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N° de exp.

Proposición de Ley por la que se modifica el artículo 274 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, para eliminar el subsidio previsto para los menores que no ostenten la nacionalidad española privados de libertad por cumplimiento de medida de internamiento en centro

Número de expendiente
- Ver iniciativa original
Tipo
Proposición de ley de Grupos Parlamentarios del Congreso
Fechas
Presentado el 20/02/2024 , calificado el 27/02/2024
Autor
  • Grupo Parlamentario VOX
Estado Actual
Rechazado
Tramitación seguida por la iniciativa
  • Boletín Oficial de las Cortes Generales Publicación desde 27/02/2024 hasta 01/03/2024
  • Gobierno Contestación desde 01/03/2024 hasta 10/04/2024
  • Pleno Toma en consideración desde 10/04/2024 hasta 10/09/2024
  • Concluido - (Rechazado) desde 10/09/2024 hasta 13/09/2024
Fecha de actualización
4/8/2025

Resumen

Contenido IA

  1. ¿De qué trata la iniciativa? La iniciativa buscaba modificar la Ley General de la Seguridad Social para suprimir el subsidio por desempleo destinado a menores extranjeros que han cumplido medidas de internamiento por delitos. El propósito era que solo los menores de nacionalidad española pudieran acceder a este subsidio.

  2. ¿Qué ha ocurrido en su trámite? La Proposición de Ley fue presentada por el Grupo Parlamentario VOX. Se debatió su toma en consideración en el Pleno del Congreso de los Diputados el 10 de septiembre de 2024. Durante el debate, se expusieron argumentos a favor y en contra. Posteriormente, el 17 de junio de 2025, el Senado envió al Congreso una enmienda que modificaba el texto original. Esta enmienda, además de restringir el subsidio a menores españoles, introducía cambios en el Código Penal para declarar ilícitas asociaciones que promuevan ideologías antidemocráticas o enaltezcan el terrorismo, y establecía la apología del franquismo como causa de disolución de asociaciones.

  3. ¿Qué apoyos y rechazos recibió? La toma en consideración de la proposición de ley en el Congreso de los Diputados fue rechazada. En la votación del 10 de septiembre de 2024, hubo 170 votos a favor y 178 en contra. El Senado, posteriormente, introdujo enmiendas al texto.

  4. ¿En qué estado está la iniciativa actualmente? Tras ser rechazada su toma en consideración inicial en el Congreso, el Senado introdujo enmiendas que modificaron el texto. El texto aprobado por el Senado, con estas enmiendas, fue remitido de nuevo al Congreso de los Diputados el 17 de junio de 2025 para su decisión final.

  5. ¿Qué importancia tiene este resultado dentro del proceso legislativo? El rechazo inicial en el Congreso significó que la propuesta, en su formulación original, no continuó su trámite. Sin embargo, las enmiendas introducidas por el Senado han dado lugar a un nuevo texto que ahora debe ser revisado por el Congreso. Si el Congreso aprueba el texto con las enmiendas del Senado, la iniciativa se convertirá en ley, modificando la Ley General de la Seguridad Social y el Código Penal. Si el Congreso no acepta las enmiendas, podría volver al Senado o quedar archivada.

Documentos

Publicaciones del 1/3/2024

Iniciativa

BOCG

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Esta Proposición de Ley busca modificar el artículo 274 de la Ley General de la Seguridad Social para suprimir el subsidio por desempleo destinado a menores extranjeros que han cumplido medidas de internamiento por delitos. La iniciativa, presentada por el Grupo Parlamentario VOX, argumenta que la nacionalidad española debería ser un requisito para acceder a este subsidio. Se señala que el beneficio actual es excesivamente generoso, no considera a las víctimas y podría generar un 'efecto llamada' y desincentivar la reinserción. La propuesta también contempla la denegación de solicitudes en trámite y entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Publicaciones del 10/9/2024

Pleno - Debate de toma en consideración

Diario de sesiones

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Aquí tienes el resumen del debate sobre la Proposición de Ley del Grupo Parlamentario VOX, número de expediente 122/000056:

Resumen del Debate de Toma en Consideración de la Proposición de Ley 122/000056

Iniciativa: Proposición de Ley del Grupo Parlamentario VOX por la que se modifica el artículo 274 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, para eliminar el subsidio previsto para los menores que no ostenten la nacionalidad española privados de libertad por cumplimiento de medida de internamiento en centro.

