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N° de exp.

Proposición de Ley para el impulso de la inclusión laboral de las personas con discapacidad a través de la cuota de reserva de empleo en las empresas

Número de expendiente
- Ver iniciativa original
Tipo
Proposición de ley de Grupos Parlamentarios del Congreso
Fechas
Presentado el 23/07/2025 , calificado el 26/08/2025
Autor
  • Grupo Parlamentario Socialista
Comisiones
  • Comisión de Trabajo, Eco. Social, Inclusión, S.Social y Migraciones
Estado Actual
Senado
Ponentes
  • Aizcorbe Torra, Juan José
  • Cercas Mena, Blanca
  • Cervera Pinart, Josep Maria
  • García Gomis, David
  • Garrido Jiménez, Elisa
  • Moneo Díez, María Sandra
  • Pozueta Fernández, Isabel
  • Prieto Serrano, María Isabel
  • Sáez Cruz, Emilio
  • Sagastizabal Unzetabarrenetxea, Idoia
  • Salvador i Duch, Jordi
  • Tomás Olivares, Violante
  • Valido García, Cristina
  • Vidal Matas, Vicenç
  • Vidal Sáez, Aina
Plazos
  • Hasta: 04/10/2025 (14:00) Criterio del Gobierno sobre Proposición de Ley
  • Hasta: 07/10/2025 (18:00) De enmiendas
  • Hasta: 08/10/2025 (18:00) Ampliación de enmiendas
  • Hasta: 15/10/2025 (18:00) Ampliación de enmiendas
  • Hasta: 22/10/2025 (18:00) Ampliación de enmiendas
  • Hasta: 29/10/2025 (18:00) Ampliación de enmiendas
  • Hasta: 05/11/2025 (18:00) Ampliación de enmiendas
  • Hasta: 12/11/2025 (18:00) Ampliación de enmiendas
  • Hasta: 19/11/2025 (18:00) Ampliación de enmiendas
  • Hasta: 26/11/2025 (18:00) Ampliación de enmiendas
  • Hasta: 03/12/2025 (18:00) Ampliación de enmiendas
  • Hasta: 10/12/2025 (18:00) Ampliación de enmiendas
  • Hasta: 17/12/2025 (18:00) Ampliación de enmiendas
  • Hasta: 30/12/2025 (18:00) Ampliación de enmiendas
  • Hasta: 04/02/2026 (18:00) Ampliación de enmiendas
  • Hasta: 11/02/2026 (18:00) Ampliación de enmiendas al articulado
  • Hasta: 18/02/2026 (18:00) Ampliación de enmiendas al articulado
Tramitación seguida por la iniciativa
  • Mesa del Congreso Calificación por Mesa sin reunión desde 26/08/2025 hasta 26/08/2025
  • Boletín Oficial de las Cortes Generales Publicación desde 26/08/2025 hasta 29/08/2025
  • Gobierno Contestación desde 29/08/2025 hasta 01/09/2025
  • Pleno Toma en consideración desde 01/09/2025 hasta 09/09/2025
  • Mesa del Congreso Acuerdo subsiguiente a la toma en consideración desde 09/09/2025 hasta 16/09/2025
  • Comisión de Trabajo, Eco. Social, Inclusión, S.Social y Migraciones Publicación desde 16/09/2025 hasta 19/09/2025
  • Comisión de Trabajo, Eco. Social, Inclusión, S.Social y Migraciones Enmiendas desde 19/09/2025 hasta 19/02/2026
  • Comisión de Trabajo, Eco. Social, Inclusión, S.Social y Migraciones Informe desde 19/02/2026 hasta 14/07/2026
  • Comisión de Trabajo, Eco. Social, Inclusión, S.Social y Migraciones Aprobación con competencia legislativa plena desde 14/07/2026 hasta 23/07/2026
  • Senado desde 23/07/2026
Fecha de actualización
30/7/2026

Resumen

Contenido IA

1. ¿De qué trata la iniciativa?
La proposición de ley 122/000215, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, busca reforzar la cuota de reserva de empleo para personas con discapacidad (actualmente 2 % en empresas de ≥ 50 trabajadores). Propone elevar la infracción por incumplimiento de “grave” a “muy grave”, excluir a las empresas sancionadas del acceso a subvenciones públicas y establecer campañas de difusión e inspección para garantizar el cumplimiento.

2. ¿Qué ha ocurrido en su trámite?

