Proposición de Ley sobre control y regulación de la publicidad y contratación de los pisos turísticos
- Número de expendiente
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- Ver iniciativa original - Tipo
- Proposición de ley de Grupos Parlamentarios del Congreso
- Fechas
- Presentado el 18/07/2025 , calificado el 22/07/2025
- Autor
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- Grupo Parlamentario Euskal Herria Bildu
- Comisiones
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- Comisión de Vivienda y Agenda Urbana
- Estado Actual
- Comisión de Vivienda y Agenda Urbana Informe
- Plazos
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- Hasta: 04/10/2025 (14:00) Criterio del Gobierno sobre Proposición de Ley
- Hasta: 05/11/2025 (18:00) De enmiendas
- Hasta: 12/11/2025 (18:00) Ampliación de enmiendas
- Hasta: 19/11/2025 (18:00) Ampliación de enmiendas
- Hasta: 26/11/2025 (18:00) Ampliación de enmiendas al articulado
- Hasta: 03/12/2025 (18:00) Ampliación de enmiendas al articulado
- Hasta: 10/12/2025 (18:00) Ampliación de enmiendas al articulado
- Hasta: 17/12/2025 (18:00) Ampliación de enmiendas al articulado
- Hasta: 30/12/2025 (18:00) Ampliación de enmiendas al articulado
- Hasta: 04/02/2026 (18:00) Ampliación de enmiendas al articulado
- Hasta: 11/02/2026 (18:00) Ampliación de enmiendas al articulado
- Hasta: 18/02/2026 (18:00) Ampliación de enmiendas al articulado
- Hasta: 25/02/2026 (18:00) Ampliación de enmiendas al articulado
- Tramitación seguida por la iniciativa
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- Boletín Oficial de las Cortes Generales Publicación desde 22/07/2025 hasta 24/07/2025
- Gobierno Contestación desde 24/07/2025 hasta 24/09/2025
- Pleno Toma en consideración desde 24/09/2025 hasta 07/10/2025
- Mesa del Congreso Acuerdo subsiguiente a la toma en consideración desde 07/10/2025 hasta 14/10/2025
- Comisión de Vivienda y Agenda Urbana Publicación desde 14/10/2025 hasta 17/10/2025
- Comisión de Vivienda y Agenda Urbana Enmiendas desde 17/10/2025 hasta 26/02/2026
- Comisión de Vivienda y Agenda Urbana Informe desde 26/02/2026
- Fecha de actualización
- 4/3/2026
Resumen
Contenido generado por IA
1. ¿De qué trata la iniciativa?
La proposición de ley pretende regular la publicidad y la contratación de los pisos turísticos en plataformas digitales. Establece que las plataformas deben comprobar que los anuncios cuenten con la licencia o registro correspondiente y que el anunciante esté identificado. Los anuncios deben incluir datos como el número de registro, la naturaleza jurídica del anfitrión, el precio total y la duración máxima de la estancia. La norma también crea un régimen sancionador con multas para las plataformas que incumplan y prevé la creación de una unidad especializada que supervise el cumplimiento.
2. ¿Qué ha ocurrido en su trámite?
- 24 jul 2025: Publicación del resumen de la proposición en el Boletín Oficial.
- 7 oct 2025: Debate en el Pleno sobre la toma en consideración. La propuesta fue aprobada para entrar en trámite (176 votos a favor, 169 en contra).
- 14 oct 2025: El Boletín Oficial confirma la toma en consideración.
- 17 oct 2025: Acuerdo que asigna la redacción de la norma a la Comisión de Vivienda y Agenda Urbana y abre un plazo de 15 días hábiles para presentar enmiendas.
- 11 dic 2025: El Pleno avoca el debate, trasladándolo de la comisión al pleno para la votación final. La votación de avocación obtuvo 336 votos a favor y 11 en contra.
- 18 dic 2025: El Boletín Oficial publica la avocación del debate y la votación final, confirmando la aprobación por parte del Pleno.
- 4 mar 2026: Se publican las enmiendas presentadas por varios grupos (Grupo Mixto, Junts per Catalunya, EAJ‑PNV). Las enmiendas modifican ámbitos de aplicación, requisitos de publicación, procedimientos de verificación, plazos de adaptación y competencias de la unidad especializada, entre otros. No se ha comunicado aún la votación de estas enmiendas.