Argumentos a favor (Grupo Parlamentario VOX):

  • El señor Figaredo Álvarez-Sala (VOX) argumentó que España sufre una "invasión migratoria" insostenible que desborda las instituciones y genera inseguridad, okupación, robos y proliferación de crímenes en barrios humildes.
  • Sostuvo que los menores extranjeros que delinquen y son liberados de centros de internamiento no deberían recibir subsidios públicos, ya que esto desincentiva la superación y fomenta la reincidencia.
  • Propuso que quienes cometan crímenes estando en situación de acogimiento no reciban subsidios públicos, calificando la situación actual de "chiste" donde se delinque, se sale de prisión y se reciben subsidios.
  • Afirmó que los españoles de a pie no tienen ayudas mientras que la "invasión migratoria" recibe todos los estímulos del Estado, a pesar de que Hacienda recauda impuestos récord.

Argumentos en contra y matices (Otros Grupos Parlamentarios):

  • El señor Legarda Uriarte (PNV) señaló que la propuesta de VOX no tendría sentido, ya que el artículo 274.2 de la Ley General de la Seguridad Social solo tendría vigencia hasta el 31 de octubre de 2024, al haber sido derivado el subsidio al Ingreso Mínimo Vital por el Real Decreto-ley 2/2024.
  • Argumentó que la propuesta podría ser inconstitucional al vulnerar el artículo 10.3 de la Ley Orgánica 1/1996 de protección jurídica del menor, que establece un principio de no discriminación para menores extranjeros.
  • Consideró que los motivos expuestos por VOX para excluir a los menores extranjeros serían predicables también para los menores nacionales, y que la afirmación de que el subsidio vuelve vagos a los menores extranjeros es incierta.
  • El señor Sánchez Serna (Mixto) calificó la propuesta de VOX como un "disparate" con el objetivo de "poner en la diana a los menores extranjeros".
  • Destacó que la mayoría de los menores condenados en España son españoles y que el número de menores condenados ha disminuido desde 2010.
  • Afirmó que la propuesta de VOX no solo es contraria a las reglas de la ONU para la protección de menores privados de libertad, sino que también es un disparate en términos de seguridad, ya que quitar el subsidio a menores en situación de pobreza y marginalidad no mejora su situación ni la seguridad de las calles.
  • El señor García Gomis (VOX) defendió la propuesta de VOX, criticando la gestión sanitaria del Gobierno y la desigualdad entre comunidades autónomas.
  • El señor Antona Gómez (PP) señaló que la reforma propuesta por VOX ya ha sido realizada por el Gobierno a través del Real Decreto 2/2024, eliminando dicho subsidio. Criticó la demagogia y el cinismo del PSOE al respecto.
  • La señora Moreno Fernández (PSOE) calificó la propuesta de VOX de "fascista, racista, vergonzosa y demagógica", contraria al derecho español e internacional y a los derechos humanos.
  • Afirmó que VOX no busca solucionar problemas reales sino generar conflictos contra los más débiles, y que la inmigración no es el problema, sino la pobreza y los conflictos bélicos.
  • Destacó que el Gobierno de España ha destinado más recursos a la ayuda humanitaria y al asilo político para venezolanos que otros gobiernos.
  • La señora Vázquez Jiménez (PP) criticó la moción de VOX por su falta de profundidad y la falta de acción del Gobierno, señalando que la propuesta de VOX sobre mejoras salariales a los profesionales sanitarios es insuficiente.