  • 29 ago 2025: Publicación del resumen de la proposición en el Boletín Oficial.
  • 9 sep 2025: Debate de toma en consideración en el Pleno; la mayoría de los grupos parlamentarios apoyó la iniciativa, aunque con matices sobre la combinación de sanciones e incentivos.
  • 9 sep 2025: Votación de toma en consideración – aprobada con 313 votos a favor, 33 en contra y 0 abstenciones.
  • 15 sep 2025: La proposición es admitida a trámite.
  • 19 sep 2025: Se asigna a la Comisión de Trabajo, Economía Social, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones la redacción del texto definitivo y se abre un plazo de 15 días para presentar enmiendas.
  • Feb 2026 – Jul 2026: Se presentan numerosas enmiendas (Grupo Mixto, Grupo Vasco, SUMAR, Junts per Catalunya, etc.). Algunas son transaccionales, otras sustantivas; la mayoría son rechazadas, pero se aprueban varias, entre ellas la enmienda 25 de Junts (20‑17) y la transaccional 10 (unánime).
  • 23 jul 2026: La Comisión ratifica la ponencia y aprueba el dictamen con competencia legislativa plena. En la votación final de la comisión el texto, incluyendo las enmiendas aprobadas, obtuvo 20 votos a favor, 3 en contra y 14 abstenciones.
  • 28 jul 2026: El texto aprobado por la Comisión es remitido al Senado para su tramitación.

3. ¿Qué apoyos y rechazos recibió?

  • En la votación de toma en consideración (9 sep 2025) la iniciativa contó con 313 votos a favor y 33 en contra.
  • En la votación de la Comisión (23 jul 2026) el texto final recibió 20 votos a favor, 3 en contra y 14 abstenciones.
  • Los grupos que votaron mayoritariamente a favor fueron el PSOE, PNV, Bildu, Republicà, SUMAR y varios grupos regionales. Los que se opusieron o se abstuvieron incluyeron a VOX (voto en contra), PP (abstención) y Junts per Catalunya (abstención en la votación de la comisión).

4. ¿En qué estado está la iniciativa actualmente?
La proposición de ley ha sido aprobada por la Comisión con competencia legislativa plena y ha sido remitida al Senado para su examen y votación. El plazo para presentar enmiendas y ejercer veto en el Senado finaliza el 11 de septiembre 2026.

5. ¿Qué importancia tiene este resultado dentro del proceso legislativo?
La aprobación por la Comisión y el envío al Senado constituyen la fase final del trámite en el Congreso. Si el Senado aprueba el texto (con o sin modificaciones) y se remite al Rey para su sanción, la propuesta se convertirá en ley. En caso de que el Senado rechace o modifique la iniciativa, el proyecto volverá al Congreso para una posible segunda lectura. Por tanto, la iniciativa está ahora en la última etapa antes de su posible promulgación.

Documentos

Publicaciones del 29/8/2025

Iniciativa

BOCG

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Esta Proposición de Ley busca impulsar la inclusión laboral de personas con discapacidad endureciendo las sanciones por incumplimiento de la cuota de reserva de empleo. Propone calificar dicho incumplimiento como infracción 'muy grave', en lugar de 'grave', y excluir a las empresas sancionadas por esta causa del acceso a subvenciones públicas. Se enfatiza la necesidad de campañas de concienciación y de una actuación intensificada de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para verificar el cumplimiento de la normativa. El objetivo es garantizar el derecho al trabajo en igualdad de condiciones, alineándose con la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la reforma del artículo 49 de la Constitución Española.

Publicaciones del 9/9/2025

Pleno - Debate de toma en consideración

Diario de sesiones

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Aviso: El documento oficial es excesivamente largo, la IA ha podido generar un resumen incorrecto.

Debate de toma en consideración de la Proposición de Ley para el impulso de la inclusión laboral de las personas con discapacidad a través de la cuota de reserva de empleo en las empresas (122/000215)

En este debate, se ha discutido la proposición de ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista con el objetivo de mejorar la inclusión laboral de las personas con discapacidad mediante la modificación de la normativa sobre la cuota de reserva de empleo en las empresas.

Argumentos a favor:

