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N° de exp.

Acuerdo entre el Reino de España y la República Árabe de Egipto sobre asistencia judicial mutua en materia penal, hecho en El Cairo el 15 de enero de 2026

Número de expendiente
- Ver iniciativa original
Tipo
Autorización de Convenios Internacionales
Fechas
Presentado el 07/05/2026 , calificado el 13/05/2026
Autor
  • Gobierno
Comisiones
  • Comisión de Asuntos Exteriores
Estado Actual
Senado
Plazos
  • Hasta: 04/06/2026 (18:00) De enmiendas
  • Hasta: 23/09/2026 (18:00) Concesión autorización Congreso
Tramitación seguida por la iniciativa
  • Comisión de Asuntos Exteriores Publicación desde 13/05/2026 hasta 18/05/2026
  • Comisión de Asuntos Exteriores Enmiendas desde 18/05/2026 hasta 05/06/2026
  • Comisión de Asuntos Exteriores Dictamen desde 05/06/2026 hasta 10/06/2026
  • Pleno Aprobación desde 10/06/2026 hasta 18/06/2026
  • Senado desde 18/06/2026
Fecha de actualización
25/6/2026

Resumen

Contenido IA

1. ¿De qué trata la iniciativa?
Se trata del Acuerdo firmado el 15 de enero de 2026 entre el Reino de España y la República Árabe de Egipto, cuyo objetivo es establecer un marco de cooperación judicial mutua en materia penal. El convenio regula la entrega de personas, el intercambio de pruebas, la realización de videoconferencias, el traslado de detenidos y otras medidas de asistencia judicial, excluyendo la extradición y la ejecución de sentencias.

2. ¿Qué ha ocurrido en su trámite?

  • 18 de mayo 2026: La Mesa del Congreso aprueba la puesta en trámite del acuerdo y lo publica en el Boletín Oficial de las Cortes Generales (serie C, núm. 88‑1). Se abre un plazo de 15 días hábiles para que los grupos parlamentarios presenten enmiendas.
  • 10 de junio 2026: La Comisión de Asuntos Exteriores emite su dictamen. Los grupos mayoritarios (SUMAR, Socialista y Popular) se declaran a favor; VOX no emite posición explícita sobre este punto. La votación en comisión es 31 votos a favor, 1 en contra y 5 abstenciones.
  • 17 de junio 2026: La Comisión eleva el dictamen al Pleno, solicitando que el Congreso autorice al Gobierno la suscripción del acuerdo, conforme al artículo 94.1 de la Constitución.
  • 18 de junio 2026: El Pleno del Congreso vota el dictamen. Participan 346 diputados; el resultado es 294 votos a favor, 7 en contra y 45 abstenciones (4 diputados no votan). El dictamen queda aprobado.
  • 22 de junio 2026: El Congreso remite el texto aprobado al Senado y a la Comisión de Asuntos Exteriores del Senado para su tramitación. Se establece un plazo hasta el 3 de septiembre de 2026 para que los senadores presenten propuestas de enmienda (artículo 144 del Reglamento del Senado).
  • 25 de junio 2026: Se publica en el Boletín Oficial de las Cortes Generales la “Aprobación por el Pleno”, confirmando la decisión del Congreso.

3. ¿Qué apoyos y rechazos recibió?

  • Comisión de Asuntos Exteriores (10 junio): 31 votos a favor, 1 en contra, 5 abstenciones. Los grupos SUMAR, Socialista y Popular votaron a favor; VOX no se pronunció específicamente sobre la asistencia judicial.
  • Pleno del Congreso (18 junio): 294 votos a favor, 7 en contra, 45 abstenciones; 4 diputados no votaron. Los grupos mayoritarios (SUMAR, Socialista, Popular) apoyaron la medida; la oposición provino de una minoría de diputados (7 votos en contra).

4. ¿En qué estado está la iniciativa actualmente?
El acuerdo ha sido aprobado por el Pleno del Congreso de los Diputados y, a partir del 22 de junio 2026, ha sido remitido al Senado para su examen. Por tanto, la iniciativa está en fase de tramitación senatorial, a la espera de la votación del Senado y, en su caso, de la posterior ratificación del Gobierno.