Resultado de la votación: La toma en consideración de la proposición de ley fue rechazada. Se emitieron 348 votos, de los cuales 170 fueron a favor y 178 en contra.

Votación 10/9/2024

Votación

Proposición de Ley del Grupo Parlamentario VOX, por la que se modifica el artículo 274 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, para eliminar el subsidio previsto para los menores que no ostenten la nacionalidad española privados de libertad por cumplimiento de medida de internamiento en centro.

Ver votaciones en la web del congreso (10/9/2024)

Resultados totales:

Resultados por partido:

Listado de votos:

Publicaciones del 13/9/2024

Rechazada

BOCG

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Resultado iniciativa: Rechazada

Publicaciones del 9/5/2025

Enmiendas (Senado)

BOCG

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Se presentan enmiendas al texto que modifica la Ley Orgánica del Derecho de Asociación.

Enmienda 1 y 2: Proponen añadir una nueva disposición que permitiría la disolución judicial de asociaciones que realicen apología del franquismo o del terrorismo, siempre que estas actividades impliquen menosprecio, humillación a las víctimas o incitación al odio y la violencia. La Enmienda 2 amplía la legitimación para iniciar estos procesos al Ministerio Fiscal y a organizaciones de defensa de la memoria democrática.

Enmienda 9: Propone suprimir el apartado que introduce esta nueva disposición. Argumenta que la medida es inconstitucional porque declara ilegales asociaciones por motivos no tipificados como delito en el Código Penal, y que la apología, tal como está redactada, no cumple los requisitos para ser delictiva según la ley.

Propuestas de veto (Senado)

BOCG

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Se presenta una propuesta de veto por parte de senadores del Grupo Parlamentario Mixto (GPMX) contra una proposición de ley orgánica. Esta proposición de ley busca modificar la Ley Orgánica del Derecho de Asociación para incluir como causa de disolución de asociaciones la realización de actividades que supongan apología del franquismo, siempre que impliquen menosprecio a las víctimas o incitación al odio.

Los promotores del veto argumentan que esta modificación es inconstitucional por varias razones:

  • Vulneración del derecho de asociación: Consideran que se restringe este derecho fundamental de forma desproporcionada y sin justificación suficiente, creando un trato discriminatorio hacia ciertas asociaciones en comparación con otras que pudieran realizar apologías de regímenes autoritarios distintos.
  • Falta de tipificación clara: Señalan que la proposición de ley no define con precisión qué actividades constituyen "apología del franquismo" ni quién dentro de la asociación debe realizarlas, lo que podría llevar a interpretaciones arbitrarias.
  • Competencia judicial inadecuada: Critican que se atribuya a la jurisdicción civil la decisión sobre la disolución de asociaciones por motivos ideológicos, algo que consideran de naturaleza constitucional.
  • Uso de disposiciones adicionales: Argumentan que añadir esta nueva causa de disolución mediante una disposición adicional, en lugar de modificar el articulado principal de la ley, crea un régimen represivo especial y poco claro.
  • Motivación política: Sostienen que la proposición de ley no busca proteger a las víctimas, sino imponer una visión ideológica particular de la historia de España, instrumentalizando la memoria democrática con fines políticos y de cohesión del actual gobierno y sus socios.
  • Legitimación de "entidades memorialistas": Critican la concesión de legitimación activa a ciertas asociaciones para solicitar la disolución de otras, considerándolas entidades sectarias y revanchistas.

En resumen, la propuesta de veto considera que la proposición de ley es jurídicamente defectuosa, inconstitucional y políticamente perjudicial, al pretender imponer una ideología oficial y restringir libertades fundamentales.