3. ¿Qué apoyos y rechazos recibió?
- Toma en consideración (7 oct 2025): 176 votos a favor, 169 en contra, 0 abstenciones, 5 no votaron.
- Avocación y votación final (11‑18 dic 2025): 336 votos a favor, 11 en contra, 0 abstenciones, 3 no votaron.
Los grupos que votaron a favor incluyeron EH Bildu, Unidas Podemos en Común‑Galicia, EAJ‑PNV, Grupo Mixto, SUMAR, PSOE y otros. Los que votaron en contra fueron principalmente VOX y Junts per Catalunya, aunque este último también presentó una serie de enmiendas que buscan eliminar gran parte del contenido de la propuesta.
4. ¿En qué estado está la iniciativa actualmente?
La proposición ha sido aprobada por el Pleno del Congreso de los Diputados. Actualmente está pendiente de la fase de examen en el Senado y, en caso de que el Senado no introduzca modificaciones, de la promulgación por el Rey y publicación en el Boletín Oficial para su entrada en vigor.
5. ¿Qué importancia tiene este resultado dentro del proceso legislativo?
La aprobación en el Congreso significa que la iniciativa avanza a la siguiente etapa del proceso legislativo: la revisión por el Senado. Si el Senado la aprueba sin cambios, la norma será promulgada y convertida en ley. En caso de que el Senado introduzca enmiendas, el texto volverá al Congreso para una posible nueva votación. Por tanto, la iniciativa ha superado la fase más decisiva del Congreso y está próxima a convertirse en legislación reguladora del sector de los pisos turísticos.
Documentos
Publicaciones del 24/7/2025
Iniciativa
BOCG
Iniciativa
BOCGVer boletín original Núm. B-256-1 de 24/07/2025 Contenido generado por IA
Esta Proposición de Ley busca controlar y regular la publicidad y contratación de pisos turísticos para mitigar la crisis habitacional. Establece que las plataformas de alquiler turístico deberán verificar la existencia de licencias y la identidad de los anfitriones antes de publicar o permitir contratos. Los anuncios deberán mostrar el número de registro y otros datos relevantes, y los contratos deberán ser detallados. Se implementa un procedimiento de verificación y un régimen sancionador con multas significativas para las plataformas infractoras. Una unidad especializada supervisará el cumplimiento. La ley se alinea con normativa europea y estatal existente, buscando garantizar el derecho a la vivienda y la protección del consumidor.
Publicaciones del 7/10/2025
Pleno - Debate de toma en consideración
Diario de sesiones
Pleno - Debate de toma en consideración
Diario de sesionesVer diario original Núm.140 de 07/10/2025 Contenido generado por IA
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Debate de toma en consideración de la Proposición de Ley sobre control y regulación de la publicidad y contratación de los pisos turísticos (Nº expediente 122/000214)
En este debate, se discutió la Proposición de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Euskal Herria Bildu con el objetivo de regular y controlar la publicidad y contratación de pisos turísticos en grandes plataformas digitales.
Argumentos a favor de la toma en consideración:
- Euskal Herria Bildu (EH Bildu): Defendió la iniciativa argumentando que la vivienda es el principal problema social y factor de desigualdad en España. Señaló que la proliferación de pisos turísticos irregulares, que constituyen entre el 40% y el 90% de las ofertas en plataformas digitales, provoca gentrificación, expulsa a los residentes locales y genera un desequilibrio social y ecológico. La proposición busca atajar la impunidad de las plataformas digitales, obligándolas a verificar la legalidad de los anuncios antes de su publicación y estableciendo un régimen sancionador para quienes incumplan. Se basan en normativas europeas y reales decretos recientes.
- Grupo Parlamentario Mixto (representado por Dña. Valido García): Apoyó la admisión a trámite, reconociendo la relevancia del tema. Si bien expresó reservas sobre la duplicidad de órganos y la burocracia, destacó que las comunidades autónomas tienen la competencia y la responsabilidad de regular esta materia, como se está haciendo en Canarias.
- Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos en Común-Galicia en Común (representado por D. Rego Candamil): Agradeció la iniciativa y votó a favor, señalando que la vivienda es el principal problema en Galicia. Subrayó que los alquileres turísticos han proliferado por una regulación laxa, contribuyendo al aumento de precios y dificultando la emancipación de los jóvenes. Criticó la falta de control de las administraciones y la postura del Gobierno central de no topar precios.
- Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos en Común-Galicia en Común (representado por Dña. Santana Perera): Apoyó la propuesta, considerándola necesaria para poner fin a la especulación y regular la publicidad y contratación de pisos turísticos ilegales. Abogó por sanciones efectivas y un mayor compromiso de las administraciones en las inspecciones.
- Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV) (representado por Dña. Sagastizabal Unzetabarrenetxea): Anunció su voto a favor de la toma en consideración, aunque expresó dudas sobre la oportunidad temporal y las carencias en materia competencial, las cuales su grupo presentaría enmiendas para corregir. Señaló que ya se están tomando medidas a nivel estatal, autonómico y europeo, y que la proposición podría duplicar normativas existentes.
- Grupo Parlamentario Republicano (representado por Dña. Estrems Fayos): Votó a favor, reconociendo el descontrol del mercado de la vivienda y la necesidad de actuar desde todos los frentes. Consideró que la proposición es un paso más para regular la publicidad de pisos turísticos ilegales, que generan un doble problema: destruyen el mercado de la vivienda habitual y perjudican a quienes cumplen la normativa. Destacó que la ley fija condiciones claras para las plataformas digitales y establece un régimen sancionador.
- Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR (representado por D. Martín Urriza): Agradeció la presentación de la proposición, considerándola una puerta a una regulación más ambiciosa. Señaló que la iniciativa facilitará la labor del Ministerio de Consumo y que, aunque pragmática, lo ideal sería prohibir los pisos turísticos en zonas tensionadas. Criticó la especulación y la falta de inversión pública en vivienda.
- Grupo Parlamentario Socialista (representado por D. Blanco Arrué): Valoró positivamente la propuesta y se mostró en sintonía con iniciativas que buscan impedir la expulsión de vecinos por la proliferación de viviendas turísticas. Señaló que el Gobierno ya ha implementado medidas similares y que España es pionera en la regulación de alquileres de corta duración.
Argumentos en contra de la toma en consideración:
- Grupo Parlamentario VOX (representado por D. Hoces Íñiguez): Se opuso firmemente a la proposición, calificándola de "ocurrencia" y una ley "contra la libertad, contra los pisos y contra la propiedad". Argumentó que EH Bildu busca controlar la vida de los españoles e imponer su ideología, y que la ley no solucionará el problema de la vivienda, sino que aumentará la burocracia y atacará la propiedad privada. Señaló que la norma ignora problemas reales como la paralización de la obra pública, el secuestro de suelo, los impuestos abusivos y la inmigración masiva.
- Grupo Parlamentario Junts per Catalunya (representado por Dña. Madrenas i Mir): Expresó dudas sobre la admisión a trámite debido a la invasión competencial que, a su juicio, plantea la proposición. Señaló que Cataluña ya tiene normativa propia en materia de vivienda y turismo, y que la propuesta duplica legislación y invade competencias exclusivas de la Generalitat. Criticó la posibilidad de recentralización que implicaría la creación de una unidad de inspección estatal.
Acuerdo, desacuerdo o matices relevantes:
- Acuerdo general en la necesidad de abordar el problema: Hubo un consenso generalizado entre la mayoría de los grupos en que la proliferación de pisos turísticos y la crisis de la vivienda son problemas reales que requieren atención.
- Desacuerdo en el enfoque y las competencias: El principal punto de fricción radicó en el enfoque de la proposición y, sobre todo, en la cuestión competencial. Grupos como Junts per Catalunya y, en menor medida, el PNV, argumentaron que la proposición invade competencias autonómicas y que la regulación debe recaer en las comunidades autónomas. VOX, por su parte, se opuso radicalmente a la intervención estatal y a las medidas regulatorias propuestas.
- Matices sobre la oportunidad y la eficacia: Algunos grupos, como el PNV y el Grupo Mixto, aunque votaron a favor de la toma en consideración, expresaron dudas sobre la oportunidad temporal de la iniciativa y la posible duplicidad con normativas ya existentes o en tramitación.
- Votación: La proposición de ley fue tomada en consideración por 176 votos a favor frente a 169 en contra.
