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N° de exp.

Proposición de Ley para establecer una modificación en la Ley de Contrato de Seguro

Número de expendiente
- Ver iniciativa original
Tipo
Iniciativa legislativa popular
Fechas
Presentado el 15/01/2025 , calificado el 29/01/2025
Autor
  • Doña María Dolores López Alarcón
Estado Actual
Junta Electoral Central
Plazos
  • Hasta: 10/01/2026 (14:00) Para presentación de firmas
  • Hasta: 10/04/2026 (18:00) Ampliación del plazo de presentación de firmas
Tramitación seguida por la iniciativa
  • Mesa del Congreso Calificación por Mesa sin reunión desde 29/01/2025 hasta 29/01/2025
  • Senado desde 29/01/2025 hasta 18/02/2025
  • Junta Electoral Central desde 18/02/2025 hasta 28/04/2026
  • Concluido - (Caducado) desde 28/04/2026 hasta 04/05/2026
Fecha de actualización
4/5/2026

Resumen

Contenido IA

1. ¿De qué trata la iniciativa?
Se trata de una iniciativa legislativa popular presentada por María Dolores López Alarcón que propone modificar la Ley de Contrato de Seguro.

2. ¿Qué ha ocurrido en su trámite?

  • 21 de febrero de 2025: La Mesa del Congreso admite a trámite la iniciativa, la comunica a la Comisión Promotora, a la Junta Electoral Central y al Senado, y ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.
  • 12 de diciembre de 2025: La Mesa prorroga, por tres meses, el plazo para la recogida de firmas, fijando como nueva fecha límite el 10 de abril de 2026.
  • 28 de abril de 2026 (publicado 4 de mayo de 2026): La Mesa declara la caducidad de la iniciativa porque no se alcanzó el mínimo de 500 000 firmas válidas exigido por la Constitución y la Ley Orgánica correspondiente. La iniciativa queda archivada.

3. ¿Qué apoyos y rechazos recibió?
No se registraron votaciones de partidos o grupos parlamentarios sobre el contenido de la propuesta. Las decisiones fueron adoptadas por la Mesa del Congreso en sus acuerdos de admisión, prórroga y caducidad.

4. ¿En qué estado está la iniciativa actualmente?
La iniciativa está archivada y caducada, sin posibilidad de continuar su tramitación.

5. ¿Qué importancia tiene este resultado dentro del proceso legislativo?
Al no alcanzar el número de firmas requerido, la iniciativa popular no avanza a la fase de debate parlamentario ni a la posible aprobación como ley. Su caducidad implica que el proyecto de modificación de la Ley de Contrato de Seguro queda descartado y no seguirá ningún paso legislativo adicional.

Documentos

Publicaciones del 21/2/2025

Trámite inicial

BOCG

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La Mesa del Congreso ha admitido a trámite la iniciativa legislativa popular presentada por María Dolores López Alarcón, que propone una modificación de la Ley de Contrato de Seguro. Con el acuerdo, el escrito se comunica a la Comisión Promotora, a la Junta Electoral Central y al Senado, y se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales. La iniciativa pasa ahora a la fase de estudio por la comisión correspondiente, iniciando así su proceso legislativo. (Corrección de publicación: el ejemplar anterior del BOCG‑15‑D‑287‑C1 queda sustituido por el presente, BOCG‑15‑D‑287‑C2).

Publicaciones del 12/12/2025

Prórroga del plazo para la recogida de firmas

BOCG

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Acuerdo de la Mesa del Congreso (9 de diciembre de 2025) que prorroga, por tres meses, el plazo para la recogida de firmas de la iniciativa legislativa popular presentada por María Dolores López Alarcón, que propone modificar la Ley de Contrato de Seguro. El nuevo límite para completar la fase de recogida de firmas es el 10 de abril de 2026. El acuerdo dispone que se notifique a la Comisión Promotora y a la Junta Electoral Central y que se publique en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, conforme al artículo 97 del Reglamento de la Cámara. La iniciativa sigue en la fase de recaudación de firmas, ahora con el plazo ampliado.

Publicaciones del 4/5/2026

Caducidad de la iniciativa

BOCG

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Se trata de la declaración de caducidad de la iniciativa legislativa popular 120/000019, una proposición de ley que pretendía modificar la Ley de Contrato de Seguro. La Mesa del Congreso, en su reunión del 28 de abril de 2026, acordó comunicar que la iniciativa no alcanzó el mínimo de 500 000 firmas válidas exigido por el artículo 87.3 de la Constitución y el artículo 3 de la Ley Orgánica 3/1984. Por tanto, se declara su caducidad por haber vencido el plazo de recogida de firmas establecido en el artículo 7.3 de dicha ley. El acuerdo se notifica a la Comisión promotora y a la Junta Electoral Central y se publica en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, quedando la iniciativa oficialmente archivada y sin posibilidad de seguir su tramitación.