Publicaciones del 23/5/2025

Informe de la Ponencia (Senado)

BOCG

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La Ponencia del Senado ha acordado incorporar al texto de la Proposición de Ley Orgánica, que modifica el Código Penal para prohibir asociaciones que promuevan la violencia o ideologías incompatibles con la democracia, las enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Popular. El objetivo es declarar ilegales aquellas asociaciones que, por medios violentos o incitación a la violencia, promuevan sistemas políticos o ideologías que busquen subvertir el orden constitucional, sistemas totalitarios o que nieguen derechos fundamentales. La propuesta también hace referencia a la necesidad de memoria histórica y a la condena de ideologías totalitarias, como el nazismo y el estalinismo. El informe se eleva a la Comisión Constitucional, y se ha decidido posponer la decisión sobre una propuesta de veto hasta el debate en Comisión.

Publicaciones del 4/6/2025

Votos particulares (Senado)

BOCG

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Estos son votos particulares presentados por senadores y un grupo parlamentario al texto de una Proposición de Ley Orgánica que modifica el artículo 515 del Código Penal. Los firmantes expresan su desacuerdo con el texto aprobado y anuncian su intención de defender en el Pleno del Senado:

  • Una propuesta de veto.
  • Enmiendas específicas (números 2 a 4).
  • La vuelta al texto original aprobado por el Congreso de los Diputados en ciertos puntos modificados por enmiendas.

Estos votos particulares son un paso previo a la votación final en el Pleno del Senado, donde se debatirán y votarán las propuestas de los senadores disidentes.

Dictamen de la Comisión (Senado)

BOCG

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Este dictamen de la Comisión del Senado trata sobre una propuesta para modificar el Código Penal. El objetivo es declarar ilegales aquellas asociaciones que, utilizando la violencia o incitando a ella, promuevan sistemas políticos o ideologías incompatibles con la democracia, el Estado de Derecho, la dignidad humana y los derechos fundamentales. También se busca ilegalizar a las asociaciones que enaltezcan o justifiquen delitos terroristas, o que menosprecien a las víctimas del terrorismo. La reforma se justifica por la necesidad de responder a la demanda social y por estándares internacionales, mencionando la Resolución del Parlamento Europeo sobre la memoria histórica. La propuesta añade dos nuevos supuestos al artículo 515 del Código Penal para considerar ilícitas a estas asociaciones.

Publicaciones del 17/6/2025

Texto aprobado por el Senado

BOCG

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El Senado ha aprobado un texto que modifica el artículo 515 del Código Penal. Esta modificación, que antes se conocía como una proposición para cambiar la ley sobre el derecho de asociación, ahora se remite al Congreso de los Diputados. El Congreso deberá decidir si acepta las enmiendas introducidas por el Senado.

Enmiendas del Senado mediante mensaje motivado

BOCG

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Enmienda 1: Grupo Parlamentario VOX

  • Objeto: Modificar el artículo 274 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social para eliminar el subsidio por desempleo para menores extranjeros privados de libertad.
  • Modificación(es):
    • Se propone la modificación del apartado 2 del artículo 274 de la Ley General de la Seguridad Social.
    • El texto actual del apartado 2 establece que los menores liberados de un centro de internamiento, que hayan permanecido privados de libertad por más de seis meses y sean mayores de dieciséis años en el momento de la liberación, son beneficiarios del subsidio por desempleo.
    • La enmienda propone que solo los menores que ostenten la nacionalidad española sean considerados en esta situación para acceder al subsidio.
    • Se añade un párrafo que excluye explícitamente a los menores que no ostenten la nacionalidad española de ser beneficiarios de dicho subsidio, independientemente de los demás requisitos.
  • Efecto: Restringe el acceso al subsidio por desempleo para menores liberados de centros de internamiento, excluyendo a aquellos que no posean la nacionalidad española.

