Solicitud de comparecencia del Defensor del Pueblo, ante la Comisión Mixta de Relaciones con el Defensor del Pueblo, para informar sobre los motivos que le han llevado a interponer un recurso de inconstitucionalidad contra la disposición adicional octava, la disposición transitoria única y la disposición final decimonovena de la Ley 1/2025, de 1 de abril, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario
- Número de expendiente
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- Ver iniciativa original - Tipo
- Comparecencia de autoridades y funcionarios en Comisión
- Fechas
- Presentado el 23/07/2025 , calificado el 02/09/2025
- Autor
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- Grupo Parlamentario Popular en el Congreso
- Comisiones
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- Comisión Mixta de Relaciones con el Defensor del Pueblo
- Estado Actual
- Concluido
- Tramitación seguida por la iniciativa
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- Comisión Mixta de Relaciones con el Defensor del Pueblo Mesa - Acuerdo desde 02/09/2025 hasta 21/10/2025
- Comisión Mixta de Relaciones con el Defensor del Pueblo Celebración desde 21/10/2025 hasta 17/11/2025
- Concluido desde 17/11/2025
- Fecha de actualización
- 21/11/2025
Resumen
Contenido generado por IA
1. ¿De qué trata la iniciativa?
La iniciativa busca que el Defensor del Pueblo comparezca ante la Comisión Mixta de Relaciones con el Defensor del Pueblo para explicar las razones por las que ha presentado un recurso de inconstitucionalidad contra tres partes específicas de la Ley 1/2025, de 1 de abril, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario.
2. ¿Qué ha ocurrido en su trámite?
La solicitud de comparecencia fue presentada. Tras su tramitación, se ha llevado a cabo una votación en la Comisión Mixta de Relaciones con el Defensor del Pueblo.
3. ¿Qué apoyos y rechazos recibió?
La solicitud de comparecencia fue aprobada con 20 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención.
4. ¿En qué estado está la iniciativa actualmente?
La solicitud de comparecencia ha sido aprobada por la Comisión Mixta de Relaciones con el Defensor del Pueblo.
5. ¿Qué importancia tiene este resultado dentro del proceso legislativo?
La aprobación de esta solicitud implica que el Defensor del Pueblo será convocado para comparecer ante la comisión y exponer los motivos de su recurso de inconstitucionalidad. Este paso es relevante para el debate público y parlamentario sobre la ley y el recurso presentado.