  • Grupo Parlamentario Socialista: Defiende la necesidad de la proposición para abordar la baja tasa de empleo de las personas con discapacidad (26% frente al 64% de las personas sin discapacidad). Argumentan que la cuota de reserva del 2% en empresas de más de 50 trabajadores solo afecta al 1% de las empresas y no se cumple en muchos casos. Proponen endurecer las sanciones por incumplimiento, pasando de "grave" a "muy grave", y prohibir el acceso a ayudas públicas a las empresas sancionadas. Subrayan que las personas con discapacidad son un activo valioso que aporta talento y compromiso, y que la inclusión laboral beneficia a toda la sociedad y enriquece las empresas.
  • Grupo Vasco (EAJ-PNV): Comparte la finalidad de la proposición y considera razonable endurecer las consecuencias del incumplimiento de la cuota de reserva. Apoyan la idea de que las sanciones y la prohibición de recibir subvenciones públicas son necesarias. Sin embargo, insisten en que las sanciones por sí solas no son suficientes y abogan por una combinación de exigencia, apoyo, incentivos y acompañamiento para las empresas. Destacan la importancia de la formación adaptada, la accesibilidad universal y el tránsito al empleo ordinario. Piden que se respeten las competencias autonómicas en esta materia.
  • Grupo Parlamentario Euskal Herria Bildu: Anuncia su voto afirmativo, pero con la voluntad de mejorar sustancialmente el texto. Consideran que la proposición debe tener una perspectiva más global y proponen revisar el porcentaje de la cuota de reserva, así como considerar a empresas con menos de 50 trabajadores. Critican la posibilidad de exclusión de la cuota a través de convenios o acuerdos con la administración, argumentando que no está dando resultados. Apoyan el endurecimiento de las sanciones y la prohibición de subvenciones, pero advierten de que no todo se soluciona con "punitivismo". Señalan la brecha salarial y el riesgo de pobreza de las personas con discapacidad.
  • Grupo Parlamentario Junts per Catalunya: Consideran la propuesta "bastante buena" como punto de partida, pero insuficiente para garantizar una inclusión real que vaya más allá de la mera colocación. Abogan por ir más allá de la penalización, ofreciendo apoyos y formación tanto a las personas demandantes de empleo como a las empresas. Subrayan la necesidad de que la Administración dé ejemplo y priorice los planteamientos de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, incluyendo la recogida de datos desagregados. Anuncian la presentación de enmiendas.
  • Grupo Parlamentario Republicano: Celebran la proposición como un paso adelante, pero critican la "poca ambición" del Gobierno. Señalan que más del 80% de las empresas incumplen la cuota de reserva y que las sanciones anteriores eran "ridículas". Apoyan el endurecimiento de las sanciones y la prohibición de subvenciones, pero consideran necesario revisar al alza el porcentaje del 2%, limitar las medidas alternativas, abrir la puerta a las pymes y crear registros públicos de empresas cumplidoras y no cumplidoras. Defienden que el trabajo digno es la mejor herramienta de inclusión social.
  • Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR: Consideran que la proposición va en la dirección correcta y reafirma la cuota del 2%. Apoyan el endurecimiento de las sanciones y el cierre de "puertas traseras". Subrayan que la inclusión no se garantiza solo con sanciones, sino generando condiciones efectivas para la inserción y la igualdad. Destacan la importancia de un enfoque amplio e integral, similar a la reforma de discapacidad y dependencia. Mencionan medidas estructurales como la compatibilidad entre empleo y prestaciones, el reconocimiento de cuidadoras no profesionales y la promoción de la accesibilidad. Anuncian su apoyo.

Argumentos en contra:

  • Grupo Parlamentario VOX: Argumentan que la proposición, bajo el pretexto de hacer el bien, promueve medidas que generan el efecto contrario. Consideran que no basta con sancionar más y que la mayoría de las empresas cumplen. Sostienen que el problema no es la falta de sanciones, sino la falta de estímulos y apoyos reales. Critican que la propuesta refuerza la vía de las sanciones y convierte a las empresas en sospechosas por defecto. Argumentan que la verdadera inclusión exige diagnóstico adecuado del puesto, evaluación de capacidades, plan de acompañamiento y seguimiento, y no un porcentaje mecánico. Consideran que la propuesta se queda en una mera reforma sancionadora y no fomenta la verdadera incorporación.
  • Grupo Parlamentario Popular en el Congreso: Consideran que endurecer las sanciones no es la solución y que el objetivo debe ser incentivar la contratación y no crear una cultura del miedo. Argumentan que la proposición se limita a reforzar el castigo sin abordar barreras estructurales, nuevos programas de inclusión, incentivos a la formación o mecanismos de seguimiento. Señalan el riesgo de confundir cuota con inclusión y la necesidad de empleos estables y de calidad. Proponen programas de apoyo técnico y financiero, asesoramiento y ayudas directas para las pymes. Consideran fundamental la evaluación anual del cumplimiento y la participación de entidades como el CERMI.

Acuerdo, desacuerdo o matices relevantes:

  • Acuerdo general: Existe un amplio consenso en la necesidad de mejorar la inclusión laboral de las personas con discapacidad y en la importancia de la cuota de reserva de empleo. La mayoría de los grupos parlamentarios apoyan la toma en consideración de la proposición.
  • Matices y desacuerdos:
    • Enfoque: Mientras el Grupo Socialista y sus aliados ven la proposición como un paso necesario y efectivo, otros grupos como VOX y el PP consideran que se centra excesivamente en el castigo y la sanción, descuidando los incentivos, apoyos y la formación.
    • Ambición: Grupos como ERC y Euskal Herria Bildu consideran que la proposición es insuficiente y abogan por una mayor ambición, sugiriendo revisar al alza la cuota, incluir a pymes o explorar medidas alternativas más efectivas.
    • Competencias autonómicas: El Grupo Vasco y Junts per Catalunya insisten en la necesidad de respetar las competencias de las comunidades autónomas en esta materia.
    • Medidas concretas: Hay diferencias en la valoración de la eficacia de las sanciones, la necesidad de campañas de sensibilización, el papel de la inspección de trabajo y la importancia de los incentivos fiscales y financieros para las empresas.
    • Formato de la iniciativa: Varios grupos (ERC, Junts per Catalunya) expresan su preferencia por un proyecto de ley o un real decreto-ley, sugiriendo que una proposición de ley puede ser un proceso más largo.