Enmienda 2: (Sin identificador de grupo o proponente específico en el texto proporcionado, pero se infiere que proviene del proceso legislativo posterior a la iniciativa original y se refiere a la Ley Orgánica de Modificación del Código Penal)

  • Objeto: Modificar el Código Penal para incluir nuevas causas de ilicitud de las asociaciones.
  • Modificación(es):
    • Se añade un nuevo punto 5.º al artículo 515 del Código Penal. Este nuevo punto tipifica como ilícitas las asociaciones que, mediante el uso de la violencia, la amenaza o la incitación directa y pública a la violencia, promuevan:
      • Sistemas políticos o ideologías que pretendan destruir o subvertir el orden constitucional democrático o el Estado de Derecho.
      • Cualquier sistema político, régimen o gobierno totalitario, autoritario, o que niegue los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales ratificados por España.
      • Principios y valores incompatibles con la libertad, la igualdad, la justicia, el pluralismo político y la dignidad de la persona y los derechos inherentes.
    • Se añade un nuevo punto 6.º al artículo 515 del Código Penal. Este punto tipifica como ilícitas las asociaciones que realicen actividades que supongan el enaltecimiento o la justificación públicos de los delitos de organizaciones terroristas o de quienes hayan participado en su ejecución, o que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares.
    • Se suprime el apartado dos del artículo único de la propuesta original (que se refería a la modificación de la Ley Orgánica 1/2002, reguladora del Derecho de Asociación).
    • Se modifica el apartado 1 de la disposición final primera para indicar que varios artículos, incluida la disposición adicional quinta (que se añade), tienen rango de Ley Orgánica.
    • Se añade una disposición adicional quinta a la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. Esta disposición establece que será causa de disolución de las asociaciones, mediante resolución judicial, la realización de actividades que constituyan apología del franquismo, ensalzando el golpe de Estado de 1936 o la dictadura posterior, o enalteciendo a sus dirigentes, cuando concurra menosprecio y humillación de la dignidad de las víctimas del golpe de Estado, de la guerra o del franquismo, o incitación directa o indirecta al odio o violencia contra las mismas. El orden jurisdiccional civil será competente, y el Ministerio Fiscal ejercerá la acción, reconociéndose legitimación activa a asociaciones y entidades de defensa de la memoria democrática.
  • Efecto: Amplía el concepto de asociaciones ilícitas en el Código Penal, incorporando supuestos relacionados con la promoción de ideologías antidemocráticas, totalitarias o que nieguen derechos fundamentales, así como el enaltecimiento del terrorismo. Además, introduce una nueva causa de disolución para asociaciones que hagan apología del franquismo, con el objetivo de cumplir con la Ley de Memoria Democrática. Esta enmienda no guarda relación directa con la iniciativa original sobre subsidios por desempleo, sino que modifica un texto legislativo diferente que se ha tramitado conjuntamente o en paralelo.

Resumen Final de la Iniciativa tras las Enmiendas

La iniciativa legislativa original, que buscaba eliminar el subsidio por desempleo para menores extranjeros privados de libertad, ha sido objeto de una enmienda que restringe este beneficio exclusivamente a los menores de nacionalidad española. Esto significa que, de aprobarse esta modificación, los menores extranjeros que cumplan los requisitos de internamiento y liberación ya no tendrían derecho a percibir dicho subsidio.

Adicionalmente, se ha tramitado una enmienda que, si bien no modifica directamente la iniciativa original sobre subsidios, introduce cambios significativos en el ámbito penal y de asociaciones. Esta enmienda amplía el catálogo de asociaciones ilícitas en el Código Penal, tipificando aquellas que promueven ideologías antidemocráticas, totalitarias o que niegan derechos fundamentales, así como las que enaltecen el terrorismo. Asimismo, establece la apología del franquismo como causa de disolución judicial de asociaciones, en línea con la Ley de Memoria Democrática. Estos cambios, aunque independientes del objeto principal de la proposición de ley sobre subsidios, forman parte del conjunto de modificaciones legislativas consideradas.

En consecuencia, la iniciativa principal queda modificada en el sentido de excluir a los menores extranjeros del subsidio por desempleo tras su internamiento, mientras que la enmienda relacionada con el Código Penal y las asociaciones introduce nuevas regulaciones en materia de ilicitud de asociaciones y disolución por apología del franquismo.