Recurso de inconstitucionalidad número 3001/2026, promovido por el Presidente del Gobierno, contra el apartado Uno del artículo único de la Ley de la Comunidad Autónoma de La Rioja 5/2025, de 2l de julio, de medidas fiscales de apoyo al medio rural, en cuanto dota de contenido al apartado 8 del artículo 32 de la Ley 10/2017, de 27 de octubre, por la que se consolidan las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de impuestos propios y tributos cedidos
- Número de expendiente
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- Ver iniciativa original - Tipo
- Recurso de inconstitucionalidad
- Fechas
- Presentado el 28/05/2026 , calificado el 08/06/2026
- Autor
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- Tribunal Constitucional
- Estado Actual
- Tramitado por completo sin req. acuerdo o decisión
- Tramitación seguida por la iniciativa
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- Tribunal Constitucional desde 08/06/2026 hasta 07/10/2026
- Concluido desde 07/10/2026 hasta 16/10/2026
- Fecha de actualización
- 16/10/2026
Resumen
Contenido generado por IA
1. ¿De qué trata la iniciativa?
El recurso de inconstitucionalidad 3001/2026, presentado por el Presidente del Gobierno, impugnaba el apartado 1 del artículo único de la Ley de la Comunidad Autónoma de La Rioja 5/2025, de 21 de julio, que introducía una deducción autonómica en el IRPF destinada a favorecer al medio rural.
2. ¿Qué ha ocurrido en su trámite?
- 21 de julio 2025: publicación de la Ley 5/2025 de La Rioja con la deducción fiscal.
- Posteriormente, el Gobierno interpuso el recurso de inconstitucionalidad contra el mencionado apartado.
- El recurso fue admitido y remitido al Tribunal Constitucional.
- 22 de septiembre 2026: el Tribunal Constitucional dictó sentencia estimando el recurso y declarando la inconstitucionalidad y nulidad del apartado impugnado.
3. ¿Qué apoyos y rechazos recibió?
No hubo votaciones parlamentarias; la decisión corresponde al Tribunal Constitucional, que falló a favor del recurso (aprobación de la impugnación) y en contra de la disposición legal impugnada. No existen abstenciones ni votaciones de partidos en este procedimiento.
4. ¿En qué estado está la iniciativa actualmente?
La iniciativa quedó concluida con la sentencia del Tribunal Constitucional del 22 de septiembre 2026, que declaró nula la deducción fiscal de la Ley 5/2025. La norma impugnada queda sin efecto.
5. ¿Qué importancia tiene este resultado dentro del proceso legislativo?
Al ser declarada inconstitucional, la disposición desaparece del ordenamiento jurídico de La Rioja. La medida fiscal de apoyo al medio rural ya no es aplicable y la comunidad autónoma deberá ajustar su normativa tributaria. El fallo no genera un nuevo proyecto de ley, pero obliga a la administración riojana a modificar la legislación para cumplir con la Constitución.
Documentos
Publicaciones del 16/10/2026
Sentencia
BOCG
Sentencia
BOCGVer boletín original Núm. D-603 de 16/10/2026 Contenido generado por IA
El Tribunal Constitucional ha dictado una sentencia en respuesta a un recurso presentado por el Presidente del Gobierno. Este recurso impugnaba el apartado uno del artículo único de la Ley de la Comunidad Autónoma de La Rioja 5/2025, de 21 de julio, que establecía una nueva deducción autonómica en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para apoyar el medio rural.
El Tribunal Constitucional ha estimado el recurso, declarando la inconstitucionalidad y nulidad de dicho apartado de la ley riojana. Esto significa que la deducción fiscal creada por la Comunidad Autónoma de La Rioja en el IRPF para el medio rural es contraria a la Constitución y, por tanto, queda sin efecto. La sentencia fue pronunciada el 22 de septiembre de 2026.