5. ¿Qué importancia tiene este resultado dentro del proceso legislativo?
La aprobación del Pleno del Congreso constituye el paso necesario para que el Gobierno pueda suscribir el acuerdo internacional, según el artículo 94.1 de la Constitución. Al ser remitido al Senado, el texto debe ser debatido y votado por esa cámara; si el Senado lo aprueba, el acuerdo podrá ser ratificado oficialmente y entrar en vigor. En caso de que el Senado introduzca enmiendas o lo rechace, el proceso tendría que volver a la Cámara de Diputados para resolver las diferencias. En cualquier caso, la decisión del Congreso es un requisito indispensable para la incorporación del acuerdo al ordenamiento jurídico español.

Documentos

Publicaciones del 18/5/2026

Acuerdo de tramitación

BOCG

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La Mesa del Congreso ha aprobado el Acuerdo entre España y la República Árabe de Egipto sobre asistencia judicial mutua en materia penal, firmado en El Cairo el 15 de enero de 2026. Con este acuerdo se autoriza el convenio internacional y se remite a la Comisión de Asuntos Exteriores para que emita dictamen. Además, se abre un plazo de quince días hábiles (hasta el 4 de junio de 2026) para que los grupos parlamentarios presenten propuestas de enmienda, ya sea a la totalidad del texto o a artículos concretos, según el artículo 156 del Reglamento del Congreso. La publicación del acuerdo se realiza conforme al artículo 97 del Reglamento y queda registrado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales (serie C, núm. 88‑1, 18 de mayo 2026). En este momento la iniciativa está en fase de tramitación parlamentaria, a la espera del dictamen de la comisión y de la posible incorporación de enmiendas antes de su ratificación definitiva.

Iniciativa

BOCG

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El acuerdo firmado el 15 de enero de 2026 entre España y Egipto regula la asistencia judicial mutua en materia penal. Define autoridades centrales, el alcance de la cooperación (localización, pruebas, registros, videoconferencias, traslado de detenidos) y excluye extradiciones y ejecución de sentencias. Establece causas de denegación, requisitos de solicitud, confidencialidad, reparto de gastos y garantías de inmunidad. Además, contempla el intercambio espontáneo de información y la cooperación en embargos y decomisos. El pacto tiene una vigencia de cinco años, renovable automáticamente, y prevé mecanismos de enmienda y resolución de controversias.

Publicaciones del 10/6/2026

Comisión de Asuntos Exteriores - Dictamen

Diario de sesiones

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Resumen del dictamen – Acuerdo entre el Reino de España y la República Árabe de Egipto sobre asistencia judicial mutua en materia penal (expediente 110/000076)

Tipo de documento: Dictamen de la Comisión de Asuntos Exteriores del Congreso de los Diputados.


1. Posiciones de los grupos parlamentarios

Grupo parlamentario Posición sobre el acuerdo de asistencia judicial mutua (penal) Argumentos / comentarios expresados
Plurinacional SUMAR (portavoz Sr. Santos Maraver) A favor (no indica objeciones). Señala que “los demás no nos ofrecen ningún inconveniente” y vota a favor de los dos acuerdos con Egipto, incluido el de asistencia judicial.
Socialista (Sr. Mercadal Baquero) A favor (voto positivo a todos los convenios). Explica que “de los dos acuerdos con Egipto, uno es de asistencia judicial en materia penal y el otro de extradición” y que votará a favor de ambos.
Popular (Sr. Tarno Blanco) A favor (voto positivo a todos los convenios). Declara que “votaremos a favor … los dos acuerdos con Egipto: uno, en materia penal, en asistencia jurídica y, dos, el de extradición”.
VOX (Sr. Sánchez García) No se manifestó específicamente sobre este punto. El portavoz criticó tres acuerdos (Banco Asiático, Tratado con Francia y el acuerdo de extradición con Egipto) pero no emitió una posición clara sobre la asistencia judicial. No se registró oposición explícita al acuerdo de asistencia judicial.
Otros grupos (p.ej. Grupo Mixto, Grupo Republicano, etc.) No intervinieron en este punto. No aparecen intervenciones relacionadas con el acuerdo de asistencia judicial.

2. Resultado de la votación

  • Votos a favor: 31
  • Votos en contra: 1
  • Abstenciones: 5

El acuerdo fue aprobado por la mayoría de los diputados presentes.

