Proposición de Ley Orgánica de modificación del artículo 379.1 del Código Penal, sobre conducción a velocidad superior a la permitida reglamentariamente
- Número de expendiente
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- Ver iniciativa original - Tipo
- Proposición de ley de Grupos Parlamentarios del Congreso
- Fechas
- Presentado el 17/02/2026 , calificado el 24/02/2026
- Autor
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- Grupo Parlamentario Socialista
- Estado Actual
- Gobierno Contestación
- Plazos
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- Hasta: 07/04/2026 (18:00) Criterio del Gobierno sobre Proposición de Ley
- Tramitación seguida por la iniciativa
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- Boletín Oficial de las Cortes Generales Publicación desde 24/02/2026 hasta 27/02/2026
- Gobierno Contestación desde 27/02/2026
- Fecha de actualización
- 27/2/2026
Resumen
Contenido generado por IA
1. ¿De qué trata la iniciativa?
La proposición de Ley Orgánica propone modificar el artículo 379.1 del Código Penal para que la conducción a velocidad superior a los límites establecidos sea considerada delito cuando se superen > 50 km/h en entornos urbanos y > 70 km/h en vías interurbanas. La norma introduce penas de prisión de 3 a 6 meses, multas equivalentes a 6‑12 meses de salario, trabajos comunitarios de 31‑90 días y suspensión de la licencia de conducir entre 1 y 4 años, con el objetivo de reducir los siniestros mortales vinculados a la velocidad.
2. ¿Qué ha ocurrido en su trámite?
- 27 de febrero de 2026: Publicación del resumen de la iniciativa en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.
- Hasta la fecha no se registran debates, enmiendas, informes de comisiones ni votaciones; la proposición se encuentra en la fase inicial de tramitación tras su presentación.
3. ¿Qué apoyos y rechazos recibió?
No existen datos de votaciones, mayorías, abstenciones ni posicionamientos de partidos o grupos parlamentarios en los documentos proporcionados.
4. ¿En qué estado está la iniciativa actualmente?
La proposición está en trámite: ha sido presentada y publicada, pero aún no ha sido debatida ni votada en el Congreso.
5. ¿Qué importancia tiene este resultado dentro del proceso legislativo?
Si la iniciativa supera las etapas de debate, enmienda y votación en el Congreso y, posteriormente, en el Senado, y recibe la aprobación definitiva, se convertirá en Ley Orgánica que modificará el Código Penal. En ese caso, los nuevos límites de velocidad y las sanciones previstas entrarían en vigor dos meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, afectando directamente la normativa penal de tráfico. Mientras tanto, la iniciativa sigue su curso legislativo sin haber generado efectos legales.
Documentos
Publicaciones del 27/2/2026
Iniciativa
BOCG
Iniciativa
BOCGVer boletín original Núm. B-307-1 de 27/02/2026 Contenido generado por IA
La presente Proposición de Ley Orgánica modifica el artículo 379.1 del Código Penal para reducir los límites de velocidad que constituyen delito a >50 km/h en entornos urbanos y >70 km/h en vías interurbanas. Se establecen penas de prisión (3‑6 meses), multas (6‑12 meses), trabajos comunitarios (31‑90 días) y suspensión de la licencia (1‑4 años). La iniciativa busca alinearse con la evidencia científica, las recomendaciones de la OMS/ONU y la política de la UE, con el objetivo de disminuir los siniestros mortales vinculados a la velocidad. La norma entrará en vigor dos meses después de su publicación en el BOE.