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N° de exp.

Acuerdo entre el Reino de España y el Reino de Arabia Saudí sobre exención recíproca de visados para titulares de pasaportes diplomáticos, especiales y de servicio, hecho en Madrid el 13 de mayo de 2026

Número de expendiente
- Ver iniciativa original
Tipo
Autorización de Convenios Internacionales
Fechas
Presentado el 17/07/2026 , calificado el 23/07/2026
Autor
  • Gobierno
Comisiones
  • Comisión de Asuntos Exteriores
Estado Actual
Concluido - (Caducado)
Plazos
  • Hasta: 17/09/2026 (18:00) De enmiendas
  • Hasta: 12/11/2026 (18:00) Concesión autorización Congreso
Tramitación seguida por la iniciativa
  • Comisión de Asuntos Exteriores Publicación desde 23/07/2026 hasta 27/07/2026
  • Comisión de Asuntos Exteriores Enmiendas desde 27/07/2026 hasta 18/09/2026
  • Comisión de Asuntos Exteriores Dictamen desde 18/09/2026 hasta 22/09/2026
  • Pleno Aprobación desde 22/09/2026 hasta 30/09/2026
  • Senado desde 30/09/2026 hasta 06/10/2026
  • Concluido - (Caducado) desde 06/10/2026
Fecha de actualización
8/10/2026

Resumen

Contenido IA

1. ¿De qué trata la iniciativa?
La propuesta consiste en un convenio bilateral entre España y el Reino de Arabia Saudí para la exención recíproca de visados a los titulares de pasaportes diplomáticos, especiales y de servicio de ambos países. El acuerdo permite la entrada sin visado por un máximo de 90 días dentro de un período de 180 días, siempre que no se realicen actividades remuneradas. Quedan excluidos del beneficio los peregrinos (Hajj/Umrah) y se exige visado para estancias superiores a 90 días o para el personal diplomático y sus familias. El texto establece requisitos de validez de pasaportes, intercambio de ejemplares, medidas contra falsificaciones, y regula la vigencia (cinco años, renovable automáticamente) y los procedimientos de suspensión y resolución de controversias.

2. ¿Qué ha ocurrido en su trámite?

  • 13 may 2026: Firma del acuerdo en Madrid.
  • 27 jul 2026: El Congreso de los Diputados aprueba la tramitación del convenio y remite el texto a la Comisión de Asuntos Exteriores; se abre un plazo para presentar enmiendas (hasta el 17 sep 2026).
  • 22 sep 2026: La Comisión de Asuntos Exteriores emite dictamen favorable; votación de 35 diputados: 29 a favor, 1 en contra y 5 abstenciones.
  • 30 sep 2026: Se publica el dictamen de la comisión, que propone al Pleno autorizar el compromiso internacional conforme al art. 94.1 de la Constitución.
  • Oct 2026 (votación plenaria): El Pleno del Congreso aprueba el convenio; votación de 346 diputados: 293 a favor, 14 en contra, 39 abstenciones y 4 no votaron.
  • 8 oct 2026: Se publica la resolución de aprobación por el Pleno en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.

3. ¿Qué apoyos y rechazos recibió?

  • Comisión de Asuntos Exteriores: 29 votos a favor, 1 en contra, 5 abstenciones (total 35 votos emitidos).
  • Pleno del Congreso: 293 votos a favor, 14 en contra, 39 abstenciones; 4 diputados no votaron.

4. ¿En qué estado está la iniciativa actualmente?
La iniciativa está aprobada por el Pleno del Congreso. Con la autorización parlamentaria, el Gobierno puede suscribir y ratificar el convenio internacional. El acuerdo ya ha sido publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales y quedará vigente una vez que se cumpla el plazo de entrada en vigor previsto (30 días después de la última notificación oficial).

5. ¿Qué importancia tiene este resultado dentro del proceso legislativo?
La aprobación por el Pleno constituye la autorización constitucional (art. 94.1) para que el Gobierno asuma el compromiso internacional. A partir de este momento el convenio pasa a formar parte del ordenamiento jurídico español y, tras su publicación oficial, entrará en vigor, permitiendo la exención recíproca de visados entre ambos países para los pasaportes contemplados. En términos legislativos, la iniciativa ha completado la fase de tramitación parlamentaria y ha sido convertida en un acuerdo internacional vinculante para España.

Documentos

Publicaciones del 27/7/2026

Acuerdo de tramitación

BOCG

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Acuerdo de tramitación: el Congreso de los Diputados ha aprobado el convenio firmado entre España y Arabia Saudí el 13 de mayo de 2026, que elimina los requisitos de visado para titulares de pasaportes diplomáticos, especiales y de servicio de ambos países. La Mesa de la Cámara ha remitido el texto a la Comisión de Asuntos Exteriores para que emita dictamen y ha abierto un plazo de quince días hábiles (hasta el 17 de septiembre de 2026) para que se presenten propuestas de enmienda, ya sea a la totalidad del acuerdo o a su articulado, conforme al artículo 156 del Reglamento. La publicación oficial del acuerdo se realizará en el Boletín Oficial de las Cortes Generales (sección Cortes Generales, serie A, núm. 267, 27 de julio de 2026). En este momento la iniciativa está en fase de dictamen y de recepción de enmiendas antes de su ratificación definitiva.