Resultado de la votación:

La toma en consideración de la proposición de ley fue aprobada con 313 votos a favor, 33 en contra y 0 abstenciones.

Votación 9/9/2025

Votación

Proposición de Ley del Grupo Parlamentario Socialista, para el impulso de la inclusión laboral de las personas con discapacidad a través de la cuota de reserva de empleo en las empresas.

Ver votaciones en la web del congreso (9/9/2025)

Resultados totales:

Resultados por partido:

Listado de votos:

Publicaciones del 15/9/2025

Toma en consideración

BOCG

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La Proposición de Ley para el impulso de la inclusión laboral de las personas con discapacidad ha sido admitida a trámite, siendo el Grupo Parlamentario Socialista su autor.

Publicaciones del 19/9/2025

Acuerdo subsiguiente a la toma en consideración

BOCG

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Se ha decidido que la Comisión de Trabajo, Economía Social, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones se encargará de redactar la ley de forma completa. Además, se abre un plazo de quince días para que los diputados y grupos parlamentarios puedan proponer cambios a la propuesta de ley.

Publicaciones del 26/2/2026

Enmiendas e índice de enmiendas al articulado

BOCG

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Enmienda de Grupo Parlamentario Mixto (Cristina Valido García)

  • Objeto: Introducir medidas transitorias y de apoyo para facilitar el cumplimiento de la cuota de reserva en el primer año de vigencia.
  • Modificación(es):
    1. Se añade una disposición transitoria que, durante los doce meses siguientes a la entrada en vigor, la Administración priorizará los requerimientos de subsanación y los planes de cumplimiento de aquellas empresas que ya hayan iniciado procesos de contratación o adaptación para alcanzar la cuota, sin perjuicio de sanción en caso de reincidencia o negativa.
    2. Se modifica el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones para excluir de la prohibición de acceso a subvenciones a las empresas que, antes de la resolución de concesión, demuestren el cumplimiento íntegro de la cuota o de las medidas alternativas, según se determine reglamentariamente.
    3. Se incorpora una disposición adicional que obliga al Gobierno, en cooperación con las Comunidades Autónomas, a aprobar un plan de apoyo técnico a las empresas obligadas (intermediación, ajustes razonables, accesibilidad, formación y evaluación).
    4. Se modifica la disposición adicional segunda (campañas de inspección) para que los resultados se desagreguen territorialmente y se coordinen con los servicios autonómicos de empleo, incluyendo recomendaciones operativas para mejorar el cumplimiento.
    5. Se añade una cláusula de singularidad territorial que refuerza la red de servicios de apoyo y los instrumentos específicos en territorios insulares y ultraperiféricos.
  • Efecto: Se crea un periodo de gracia que favorece la regularización voluntaria, se evita la exclusión automática de subvenciones cuando la empresa corrige la infracción antes de recibir la ayuda, se garantiza asistencia técnica especializada y se mejora la transparencia y la adaptación territorial de las campañas de inspección. La cláusula de singularidad asegura que las islas y regiones ultraperiféricas reciban medidas compensatorias.

Enmienda de Grupo Parlamentario Vasco (EAJ‑PNV)

  • Objeto: Dotar al régimen de cuota de reserva de mecanismos de seguimiento, evaluación y estímulo positivo.
  • Modificación(es):
    1. Se añade una disposición adicional que establece la elaboración, dentro de los dos años siguientes a la entrada en vigor, de un informe integral de evaluación del impacto de la norma (porcentaje de cumplimiento, número de personas con discapacidad contratadas, actuaciones inspectoras, uso de medidas alternativas y efecto de las campañas de difusión). El informe será remitido a las Cortes y publicado en el Portal de Transparencia.
    2. Se incorpora una disposición adicional que crea incentivos económicos: las empresas que superen anualmente el porcentaje legal de la cuota podrán obtener una bonificación adicional en las cotizaciones a la Seguridad Social para las personas con discapacidad contratadas, con los requisitos y el control que se determinen reglamentariamente.
    3. Se amplía el artículo 13 de la Ley de Subvenciones añadiendo dos nuevas letras (l) y m) que excluyen del acceso a subvenciones a quienes hayan sido sancionados por infracciones en materia de igualdad y no discriminación de personas con discapacidad, y por infracciones muy graves relacionadas con la intimidad, dignidad, discriminación y acoso.
  • Efecto: Se introduce un sistema de monitorización y revisión periódica que permite ajustar la normativa, se complementa el modelo sancionador con incentivos positivos y se amplía la prohibición de subvenciones a conductas discriminatorias, reforzando la protección integral de las personas con discapacidad.

