Saltar al contenido principal

N° de exp.

Recurso de inconstitucionalidad número 5580/2023, promovido por el Parlamento de Cataluña, contra los artículos 2, letras c), d), e), f), g), h), i), j), m), n), o), p), q), r) y s); 15, apartados 1.b) y 1.d), y apartados 2, 3 y 4; 16; 17; 18.1 y 18.4; 27.1, párrafo tercero, 27.2 y 27.3; 28; 29; disposición transitoria primera, párrafo segundo; disposición transitoria segunda y disposición final séptima, apartado 1, de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda

Número de expendiente
- Ver iniciativa original
Tipo
Recurso de inconstitucionalidad
Fechas
Presentado el 27/09/2023 , calificado el 03/10/2023
Autor
  • Tribunal Constitucional
Estado Actual
Tramitado por completo sin req. acuerdo o decisión
Tramitación seguida por la iniciativa
  • Tribunal Constitucional desde 03/10/2023 hasta 09/06/2026
  • Concluido desde 09/06/2026 hasta 19/06/2026
Fecha de actualización
19/6/2026

Resumen

Contenido IA

1. ¿De qué trata la iniciativa?
El recurso de inconstitucionalidad n.º 5580/2023, presentado por el Parlamento de Cataluña, impugnaba varios preceptos de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, “por el derecho a la vivienda”. La pretensión era que dichos artículos vulneraran competencias autonómicas y principios constitucionales, solicitando su anulación.

2. ¿Qué ha ocurrido en su trámite?

  • 26 de septiembre de 2023: La Mesa del Congreso acordó admitir a trámite el recurso, según la providencia publicada en el Boletín Oficial del Estado.
  • Procedimiento ante el Tribunal Constitucional: El recurso siguió el curso ordinario de examen constitucional.
  • 19 de junio de 2026: El Tribunal Constitucional dictó sentencia. Declaró pérdida de objeto del recurso respecto a los artículos 16; 27.1, párrafo tercero; 27.3 y la disposición transitoria primera, párrafo segundo de la Ley 12/2023, y desestimó en su totalidad el resto de la impugnación.
  • 16 de junio de 2026: La Mesa de la Cámara de los Diputados tomó conocimiento del fallo y ordenó su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, conforme al artículo 97 del Reglamento de la Cámara. La sentencia también se publicó en el Boletín Oficial del Estado el 26 de mayo de 2026.

3. ¿Qué apoyos y rechazos recibió?
El fallo del Tribunal Constitucional se adoptó con mayoría de sus magistrados; no se especifican los números exactos de votos, pero la decisión mayoritaria desestimó la mayor parte del recurso y sólo declaró pérdida de objeto de algunos preceptos.

4. ¿En qué estado está la iniciativa actualmente?
El recurso ha sido resuelto. La Ley 12/2023 permanece vigente en todas sus disposiciones, salvo los artículos declarados sin efecto por pérdida de objeto (artículos 16; 27.1, párrafo tercero; 27.3 y la disposición transitoria primera, párrafo segundo).

5. ¿Qué importancia tiene este resultado dentro del proceso legislativo?
La sentencia confirma la validez de la Ley 12/2023, por lo que la normativa sobre el derecho a la vivienda sigue aplicándose en todo el territorio español. La impugnación presentada por Cataluña no logra anular la ley, y sólo quedan sin efecto los escasos preceptos cuya existencia quedó sin objeto tras la decisión judicial. En consecuencia, no se abre ningún nuevo trámite legislativo derivado de este recurso.

Documentos

Publicaciones del 3/10/2023

Ver BOE Núm.: 236 de 03/10/2023 Núm. marginal: 20500 BOE

Pleno. Providencia de 26 de septiembre de 2023. Acuerda admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 5580-2023, promovido por el Parlamento de Cataluña, contra los artículos 2, letras c), d), e), f), g), h), i), j), m), n), o), p), q), r) y s); 15, apartados 1.b) y 1.d), y apartados 2, 3 y 4; 16; 17; 18.1 y 18.4; 27.1, párrafo tercero, 27.2 y 27.3; 28; 29; disposición transitoria primera, párrafo segundo; disposición transitoria segunda y disposición final séptima, apartado 1, de la Ley 12/2023, de 24 mayo, por el derecho a la vivienda.

Publicaciones del 19/6/2026

Sentencia

BOCG

Ver boletín original Contenido IA

El Tribunal Constitucional ha resuelto el recurso de inconstitucionalidad nº 5580/2023 presentado por el Parlamento de Cataluña contra la Ley 12/2023, de 24 de mayo, “por el derecho a la vivienda”.

Fallo:

  1. Se declara pérdida de objeto del recurso respecto a los artículos 16; 27.1, párrafo tercero; 27.3 y la disposición transitoria primera, párrafo segundo de la Ley 12/2023.
  2. El resto del recurso se desestima en su totalidad.

Con ello, la Ley 12/2023 sigue vigente en todas sus disposiciones, salvo las que han quedado sin efecto por la pérdida de objeto del recurso.

Procedimiento:

  • La Mesa de la Cámara de los Diputados acordó el 16 de junio 2026 tomar conocimiento del fallo y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, conforme al artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
  • La sentencia se publica también en el Boletín Oficial del Estado, con fecha de emisión 26 de mayo 2026.

Contexto político:
La Ley 12/2023 buscaba regular el derecho a la vivienda en España. El Parlamento de Cataluña la impugnó por considerar que vulneraba competencias autonómicas y otros principios constitucionales. El Tribunal Constitucional, con mayoría, ha rechazado la mayor parte de la impugnación, manteniendo la normativa vigente.