En resumen, el debate evidenció la preocupación compartida por la crisis de la vivienda y el impacto de los pisos turísticos, pero también las divergencias sobre el papel del Estado frente a las competencias autonómicas y las diferentes visiones ideológicas sobre la intervención en el mercado inmobiliario.
Votación 7/10/2025
Votación Proposición de Ley del Grupo Parlamentario Euskal Herria Bildu, sobre control y regulación de la publicidad y contratación de los pisos turísticos.
Ver votaciones en la web del congreso (7/10/2025)
Votación 7/10/2025
VotaciónProposición de Ley del Grupo Parlamentario Euskal Herria Bildu, sobre control y regulación de la publicidad y contratación de los pisos turísticos.
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Publicaciones del 14/10/2025
Toma en consideración
BOCG
Toma en consideración
BOCGVer boletín original Núm. B-256-2 de 14/10/2025 Contenido generado por IA
La Proposición de Ley sobre control y regulación de la publicidad y contratación de los pisos turísticos ha sido admitida a trámite, siendo el Grupo Parlamentario Euskal Herria Bildu su autor.
Publicaciones del 17/10/2025
Acuerdo subsiguiente a la toma en consideración
BOCG
Acuerdo subsiguiente a la toma en consideración
BOCGVer boletín original Núm. B-256-3 de 17/10/2025 Contenido generado por IA
Se ha decidido que la Comisión de Vivienda y Agenda Urbana se encargará de redactar la ley sobre pisos turísticos, teniendo plenas facultades para aprobarla. Además, se abre un plazo de quince días hábiles para que los diputados y grupos parlamentarios puedan presentar propuestas de modificación a la ley.
Publicaciones del 11/12/2025
Pleno - Avocación por el Pleno
Diario de sesiones
Ver diario original Núm.159 de 11/12/2025
Pleno - Avocación por el Pleno
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Votación 11/12/2025
Votación Votación de la solicitud de avocación por el Pleno de la Cámara de la deliberación y votación final de la Proposición de Ley sobre control y regulación de la publicidad y contratación de los pisos turísticos, presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
Ver votaciones en la web del congreso (11/12/2025)
Votación 11/12/2025
VotaciónVotación de la solicitud de avocación por el Pleno de la Cámara de la deliberación y votación final de la Proposición de Ley sobre control y regulación de la publicidad y contratación de los pisos turísticos, presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
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Publicaciones del 18/12/2025
Avocación del debate y votación
BOCG
Avocación del debate y votación
BOCGVer boletín original Núm. B-256-4 de 18/12/2025 Contenido generado por IA
El Pleno avocó al debate y votación final de la Proposición de Ley 122/000214 sobre control y regulación de la publicidad y contratación de los pisos turísticos; antes la gestionaba la Comisión de Vivienda y Agenda Urbana.
Publicaciones del 4/3/2026
Enmiendas e índice de enmiendas al articulado
BOCG
Enmiendas e índice de enmiendas al articulado
BOCGVer boletín original Núm. B-256-5 de 04/03/2026 Contenido generado por IA
Enmienda de Grupo Parlamentario Mixto (Cristina Valido García) – Enmienda 1
- Objeto: Ámbito de aplicación (artículo 2).
- Modificación(es):
- Amplía la referencia territorial indicando que la norma se aplicará “sin perjuicio de las competencias que correspondan a las comunidades autónomas y a las entidades locales en materia de turismo, vivienda, ordenación del territorio y disciplina urbanística, así como de sus procedimientos de autorización, registro, inspección y sanción”.
- Efecto: Refuerza el marco competencial, limitando el alcance estatal y evitando conflictos con normativa autonómica, especialmente relevante para Canarias.
Enmienda de Grupo Parlamentario Mixto (Cristina Valido García) – Enmienda 2
- Objeto: Requisitos de publicación (artículo 6).
- Modificación(es):
- Precisa que el número de licencia o registro debe ser “emitido por la administración competente conforme a la normativa aplicable al territorio” y que la mera asignación de un identificador estatal no basta como título habilitante.
- Mantiene la obligación de incluir número de alojamientos y naturaleza jurídica del anfitrión.