Enmienda de Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR (enmiendas 9‑13)

  • Objeto: Incorporar disposiciones de reparación histórica y fiscal que, aunque no guardan relación directa con la cuota de reserva, se presentan como adiciones a la iniciativa.
  • Modificación(es):
    1. Enmienda 9: Se añade una disposición final que reconoce y reparará a las víctimas del Patronato de Protección a la Mujer (1978‑1985).
    2. Enmienda 10: Se modifica la Ley del IRPF para excluir de tributación las ayudas concedidas a las personas afectadas por la talidomida (1950‑1985).
    3. Enmienda 11: Se altera la normativa de la Seguridad Social para reconocer la pensión de viudedad en supuestos excepcionales de parejas de hecho.
    4. Enmienda 12: Se crea una disposición transitoria que permite la compatibilidad retroactiva entre la pensión de viudedad y otras pensiones contributivas.
    5. Enmienda 13: Se modifica el artículo 205.1 de la Ley General de la Seguridad Social para contar el servicio militar obligatorio y la prestación social sustituta (máximo un año) como períodos cotizados.
  • Efecto: Estas enmiendas introducen medidas de reparación y de mejora fiscal y de pensiones que, aunque relevantes para otros ámbitos, no alteran el núcleo de la propuesta sobre la cuota de reserva. Su inclusión amplía el alcance temático de la iniciativa.

Enmienda de Grupo Parlamentario Mixto (Ione Belarra Urteaga)

  • Objeto: Obligar al Gobierno a elaborar un estudio temprano sobre el grado de cumplimiento de la cuota de reserva.
  • Modificación(es): Se añade una disposición adicional que, en el plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor, el Gobierno remitirá a las Cortes un estudio exhaustivo del cumplimiento de la cuota de reserva prevista en el artículo 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013.
  • Efecto: Se garantiza información temprana y detallada que servirá de base para la evaluación y posible ajuste de la normativa.

Enmienda de Grupo Parlamentario Junts per Catalunya (enmiendas 15‑27)

  • Objeto: Profundizar el régimen sancionador, introducir mecanismos de regularización, reforzar la coordinación con la administración autonómica, crear incentivos y establecer un marco operativo para la contratación pública y el apoyo a PYMES.
  • Modificación(es):
    1. Enmienda 15: En el artículo 16 se incorpora la posibilidad de que la autoridad laboral conceda un plazo de corrección de hasta seis meses, suspenda los efectos accesorios de la sanción mientras se cumpla el plan y reconozca la regularización como atenuante. Se añaden criterios de valoración (búsqueda activa, disponibilidad de perfiles, etc.).
    2. Enmienda 16: En el artículo 13 de la Ley de Subvenciones se añade una letra k) que excluye de la concesión de subvenciones a empresas sancionadas por infracción muy grave, salvo que demuestren la regularización efectiva dentro del plazo concedido. Además, la cuota de reserva será criterio de desempate en los procedimientos de adjudicación pública.
    3. Enmienda 17: La disposición adicional segunda se amplía para que las campañas de inspección se coordinen con las inspecciones autonómicas, incluyan objetivos cuantificados por sector, y produzcan informes semestrales desagregados por territorio, tamaño, sexo y tipo de discapacidad, respetando la normativa de protección de datos.
    4. Enmienda 18: Se crea una disposición adicional que obliga a comunicar, en diez días, al Registro Oficial de Licitadores y al registro autonómico equivalente, las resoluciones firmes que sancionen la infracción muy grave del artículo 16.1.h.
    5. Enmienda 19: Se establece, en un plazo máximo de seis meses, el desarrollo reglamentario del artículo 71.1.d) de la Ley de Contratos del Sector Público para precisar la acreditación y verificación de la cuota del 2 % o de las medidas alternativas, garantizando interoperabilidad entre administraciones y evitando cargas documentales excesivas.
    6. Enmienda 20: Se introduce una declaración anual simplificada de cumplimiento para empresas de 50 o más trabajadores, que podrá integrarse en la información no financiera ya obligatoria; la autoridad laboral publicará resultados agregados desagregados por sector, tamaño, tipo de discapacidad y sexo.
    7. Enmienda 21: Se añade una cláusula de activación: si, a los seis meses de la entrada en vigor, no se aprueba la partida presupuestaria para el “Servicio de apoyo técnico a pymes”, todas las empresas de 50 o más trabajadores deberán diseñar y ejecutar un plan anual de formación en inclusión laboral y ajustes razonables con contenidos específicos (contratación inclusiva, ajustes razonables, accesibilidad digital, prevención de discriminación).
    8. Enmienda 22: Se crea una disposición adicional que financia, mediante partida presupuestaria estatal, un servicio gratuito de asesoramiento técnico a PYMES para la generación de entornos inclusivos, con criterios de asignación basados en población, número de empresas obligadas y situación del empleo con discapacidad en cada comunidad autónoma.
    9. Enmienda 23: Se añaden condiciones especiales de ejecución en los pliegos de contratación pública que obligan a incluir planes de accesibilidad, designar a una persona responsable, adaptar la documentación a formatos accesibles, establecer procedimientos de ajustes razonables con plazo máximo de diez días y prever indicadores de cumplimiento.
    10. Enmienda 24: Se establece, dentro de los 24 meses siguientes a la entrada en vigor, la obligación de que el Gobierno remita a las Cortes un informe de evaluación de impacto con indicadores detallados (cumplimiento por sector, calidad del empleo, recomendaciones normativas, etc.).
    11. Enmienda 25: Se introduce un artículo nuevo en la Ley de Empleo que prioriza la atención a personas con discapacidad en los servicios públicos de empleo, integra al personal de empleo en equipos multiprofesionales de discapacidad y define acciones positivas y recursos de financiación autonómica.
    12. Enmienda 26: Se modifica la Ley de Contratos del Sector Público para actualizar la normativa de presupuesto base de licitación, introducir desagregación de género y categoría profesional en los costes salariales y regular la revisión periódica de precios en contratos de obra, suministro de armamento, energía y otros, con entrada en vigor el 1 de enero 2027.
    13. Enmienda 27: Se crea, dentro de la Ley de Empresas de Trabajo Temporal, un nuevo capítulo “Empresas de empleo” (EDE) que regula la autorización, garantías financieras, obligación de destinar un porcentaje de la masa salarial a formación y el régimen de puesta a disposición de trabajadores, con efectos de reconocimiento de la antigüedad y de cómputo de representación sindical.
  • Efecto: Estas enmiendas transforman el esquema sancionador, introduciendo plazos de regularización y atenuantes, y condicionan la exclusión de subvenciones a la efectividad de la regularización. Se refuerza la coordinación entre inspección estatal y autonómica, se garantiza la trazabilidad de las sanciones en la contratación pública y se dota de