3. Matices y observaciones relevantes

  • Acuerdo aprobado pese a la ausencia de una posición explícita de VOX. El único voto en contra provino de VOX, pero se refería al acuerdo de extradición, no al de asistencia judicial.
  • Consenso amplio entre los grupos mayoritarios (SUMAR, Socialista y Popular) que destacaron la ausencia de inconvenientes y la continuidad de la cooperación judicial con Egipto.
  • No se presentaron argumentos en contra del acuerdo de asistencia judicial mutua en el fragmento del Diario de Sesiones; las críticas de VOX se centraron en otros convenios.

Conclusión: El dictamen sobre el Acuerdo de asistencia judicial mutua en materia penal entre España y Egipto recibió un amplio respaldo parlamentario (31‑1‑5) y fue aprobado. Los grupos que defendieron la medida (SUMAR, Socialista y Popular) señalaron que no había objeciones y que el acuerdo reforzaba la cooperación judicial internacional. No se registraron oposiciones ni argumentos contrarios específicos a este acuerdo en el texto analizado.

Publicaciones del 17/6/2026

Dictamen de la Comisión

BOCG

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La Comisión de Asuntos Exteriores del Congreso de los Diputados ha emitido un dictamen en el que propone al Pleno que autorice al Gobierno, con base en el artículo 94.1 de la Constitución, la suscripción del Acuerdo entre España y la República Árabe de Egipto sobre asistencia judicial mutua en materia penal, firmado en El Cairo el 15 de enero de 2026.

El acuerdo tiene como objetivo establecer un marco de cooperación para la entrega de personas, el intercambio de pruebas y la ejecución de medidas judiciales en casos penales entre ambos países, facilitando la lucha contra la delincuencia transfronteriza.

El dictamen, elaborado tras el debate reglamentario (artículos 155 y 156 del Reglamento del Congreso) y publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales (sección Cortes Generales, serie A, nº 240, 18 de mayo de 2026), se eleva a la Mesa de la Cámara para su traslado al Pleno.

Estado de la iniciativa: pendiente de votación en el Pleno del Congreso de los Diputados.

Publicaciones del 18/6/2026

Pleno - Aprobación del dictamen

Diario de sesiones

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Aviso: El documento oficial es excesivamente largo, la IA ha podido generar un resumen incorrecto.

Resumen de la aprobación del dictamen (expediente 110/000076)

Tipo de documento: Aprobación del dictamen del Acuerdo entre el Reino de España y la República Árabe de Egipto sobre asistencia judicial mutua en materia penal (acuerdo de extradición), firmado en El Cairo el 15 de enero de 2026.

Desarrollo de la votación

  • La Presidenta del Congreso abrió la votación del dictamen.
  • Votaron 346 diputados: 294 a favor, 7 en contra y 45 abstenciones.
  • Con la mayoría de votos a favor, la Presidenta declaró aprobado el dictamen.

Argumentos a favor y en contra

  • No se menciona en este fragmento del Diario de Sesiones los argumentos presentados por los grupos parlamentarios ni los razonamientos que sustentaron los votos a favor, en contra o las abstenciones.

Resultado final

  • El dictamen del acuerdo de extradición quedó aprobado por la mayoría de los diputados que votaron.
  • No se registran matices o debates adicionales en el texto proporcionado.

Nota: El resumen se basa exclusivamente en la información contenida en el fragmento recibido; cualquier detalle sobre los argumentos de los grupos políticos no aparece en el documento consultado.

Votación 18/6/2026

Votación

Acuerdo entre el Reino de España y la República Árabe de Egipto sobre asistencia judicial mutua en materia penal, hecho en El Cairo el 15 de enero de 2026.

Ver votaciones en la web del congreso (18/6/2026)

Resultados totales:

Resultados por partido:

Listado de votos:

Publicaciones del 22/6/2026

Texto remitido por el Congreso de los Diputados

BOCG

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El Congreso aprobó un acuerdo entre España y la República Árabe de Egipto para la asistencia judicial mutua en materia penal, firmado en El Cairo el 15 de enero de 2026. El texto fue remitido al Senado y a la Comisión de Asuntos Exteriores para su tramitación. Se indica que el plazo para presentar las propuestas previstas en el artículo 144 del Reglamento del Senado vence el 3 de septiembre. El acuerdo y la documentación relacionada se publican en el Boletín Oficial de las Cortes Generales (serie A, nº 240, 18 de mayo de 2026) y están a disposición de los senadores en la Secretaría General del Senado.

Publicaciones del 25/6/2026

Aprobación por el Pleno

BOCG

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Resultado iniciativa: Aprobación por el Pleno