- Efecto: Evita que plataformas se basen solo en un identificador estatal, obligándolas a comprobar la licencia autonómica o local correspondiente.
Enmienda de Grupo Parlamentario Mixto (Cristina Valido García) – Enmienda 3
- Objeto: Procedimiento de verificación (artículo 10).
- Modificación(es):
- Prioriza el cotejo con registros autonómicos y locales, garantizando interoperabilidad y contraste prioritario con dichos registros.
- Mantiene las otras vías de verificación (solicitud a la administración y registro único).
- Efecto: Refuerza la coordinación con registros territoriales, asegurando que la verificación estatal no sustituya los sistemas autonómicos.
Enmienda de Grupo Parlamentario Mixto (Cristina Valido García) – Enmienda 4
- Objeto: Creación de artículo 10 bis.
- Modificación(es):
- Introduce la obligación de que la Ventanilla Única Digital y el Registro Único garanticen interoperabilidad técnica con los registros autonómicos y locales, mediante protocolos acordados.
- Efecto: Formaliza la coordinación tecnológica entre el sistema estatal y los registros territoriales, evitando duplicidades.
Enmienda de Grupo Parlamentario Mixto (Cristina Valido García) – Enmienda 5
- Objeto: Disposición transitoria primera.
- Modificación(es):
- Amplía el plazo de adaptación de anuncios y contratos anteriores de 15 días a 3 meses.
- Efecto: Proporciona mayor tiempo a plataformas y anunciantes para cumplir con los nuevos requisitos, reduciendo incertidumbre jurídica.
Enmienda de Grupo Parlamentario Mixto (Cristina Valido García) – Enmienda 6
- Objeto: Desarrollo reglamentario (disposición final cuarta).
- Modificación(es):
- Añade la obligación de consultar a comunidades autónomas y entidades locales antes de desarrollar reglamentariamente los capítulos III y IV.
- Efecto: Introduce cogobernanza en la fase reglamentaria, garantizando que el reglamento respete competencias autonómicas.
Enmienda de Grupo Parlamentario Mixto (Cristina Valido García) – Enmienda 7
- Objeto: Disposición adicional nueva (X).
- Modificación(es):
- Establece la interoperabilidad y coordinación territorial de la Ventanilla Única con registros autonómicos y locales, con especial atención a territorios insulares.
- Efecto: Facilita la aplicación práctica en Canarias y otras islas, asegurando acceso a la información necesaria para la verificación.
Enmienda de Grupo Parlamentario Mixto (Cristina Valido García) – Enmienda 8
- Objeto: Funciones de la unidad especializada (artículo 25).
- Modificación(es):
- Limita expresamente la actuación de la unidad a “identificación, análisis y remisión de información” sin asumir funciones de autorización turística, inspección material, disciplina urbanística ni potestades sancionadoras.
- Efecto: Evita solapamientos con competencias autonómicas y locales, manteniendo la unidad como órgano de apoyo y coordinación.
Enmienda de Grupo Parlamentario Junts per Catalunya – Enmienda 9
- Objeto: Supresión del artículo 1 (objeto de la ley).
- Modificación(es):
- Elimina íntegramente el artículo 1.
- Efecto: Busca eliminar lo que consideran una invasión de competencias de la Generalitat; la supresión deja sin una definición explícita del objeto legislativo.
Enmienda de Grupo Parlamentario Junts per Catalunya – Enmienda 10
- Objeto: Supresión del artículo 2 (ámbito de aplicación).
- Modificación(es):
- Elimina íntegramente el artículo 2.
- Efecto: Anula la determinación del ámbito territorial y de sujetos, reforzando la pretensión de que la normativa sea competencia exclusiva catalana.
Enmienda de Grupo Parlamentario Junts per Catalunya – Enmienda 11
- Objeto: Supresión del artículo 3 (definiciones).
- Modificación(es):
- Elimina íntegramente el artículo 3.
- Efecto: Suprime el catálogo de definiciones, lo que genera incertidumbre interpretativa y refuerza la idea de que la normativa autonómica debe prevalecer.
Enmienda de Grupo Parlamentario Junts per Catalunya – Enmienda 12
- Objeto: Supresión del artículo 4 (criterios generales).
- Modificación(es):
- Elimina íntegramente el artículo 4.