Iniciativa

BOCG

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Acuerdo de exención recíproca de visados (España‑Arabia Saudí)

El convenio establece que los titulares de pasaportes diplomáticos, especiales y de servicio podrán entrar sin visado en el territorio de la otra parte por hasta 90 días dentro de un período de 180, siempre que no realicen actividades remuneradas. Se excluye la exención para peregrinos (Hajj/Umrah) y se requiere visado para estancias superiores a 90 días o para personal diplomático y sus familias. El acuerdo incluye requisitos de validez de pasaportes, intercambio de ejemplares, medidas contra falsificaciones, y procedimientos de enmienda, suspensión y resolución de controversias. Tiene una vigencia inicial de cinco años, renovable automáticamente, y entra en vigor 30 días después de la última notificación oficial.

Publicaciones del 22/9/2026

Comisión de Asuntos Exteriores - Dictamen

Diario de sesiones

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Resumen del Dictamen (Número de expediente 110/000086)

  • Tipo de documento: Dictamen de la Comisión de Asuntos Exteriores del Congreso de los Diputados.
  • Objeto del dictamen: Aprobar el Acuerdo entre el Reino de España y el Reino de Arabia Saudí sobre exención recíproca de visados para titulares de pasaportes diplomáticos, especiales y de servicio, firmado en Madrid el 13 de mayo de 2026, a petición del Gobierno.

Argumentos presentados

  • A favor / en contra: No se menciona en este fragmento del Diario de Sesiones.
  • Grupos que defendieron posiciones: No se indica en el texto quiénes defendieron ni quiénes se opusieron al acuerdo.

Resultado de la votación

  • Votos emitidos: 35
  • A favor: 29
  • En contra: 1
  • Abstenciones: 5
  • Conclusión: El dictamen fue aprobado por la mayoría de los diputados presentes.

Nota: El documento proporcionado solo incluye la inclusión del acuerdo en la agenda de la comisión y el resultado de la votación. No contiene debates, intervenciones ni razonamientos específicos a favor o en contra del acuerdo de exención de visados con Arabia Saudí. Por lo tanto, no se pueden describir argumentos ni matices adicionales.

Publicaciones del 30/9/2026

Dictamen de la Comisión

BOCG

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La Comisión de Asuntos Exteriores ha emitido un dictamen en el que propone al Pleno del Congreso autorizar, según el artículo 94.1 de la Constitución, el compromiso internacional del Gobierno para suscribir el Acuerdo de exención recíproca de visados entre España y Arabia Saudí, destinado a los titulares de pasaportes diplomáticos, especiales y de servicio. El acuerdo se firmó en Madrid el 13 de mayo de 2026 y ya ha sido publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales (serie A, núm. 267, 27 de julio de 2026). El dictamen, presentado el 22 de septiembre de 2026, queda pendiente de votación en el Pleno del Congreso para que el Estado pueda obligarse internacionalmente por medio de dicho acuerdo.

Pleno - Aprobación por el Pleno

Diario de sesiones

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Aviso: El documento oficial es excesivamente largo, la IA ha podido generar un resumen incorrecto.

Resumen del Pleno – Aprobación del Acuerdo de exención recíproca de visados (España‑Arabia Saudí)

Resultado de la votación

  • Votos emitidos: 346
  • A favor: 293
  • En contra: 14
  • Abstenciones: 39

El Pleno aprobó el Acuerdo entre el Reino de España y el Reino de Arabia Saudí sobre la exención recíproca de visados para titulares de pasaportes diplomáticos, especiales y de servicio, firmado en Madrid el 13 de mayo de 2026.

Argumentos presentados

  • No se menciona en este fragmento del Diario de Sesiones ningún argumento específico a favor o en contra del acuerdo de exención de visados entre España y Arabia Saudí.

Intervenciones de los grupos parlamentarios

  • Los únicos discursos registrados en el fragmento fueron de los portavoces del Grupo Parlamentario Socialista (Sr. Mercadal Baquero) y del Grupo Parlamentario Popular (Sr. Tarno Blanco).
  • Ambos intervenidos se centraron en otros convenios internacionales (sobre Ucrania) y en críticas generales a la política exterior del Gobierno, sin referirse al convenio de visados con Arabia Saudí.

Posición de los grupos

  • Dado que no se expresaron argumentos específicos sobre este convenio, no es posible identificar a qué grupos apoyaron o se opusieron al mismo más allá del resultado global de la votación.

Conclusión

  • El acuerdo fue aprobado con una amplia mayoría (293 votos a favor).
  • No se registraron debates ni argumentos detallados sobre el contenido o los méritos del convenio de exención de visados en el fragmento consultado; por lo tanto, no hay información disponible sobre los motivos de los 14 votos en contra ni de las 39 abstenciones.

(Este resumen se limita estrictamente a la información contenida en el fragmento del Diario de Sesiones proporcionado.)

Votación 30/9/2026

Votación

Acuerdo entre el Reino de España y el Reino de Arabia Saudí sobre exención recíproca de visados para titulares de pasaportes diplomáticos, especiales y de servicio, hecho en Madrid el 13 de mayo de 2026.

Ver votaciones en la web del congreso (30/9/2026)

Resultados totales:

Resultados por partido:

Listado de votos:

Publicaciones del 8/10/2026

Aprobación por el Pleno

BOCG

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Resultado iniciativa: Aprobación por el Pleno