Publicaciones del 23/7/2026

Comisión de Trabajo, Eco. Social, Inclusión, S.Social y Migraciones - Ratificación de la Ponencia y aprobación con competencia legislativa plena

Diario de sesiones

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Resumen del documento – Ratificación de la ponencia y aprobación con competencia legislativa plena
Proposición de Ley 122/000215 – “Impulso de la inclusión laboral de las personas con discapacidad mediante la cuota de reserva de empleo en las empresas”


1. Objetivo de la sesión

  • La Comisión de Trabajo, Economía Social, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ratificó la ponencia que informó la proposición de ley y, a continuación, aprobó el dictamen con competencia legislativa plena.

2. Principales argumentos expuestos

Grupo Argumentos a favor Argumentos en contra / críticas
Grupo Popular (PP) – portavoz Prieto Serrano – Defiende el respeto al Reglamento (artículos 113 y 114) y reclama que las enmiendas del PP no hayan sido incluidas en las transaccionales sin su consentimiento. – Señala errores en el informe de ponencia y la vulneración de derechos parlamentarios.
Grupo Socialista (PSOE) – portavoz Sáez Cruz – Cita la Sentencia 137/2025 del Tribunal Constitucional que permite la inclusión de enmiendas presentadas por la comisión.
– Subraya la alta tasa de inactividad (34 % de empleo vs. 76 % sin discapacidad) y la necesidad de inspección y responsabilidad empresarial.
– No se presentan críticas sustanciales; responde a los reclamos del PP sobre el procedimiento.
Grupo Mixto – portavoz Valido – Simplemente defiende las enmiendas presentadas (sin detallar su contenido).
Grupo Vasco (EAJ PNV) – Propone incentivos (bonificación) para empresas que superen la cuota y exclusión de fondos públicos a quienes vulneren derechos fundamentales (artículo 13 de la Ley de Subvenciones). – No formula críticas directas a la propuesta.
Junts per Catalunya – Insiste en que la ley debe ir más allá de la sanción: necesita herramientas, formación y acompañamiento a las empresas, y respetar competencias autonómicas.
– Señala que el Gobierno ha vetado arbitrariamente algunas enmiendas (p. 26).
– Critica la forma en que el PSOE presenta proposiciones en lugar de proyectos de ley.
SUMAR (representado por Vidal Matas) – Testimonio personal de discriminación; pide sanciones más graves y la exclusión de fondos y concursos públicos a empresas incumplidoras. – Considera que la ley ya existe y que el debate es innecesario si se cumplieran las normas actuales.
Grupo Euskal Herria Bildu – Apoya la necesidad de reforzar el régimen sancionador y de complementar la cuota con medidas de accesibilidad, apoyos y adaptación. – No formula objeciones.
Grupo Republicà – Reitera que la ley es sencilla y que la falta de cumplimiento requiere multas más disuasorias y exclusión de recursos públicos. – No plantea críticas.
VOX – Argumenta que más sanciones no garantizan cumplimiento; prefiere incentivos y advierte que el consenso legislativo no siempre produce una buena ley. – Vota no a la propuesta.
Otros grupos sin enmiendas – No intervinieron con argumentos sustanciales. – –

3. Acuerdos y matices

  • Procedimiento: El PP denunció la inclusión de sus enmiendas en las transaccionales sin consentimiento; la presidenta recordó que, en comisión, la “percha” puede usarse sin requerir acuerdo del grupo, pero tomó nota de la queja. No se votó sobre el Reglamento.