- Efecto: Elimina los requisitos de actuación de las plataformas, delegando todo a la normativa autonómica.
Enmienda de Grupo Parlamentario Junts per Catalunya – Enmienda 13
- Objeto: Supresión del artículo 5 (obligaciones de publicación).
- Modificación(es):
- Elimina íntegramente el artículo 5.
- Efecto: Suprime la obligación estatal de que las plataformas garanticen el cumplimiento de la normativa.
Enmienda de Grupo Parlamentario Junts per Catalunya – Enmienda 14
- Objeto: Supresión del artículo 6 (requisitos de publicación).
- Modificación(es):
- Elimina íntegramente el artículo 6.
- Efecto: Elimina los requisitos de información que deben aparecer en los anuncios.
Enmienda de Grupo Parlamentario Junts per Catalunya – Enmienda 15
- Objeto: Supresión del artículo 7 (obligaciones de contratación).
- Modificación(es):
- Elimina íntegramente el artículo 7.
- Efecto: Suprime la obligación estatal de que las plataformas verifiquen el cumplimiento antes de la contratación.
Enmienda de Grupo Parlamentario Junts per Catalunya – Enmienda 16
- Objeto: Supresión del artículo 8 (requisitos de contratación).
- Modificación(es):
- Elimina íntegramente el artículo 8.
- Efecto: Elimina los requisitos contractuales que deben constar en los contratos de alquiler.
Enmienda de Grupo Parlamentario Junts per Catalunya – Enmienda 17
- Objeto: Supresión del artículo 9 (verificación).
- Modificación(es):
- Elimina íntegramente el artículo 9.
- Efecto: Suprime la obligación de que las plataformas verifiquen licencias y datos de los anfitriones.
Enmienda de Grupo Parlamentario Junts per Catalunya – Enmienda 18
- Objeto: Supresión del artículo 10 (procedimiento de verificación).
- Modificación(es):
- Elimina íntegramente el artículo 10.
- Efecto: Elimina el procedimiento detallado para la verificación.
Enmienda de Grupo Parlamentario Junts per Catalunya – Enmienda 19
- Objeto: Supresión del artículo 11 (imposibilidad de publicación y contratación).
- Modificación(es):
- Elimina íntegramente el artículo 11.
- Efecto: Quita la consecuencia de la falta de verificación, permitiendo la publicación y contratación aun sin cumplimiento.
Enmienda de Grupo Parlamentario Junts per Catalunya – Enmienda 20
- Objeto: Supresión del artículo 12 (régimen jurídico).
- Modificación(es):
- Elimina íntegramente el artículo 12.
- Efecto: Suprime la referencia al marco jurídico aplicable a la potestad sancionadora.
Enmienda de Grupo Parlamentario Junts per Catalunya – Enmienda 21
- Objeto: Supresión del artículo 13 (autoridad competente).
- Modificación(es):
- Elimina íntegramente el artículo 13.
- Efecto: Elimina la designación de la autoridad estatal competente.
Enmienda de Grupo Parlamentario Junts per Catalunya – Enmienda 22
- Objeto: Supresión del artículo 14 (autoridad sancionadora).
- Modificación(es):
- Elimina íntegramente el artículo 14.
- Efecto: Quita la referencia a la autoridad que ejercerá la sanción.
Enmienda de Grupo Parlamentario Junts per Catalunya – Enmienda 23
- Objeto: Supresión del artículo 15 (sujetos responsables).
- Modificación(es):
- Elimina íntegramente el artículo 15.
- Efecto: Suprime la responsabilidad de las plataformas y de los anfitriones.
Enmienda de Grupo Parlamentario Junts per Catalunya – Enmienda 24
- Objeto: Supresión del artículo 16 (responsabilidad de las empresas).
- Modificación(es):
- Elimina íntegramente el artículo 16.
- Efecto: Elimina la responsabilidad directa de las plataformas.
Enmienda de Grupo Parlamentario Junts per Catalunya – Enmienda 25
- Objeto: Supresión del artículo 17 (infracciones muy graves).
- Modificación(es):
- Elimina íntegramente el artículo 17.
- Efecto: Suprime la tipificación de infracciones muy graves.
Enmienda de Grupo Parlamentario Junts per Catalunya – Enmienda 26
- Objeto: Supresión del artículo 18 (infracciones graves).
