Saltar al contenido principal

N° de exp.

Proposición de Ley de modificación del artículo 17 de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario

Número de expendiente
- Ver iniciativa original
Tipo
Iniciativa legislativa popular
Fechas
Presentado el 09/10/2025 , calificado el 14/10/2025
Autor
  • Don Miguel Orellana Gómez
Estado Actual
Junta Electoral Central
Tramitación seguida por la iniciativa
  • Senado desde 14/10/2025 hasta 28/10/2025
  • Junta Electoral Central desde 28/10/2025
Fecha de actualización
31/10/2025

Resumen

Contenido IA

La iniciativa busca modificar el artículo 17 de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario. El propósito principal es alterar aspectos de la ley que rige los préstamos hipotecarios.

El trámite de esta proposición de ley ha comenzado con su admisión a trámite por la Mesa del Congreso el 31 de octubre de 2025. Este es el paso inicial que permite que la propuesta sea considerada formalmente. Tras la admisión, se ha notificado a la comisión promotora, a la Junta Electoral Central y al Senado.

No se han producido votaciones ni debates sobre el contenido de la iniciativa en esta fase inicial.

Actualmente, la iniciativa se encuentra en su trámite inicial, habiendo sido admitida a trámite.

El hecho de que la iniciativa haya sido admitida a trámite significa que ha superado el primer obstáculo formal y podrá continuar su recorrido legislativo, lo que implica que será enviada a la comisión correspondiente para su estudio y posterior debate y votación en el pleno del Congreso.

Documentos

Publicaciones del 31/10/2025

Trámite inicial

BOCG

Ver boletín original Contenido IA

La Mesa del Congreso ha admitido a trámite una iniciativa legislativa popular que busca modificar el artículo 17 de la Ley de contratos de crédito inmobiliario. Esta iniciativa, presentada por Miguel Orellana Gómez, pretende cambiar aspectos de la ley que regula los préstamos hipotecarios. La admisión a trámite es el primer paso formal para que la propuesta pueda ser debatida y votada en el Congreso. Se ha informado a la comisión promotora, a la Junta Electoral Central y al Senado, y el acuerdo se publicará oficialmente.