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N° de exp.

Cuestión de inconstitucionalidad número 9849/2024, planteada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Mérida, en relación con el artículo 3 del Decreto-ley 2/2018, de 11 de diciembre, de medidas urgentes para el restablecimiento de los derechos del personal al servicio de la Administración de la Junta de Extremadura en las situaciones de incapacidad temporal, y por el que se extienden las mejoras voluntarias de la acción protectora de la Seguridad Social a las situaciones de maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia, por posible vulneración del artículo 14 CE

Número de expendiente
- Ver iniciativa original
Tipo
Cuestión de inconstitucionalidad
Fechas
Presentado el 21/01/2025 , calificado el 04/02/2025
Autor
  • Tribunal Constitucional
Estado Actual
Concluido
Tramitación seguida por la iniciativa
  • Tribunal Constitucional desde 04/02/2025 hasta 17/07/2026
  • Concluido desde 17/07/2026
Fecha de actualización
27/7/2026

Resumen

Contenido IA

1. ¿De qué trata la iniciativa?
Se trata de una cuestión de inconstitucionalidad (n.º 9849/2024) que cuestiona la constitucionalidad del artículo 3 del Decreto‑ley 2/2018, de 11 de diciembre, que regula el restablecimiento de derechos del personal de la Administración de la Junta de Extremadura en situaciones de incapacidad temporal y amplía mejoras voluntarias de la Seguridad Social a maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia. La cuestión se plantea por posible vulneración del artículo 14 de la Constitución Española, que garantiza la igualdad y la no discriminación.

2. ¿Qué ha ocurrido en su trámite?

  • 22 enero 2025: El Juzgado de lo Contencioso‑administrativo nº 1 de Mérida presentó la cuestión de inconstitucionalidad.
  • 22 enero 2025: La cuestión fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), lo que constituye el inicio formal del procedimiento ante el Tribunal Constitucional.

No se han registrado debates parlamentarios, enmiendas, votaciones ni resoluciones previas a la publicación.

3. ¿Qué apoyos y rechazos recibió?
Hasta la fecha de la publicación no existen resultados de votaciones ni registros de apoyos o rechazos por parte de partidos o grupos parlamentarios, ya que la cuestión se dirige directamente al Tribunal Constitucional y no requiere votación en el Congreso.

4. ¿En qué estado está la iniciativa actualmente?
Se encuentra en trámite ante el Tribunal Constitucional, a la espera de que el órgano judicial emita una resolución sobre la constitucionalidad del artículo impugnado.

5. ¿Qué importancia tiene este resultado dentro del proceso legislativo?
La publicación de la cuestión de inconstitucionalidad inicia el examen judicial de la norma impugnada. Si el Tribunal Constitucional declara el artículo 3 del Decreto‑ley inconstitucional, la disposición quedará anulada y deberá ser modificada o sustituida por la autoridad legislativa competente. En caso de que se declare constitucional, la norma permanecerá vigente. La decisión del Tribunal Constitucional es vinculante y determina la validez del acto legislativo en cuestión.

Documentos

Publicaciones del 22/1/2025

Ver BOE Núm.: 19 de 22/01/2025 Núm. marginal: 996 BOE

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 9849-2024, en relación con el artículo 3 del Decreto-ley 2/2018, de 11 de diciembre, de medidas urgentes para el restablecimiento de los derechos del personal al servicio de la Administración de la Junta de Extremadura en las situaciones de incapacidad temporal, y por el que se extienden las mejoras voluntarias de la acción protectora de la Seguridad Social a las situaciones de maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia, por posible vulneración del art. 14 CE.