  • Contenido de la ley:

    • A favor – mayor sanción a empresas incumplidoras, exclusión de ayudas públicas, incentivos para quienes superen la cuota, y medidas complementarias (accesibilidad, formación, apoyo).
    • En contra / críticas – exceso de penalización sin incentivos, falta de datos estadísticos que justifiquen la propuesta, necesidad de abordar diferencias entre tipos de discapacidad, y preocupación por la viabilidad económica.
  • Votaciones:

    • La mayoría de las enmiendas presentadas fueron rechazadas (enmiendas 7, 8, 14, 28‑32).
    • Enmienda 25 (Junts) fue aprobada (20 votos a favor, 17 en contra).
    • La transaccional 10 (acuerdo entre todos los grupos) fue aprobada por unanimidad (37 a favor).
    • El texto final (incluyendo la enmienda 25 y la transaccional 10) fue aprobado (20 votos a favor, 3 en contra, 14 abstenciones).
  • Resultado final: La comisión aprobó la proposición de ley con competencia legislativa plena, pese a las discrepancias sobre el procedimiento y a la diversidad de opiniones sobre la combinación de sanciones e incentivos.


4. Conclusión breve para la ciudadanía

La Comisión ratificó la ponencia y aprobó la ley que obliga a las empresas a reservar un porcentaje de puestos para personas con discapacidad. Los debates mostraron dos líneas principales:

  1. Quienes apoyan la ley (PSOE, PNV, Junts, Bildu, Republicà, SUMAR) destacan la necesidad de sancionar a los incumplidores y de añadir incentivos y medidas de apoyo para lograr una inclusión real.

  2. Quienes critican la propuesta (PP, VOX y algunos miembros del PSOE) cuestionan la forma de incluir enmiendas sin consentimiento, la ausencia de datos que justifiquen la medida y la eficacia de las sanciones frente a los incentivos.

Al final, la mayoría de los diputados votó a favor del texto, que ahora pasa a la fase legislativa con plena competencia del Congreso.

Publicaciones del 28/7/2026

Texto remitido por el Congreso de los Diputados

BOCG

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Resumen del texto aprobado por el Congreso y remitido al Senado para su tramitación:

  • Objetivo: Mejorar la inclusión laboral de las personas con discapacidad mediante una cuota de reserva de empleo en las empresas.
  • Base legal: Se apoya en la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la reforma constitucional de 2024 y la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad (cuota actual del 2 % para empresas con ≥ 50 empleados).
  • Problema identificado: Las sanciones actuales por incumplir la cuota son insuficientes y la falta de conciencia empresarial limita su cumplimiento.
  • Propuestas principales:
    1. Endurecer sanciones: Convertir la infracción por no cumplir la cuota de grave a muy grave, con multas máximas para reincidentes.
    2. Excluir de subvenciones: Prohibir a empresas sancionadas por incumplir la cuota acceder a ayudas públicas.
    3. Campañas de difusión: Administraciones públicas y la Inspección de Trabajo impulsarán campañas de información y concienciación sobre la reserva de puestos.
    4. Inspección reforzada: La Inspección de Trabajo realizará campañas de verificación durante los próximos 3 años, con informes periódicos.
    5. Evaluación de impacto: En 3 años el Gobierno presentará un informe con indicadores (cumplimiento de la cuota, número de contrataciones, inspecciones, sanciones, etc.) y recomendaciones.
    6. Modificaciones legislativas:
      • Cambios en la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social para crear la categoría de infracción muy grave.
      • Ajustes en la Ley General de Subvenciones para excluir a sancionados de ayudas.
      • Añadido de un apartado a la Ley de Empleo que garantiza financiación autonómica para estas medidas.
      • Disposiciones adicionales que obligan a campañas de difusión y a la inspección continua.
      • Modificación del IRPF para actualizar referencias a ayudas específicas.
  • Procedimiento: El plazo para presentar enmiendas y veto finaliza el 11 de septiembre de 2026. La ley entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Publicaciones del 29/7/2026

Informe de la Ponencia

BOCG

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Resumen del Informe de la Ponencia (23 jul 2026)

  • Objeto de la iniciativa: Propuesta de Ley que pretende reforzar la inclusión laboral de las personas con discapacidad mediante la obligación de una cuota de reserva de empleo (actualmente 2 %) en empresas de ≥ 50 trabajadores y endurecer las sanciones por incumplimiento.

