitución con la realidad administrativa de Formentera (consell propio, población y autonomía).
- Críticas principales: la reforma es percibida como un ajuste formal que no aborda los problemas materiales de la isla (vivienda, servicios, conectividad) y, para algunos, podría abrir la puerta a más fragmentaciones territoriales.
- Aspectos lingüísticos y políticos: algunos senadores (especialmente de Vox) señalaron la cuestión del uso del nombre oficial “Eivissa” y la defensa de la lengua catalana como parte del debate, aunque no impidieron la aprobación.
- Procedimiento posterior: se abrió un plazo de 15 días para que una décima parte de los senadores pudiera solicitar un referéndum de ratificación, tal como establece la Constitución.
En resumen, la reforma constitucional que otorga a Formentera un senador propio fue aprobada con una mayoría casi unánime, sustentada en argumentos de igualdad y coherencia institucional, mientras que las objeciones se centraron en su carácter simbólico y en posibles efectos fragmentarios.
Publicaciones del 23/4/2026
Apertura del plazo previsto en el artículo 167 de la Constitución Española.
BOCG
Apertura del plazo previsto en el artículo 167 de la Constitución Española.
BOCGVer boletín original Núm. B-6-7 de 23/04/2026 Contenido generado por IA
El Pleno del Congreso aprobó el 26 marzo 2026 y el Pleno del Senado el 22 abril 2026 una proposición de reforma constitucional que modifica el apartado 3 del artículo 69 para que la isla de Formentera elija un senador propio. Ambas cámaras alcanzaron la mayoría de tres quintos exigida por el artículo 167.
Con esa aprobación, la Presidencia del Congreso anuncia la apertura del plazo de quince días previsto en el artículo 167, que finaliza el 12 de mayo 2026. Durante ese período, una décima parte de los miembros de la Cámara puede solicitar que la reforma sea sometida a referéndum para su ratificación.
En este momento la iniciativa está en la fase de posible referéndum; si no se solicita, la reforma seguirá su tramitación constitucional para su promulgación.
Aprobación por el Senado
BOCG
Aprobación por el Senado
BOCGVer boletín original BOCG. Senado Núm. 402_3420 (Apartado I) de 23/04/2026 Contenido generado por IA
El Senado ha aprobado la proposición de reforma del apartado 3 del artículo 69 de la Constitución Española, cuyo objetivo es que la isla de Formentera pueda elegir un senador propio, en lugar de estar representada dentro de la circunscripción balear. Con esta votación el texto avanza a la siguiente fase legislativa: será remitido al Congreso de los Diputados para su examen y eventual aprobación, y, de ser necesario, se seguirá el procedimiento constitucional que incluye la posible convocatoria de referéndum antes de su incorporación al texto constitucional. La aprobación se formalizó en el Palacio del Senado el 22 de abril de 2026.
Apertura del plazo previsto en el artículo 167.3 de la Constitución Española
BOCG
Apertura del plazo previsto en el artículo 167.3 de la Constitución Española
BOCGVer boletín original BOCG. Senado Núm. 402_3421 (Apartado I) de 23/04/2026 Contenido generado por IA
El Pleno del Senado ha aprobado, en su sesión 74 del 22 de abril de 2026, la propuesta de reforma del apartado 3 del artículo 69 de la Constitución para que la isla de Formentera elija un senador propio. La aprobación se obtuvo con la mayoría de tres quintos requerida por el artículo 167 y sin modificar el texto remitido por el Congreso.
Con esa aprobación, la Presidencia del Senado comunica la apertura del plazo de quince días previsto en el artículo 167.3 de la Constitución, que finaliza el 12 de mayo de 2026. Durante ese período, el 10 % de los miembros de la Cámara podrá solicitar que la reforma sea sometida a referéndum para su ratificación.
Estado de la iniciativa: ya aprobada por ambas cámaras; se encuentra en la fase de posible referéndum antes de su promulgación definitiva.
Publicaciones del 14/5/2026
No solicitud de referéndum para la ratificación
BOCG
No solicitud de referéndum para la ratificación
BOCGVer boletín original BOCG. Senado Núm. 411_3518 (Apartado I) de 14/05/2026 Contenido generado por IA
Se comunica, mediante publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, que no se presentará ninguna solicitud de referéndum para la ratificación del asunto tratado. El documento, identificado con el número 600/000002 y la referencia del Congreso de los Diputados (Serie B, Num. 6, Núm. exp. 101/000002), se publica para conocimiento general y lleva la firma de la Letrada Mayor del Senado, Sara Sieira Mucientes. No constituye una iniciativa legislativa ni un acuerdo parlamentario; es simplemente una notificación informativa sin que se indique una fase de tramitación adicional.
Publicaciones del 19/5/2026
Aprobación definitiva
BOCG
Aprobación definitiva
BOCGVer boletín original Núm. B-6-8 de 19/05/2026 Contenido generado por IA
El Congreso y el Senado han aprobado definitivamente la reforma constitucional que modifica el apartado 3 del artículo 69 de la Constitución para que la isla de Formentera elija un senador propio. La iniciativa, presentada como proposición de reforma, obtuvo la mayoría de tres quintos requerida en ambas cámaras (Congreso el 26 de marzo de 2026 y Senado el 22 de abril de 2026) y no recibió objeciones que obligaran a un referéndum.
Con la reforma, el texto del artículo 69 3 quedará redactado así: cada isla con Cabildo o Consejo Insular será una circunscripción senatorial; las islas mayores (Gran Canaria, Mallorca y Tenerife) elegirán tres senadores y, entre las islas menores, Ibiza, Formentera, Menorca, Fuerteventura, La Gomera, El Hierro, Lanzarote y La Palma elegirán una cada una.
La medida entra en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado y será efectiva a partir de las primeras elecciones al Senado que se celebren después de esa fecha. En resumen, Formentera pasará de compartir senador con Ibiza a contar con su propio representante en la cámara alta del Parlamento español.
Publicaciones del 20/5/2026
Ver BOE Núm: 123 de 20/05/2026 BOE
Reforma del apartado 3 del artículo 69 de la Constitución Española, a los efectos de que la isla de Formentera elija un senador propio, de 19 de mayo de 2026.