- Modificación(es):
- Elimina íntegramente el artículo 18.
- Efecto: Suprime la tipificación de infracciones graves.
Enmienda de Grupo Parlamentario Junts per Catalunya – Enmienda 27
- Objeto: Supresión del artículo 19 (infracciones leves).
- Modificación(es):
- Elimina íntegramente el artículo 19.
- Efecto: Suprime la tipificación de infracciones leves.
Enmienda de Grupo Parlamentario Junts per Catalunya – Enmienda 28
- Objeto: Supresión del artículo 20 (clasificación de sanciones).
- Modificación(es):
- Elimina íntegramente el artículo 20.
- Efecto: Quita el esquema de sanciones.
Enmienda de Grupo Parlamentario Junts per Catalunya – Enmienda 29
- Objeto: Supresión del artículo 21 (graduación de sanciones).
- Modificación(es):
- Elimina íntegramente el artículo 21.
- Efecto: Elimina la graduación de sanciones.
Enmienda de Grupo Parlamentario Junts per Catalunya – Enmienda 30
- Objeto: Supresión del artículo 22 (efectos de reincidencia).
- Modificación(es):
- Elimina íntegramente el artículo 22.
- Efecto: Suprime la posibilidad de suspensión por reincidencia.
Enmienda de Grupo Parlamentario Junts per Catalunya – Enmienda 31
- Objeto: Supresión del artículo 23 (efectos de la resolución).
- Modificación(es):
- Elimina íntegramente el artículo 23.
- Efecto: Quita la referencia al recurso de la resolución.
Enmienda de Grupo Parlamentario Junts per Catalunya – Enmienda 32
- Objeto: Supresión del artículo 24 (prescripción).
- Modificación(es):
- Elimina íntegramente el artículo 24.
- Efecto: Suprime el plazo de prescripción de las sanciones.
Enmienda de Grupo Parlamentario Junts per Catalunya – Enmienda 33
- Objeto: Supresión del artículo 25 (unidad especializada).
- Modificación(es):
- Elimina íntegramente el artículo 25.
- Efecto: Anula la creación de la unidad de inspección y control.
Enmienda de Grupo Parlamentario Junts per Catalunya – Enmienda 34
- Objeto: Supresión de la disposición final 1ª (título competencial).
- Modificación(es):
- Elimina íntegramente la disposición.
- Efecto: Elimina la referencia genérica al respeto de competencias autonómicas.
Enmienda de Grupo Parlamentario Junts per Catalunya – Enmienda 35
- Objeto: Supresión de la disposición final 2ª (marco normativo).
- Modificación(es):
- Elimina íntegramente la disposición.
- Efecto: Quita la mención al marco normativo europeo y estatal.
Enmienda de Grupo Parlamentario Junts per Catalunya – Enmienda 36
- Objeto: Supresión de la disposición final 3ª (habilitación normativa).
- Modificación(es):
- Elimina íntegramente la disposición.
- Efecto: Suprime la facultad de dictar reglamentación.
Enmienda de Grupo Parlamentario Vasco (EAJ‑PNV) – Enmienda 37
- Objeto: Requisitos de publicación (artículo 6).
- Modificación(es):
- Añade la obligación de incluir el precio total con desglose y la duración máxima de la estancia.
- Mantiene número de licencia/registro, número total de inmuebles y naturaleza jurídica del anfitrión.
- Efecto: Refuerza la transparencia para el consumidor, alineando los requisitos con las infracciones graves previstas en la ley.
Enmienda de Grupo Parlamentario Vasco (EAJ‑PNV) – Enmienda 38
- Objeto: Artículo 6 (continuación).
- Modificación(es):
- Introduce la figura del gestor o intermediario: cuando el anuncio sea realizado por un gestor, deben constar sus datos y la autorización del titular de la licencia. La plataforma debe verificar dicha autorización.
- Efecto: Amplía la trazabilidad y evita que gestores publiquen sin la correspondiente autorización del propietario.
Enmienda de Grupo Parlamentario Vasco (EAJ‑PNV) – Enmienda 39
- Objeto: Sujetos responsables (artículo 15).
- Modificación(es):
- Amplía la responsabilidad a los anfitriones que incurran en infracciones bajo normativa turística autonómica