  • Contexto político y normativo

    • Se basa en la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (ratificada por España en 2007) y en la reforma constitucional de 2024 que eleva la inclusión social a rango constitucional.
    • El “Libro blanco sobre empleo y discapacidad” (2023) concluye que las sanciones actuales son insuficientes y propone elevar la infracción de “grave” a “muy grave”, excluir a empresas sancionadas de recibir subvenciones públicas y lanzar campañas de concienciación e inspección.
  • Contenido del informe

    • La Ponencia incorpora cuatro enmiendas transaccionales (números 1‑4) que agrupan distintas enmiendas presentadas por los grupos parlamentarios Junts per Catalunya, Popular, Vasco, Mixto y otros.
    • Se incorpora una enmienda sustantiva (n.º 30 del Grupo Popular) que modifica la tipificación de la infracción y las sanciones accesorias.
    • Se retiran dos enmiendas (n.º 4 de la Sra. Valido García y n.º 6 del Grupo Vasco) por quedar absorbidas por las transaccionales.
    • El resto de enmiendas quedan pendientes de debate y votación en la Comisión de Trabajo, Economía Social, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
    • Se añaden observaciones técnicas del letrado de la comisión y se adjunta el texto resultante de la proposición de ley.
  • Modificaciones legislativas propuestas

    1. Real Decreto Legislativo 5/2000 (Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social):
      • Supresión del apartado 3 del artículo 15.
      • Creación del apartado h) del artículo 16 para tipificar como infracción “muy grave” el incumplimiento de la cuota de reserva.
      • Ajuste de los criterios de graduación de sanciones (artículo 39) y de las sanciones accesorias (artículo 46).
    2. Ley 38/2003 (General de Subvenciones):
      • Inclusión de la prohibición de conceder subvenciones a empresas sancionadas por la infracción “muy grave” (nuevo apartado k) del artículo 13).
    3. Disposiciones adicionales:
      • Campañas de difusión y concienciación sobre la reserva de empleo.
      • Programa de inspección de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social durante tres años, renovable, con informes de seguimiento.
      • Evaluación de impacto a los tres años de la entrada en vigor.
  • Posición de los grupos parlamentarios:

    • VOX votó en contra del informe.
    • PP y Junts per Catalunya se abstuvieron.
  • Fase actual: El informe de la Ponencia ha sido remitido a la Comisión de Trabajo, Economía Social, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, donde se debatirán y votarán las enmiendas restantes y, en su caso, se aprobará el texto final antes de su tramitación en el Pleno del Congreso.

Publicaciones del 30/7/2026

Aprobación por la Comisión con competencia legislativa plena

BOCG

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Resumen de la Proposición de Ley aprobada por la Comisión de Trabajo, Economía Social, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (competencia legislativa plena)

  • Objetivo principal: reforzar la cuota de reserva de empleo para personas con discapacidad (actualmente 2 % en empresas de ≥ 50 trabajadores) y garantizar su cumplimiento mediante medidas más estrictas y sanciones más severas.

  • Principales cambios propuestos:

    1. Infracción muy grave: se eleva a “muy grave” el incumplimiento de la cuota de reserva, con sanciones máximas cuando la empresa ya haya sido sancionada en los dos años anteriores.
    2. Sanciones accesorias: se amplían los supuestos de sanciones accesorias para empresas que incurran en la infracción muy grave.
    3. Subvenciones: se excluye de la obtención de subvenciones a empresas sancionadas por incumplir la cuota de reserva.
    4. Financiación autonómica: se incorpora al artículo 54 de la Ley de Empleo la obligación de que las comunidades autónomas asignen recursos estatales para financiar las medidas de inclusión laboral.
    5. Campañas de difusión: se ordenan campañas informativas y de concienciación dirigidas a la sociedad y a las empresas sobre la reserva de puestos para personas con discapacidad.
    6. Inspección de Trabajo: la Inspección realizará, durante los próximos tres años (renovables), inspecciones específicas y publicará informes sobre el cumplimiento de la cuota.
    7. Evaluación de impacto: el Gobierno elaborará, en un plazo de tres años, un informe con indicadores (cumplimiento de la cuota, número de contrataciones, infracciones detectadas, etc.) que será remitido a las Cortes Generales.
  • Contexto político: la iniciativa se basa en la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la reforma constitucional de 2024 que refuerza la inclusión social y el Libro blanco sobre empleo y discapacidad (2023). Busca cerrar la brecha entre la normativa actual y la necesidad de una mayor inclusión laboral.

  • Estado de tramitación: la proposición ha sido aprobada por la Comisión con competencia legislativa plena (artículo 75.2 de la Constitución). Con esta aprobación, el texto queda listo para ser remitido al Pleno del Congreso de los Diputados para su debate y votación final.