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N° de exp.

Proposición no de Ley relativa a los coeficientes reductores de jubilación para los tripulantes de cabina de pasajeros del sector aéreo

Número de expendiente
- Ver iniciativa original
Tipo
Proposición no de Ley en Comisión
Fechas
Presentado el 24/03/2026 , calificado el 09/04/2026
Autor
  • Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR
Comisiones
  • Comisión de Trabajo, Eco. Social, Inclusión, S.Social y Migraciones
Estado Actual
Concluido - (Aprobado sin modificaciones)
Plazos
  • Hasta: 21/09/2026 (18:00) De enmiendas
Tramitación seguida por la iniciativa
  • Comisión de Trabajo, Eco. Social, Inclusión, S.Social y Migraciones Publicación desde 09/04/2026 hasta 16/04/2026
  • Comisión de Trabajo, Eco. Social, Inclusión, S.Social y Migraciones Mesa - Acuerdo desde 16/04/2026 hasta 15/09/2026
  • Comisión de Trabajo, Eco. Social, Inclusión, S.Social y Migraciones Votación desde 15/09/2026 hasta 22/09/2026
  • Concluido - (Aprobado sin modificaciones) desde 22/09/2026
Fecha de actualización
7/10/2026

Resumen

Contenido IA

1. ¿De qué trata la iniciativa?
La proposición no de Ley solicita al Gobierno que modifique el Real Decreto 1559/1986 para incluir a la Tripulación de Cabina de Pasajeros (TCP) del sector aéreo y les reconozca un coeficiente reductor del 0,40 en la edad de jubilación, igual que a los pilotos. El objetivo es eliminar la diferencia que, según sus promotores, constituye una discriminación de género y reconocer los riesgos laborales a los que están expuestos los TCP.

2. ¿Qué ha ocurrido en su trámite?

  • 16 abril 2026: La iniciativa se publica en el Boletín Oficial de las Cortes Generales y se registra con el número de expediente 161/003254.
  • 22 septiembre 2026: La Comisión de Trabajo, Economía Social, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones debate la proposición. Se presentan los argumentos del grupo que la promueve (SUMAR) y se recogen las posiciones de otros grupos parlamentarios. La comisión vota y aprueba la proposición en los términos presentados: 19 votos a favor, 4 en contra y 13 abstenciones.
  • 7 octubre 2026: Se publican en el Boletín Oficial las enmiendas aprobadas por la comisión. Se mantiene la versión original que pide la modificación directa del real decreto, y se registra también una enmienda del Grupo Popular que sustituye esa petición por una exhortación al Gobierno a realizar un estudio previo (artículo 206 Ley General de la Seguridad Social y Real Decreto 402/2025) y, si procede, a establecer el coeficiente mediante un nuevo real decreto. La comisión aprueba la iniciativa con esas modificaciones.

3. ¿Qué apoyos y rechazos recibió?

  • En la votación de la comisión (22 sep 2026) la propuesta obtuvo 19 votos a favor, 4 en contra y 13 abstenciones.
  • Los grupos que apoyaron la versión original fueron principalmente el Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR y, en parte, Junts per Catalunya.
  • Los grupos que se opusieron o propusieron la enmienda del estudio previo fueron el Grupo Popular (PP), VOX y, aunque a favor del objetivo, el Grupo Socialista (PSOE) que prefirió el procedimiento técnico establecido.

4. ¿En qué estado está la iniciativa actualmente?
Tras la aprobación de la Comisión de Trabajo, Economía Social, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones el 7 de octubre 2026, la proposición no de Ley quedó admitida y aprobada por la comisión, con la versión original y la enmienda del Grupo Popular incorporadas al texto. La iniciativa está registrada en el Boletín Oficial y pasa a la fase siguiente del procedimiento parlamentario (pleno del Congreso), pero aún no se ha convertido en ley.

5. ¿Qué importancia tiene este resultado dentro del proceso legislativo?
La aprobación en comisión significa que la iniciativa ha superado la primera fase de examen y que el Congreso ya ha manifestado su posición sobre el contenido. El siguiente paso es que el pleno del Congreso vote la proposición; si es aprobada en el pleno, el Gobierno quedará formalmente instado a actuar según lo solicitado (modificar el real decreto o iniciar el estudio previsto). En cualquier caso, mientras no sea aprobada en el pleno, la proposición sigue siendo una resolución no legislativa que no tiene carácter de ley, pero que constituye un mandato político dirigido al Gobierno para que valore la medida propuesta.

Documentos

Publicaciones del 16/4/2026

Iniciativa

BOCG

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La iniciativa busca que el Congreso inste al Gobierno a modificar el Real Decreto 1559/1986 para incluir a la Tripulación de Cabina de Pasajeros (TCP) y otorgarles un coeficiente reductor del 0,40 en la edad de jubilación, igual que a los pilotos. Se argumenta que los TCPs están expuestos a riesgos y desgaste similares a los de los pilotos, y que su exclusión constituye una discriminación de género. La propuesta evita la dependencia del Real Decreto 402/2025, que presenta lagunas y posibles rechazos administrativos, y pretende corregir una inequidad de 40 años.

Publicaciones del 22/9/2026

Comisión de Trabajo, Eco. Social, Inclusión, S.Social y Migraciones

Diario de sesiones

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Este documento corresponde al debate de una Proposición no de Ley (PNL) en la Comisión de Trabajo, Economía Social, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones del Congreso de los Diputados, celebrada el 22 de septiembre de 2026.

La iniciativa, presentada por el Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR, con número de expediente 161/003254, se refiere a la aplicación de coeficientes reductores de jubilación para los tripulantes de cabina de pasajeros (TCPs) del sector aéreo.

Argumentos principales a favor (Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR): La señora Vidal (SUMAR) defendió la PNL argumentando que existe una "flagrante discriminación machista y clasista" hacia los TCPs, un colectivo mayoritariamente feminizado y con menores ingresos, al no tener derecho a la jubilación anticipada con coeficientes reductores, a pesar de estar sometidos a los mismos riesgos que los pilotos. Citó un estudio de la Harvard Medical School que indica que los auxiliares de vuelo tienen la mayor proporción de muertes por cáncer relacionado con la radiación, incluso superior a la de los pilotos. Señaló que el Real Decreto 1559/1986, que establece estos coeficientes para otros tripulantes técnicos de vuelo, no incluye a los TCPs, y que esta norma debería modificarse para corregir esta discriminación. Argumentó que los TCPs enfrentan riesgos barométricos, disbáricos, exposición a atmósferas presurizadas, trastornos del sueño y un considerable esfuerzo físico.

Argumentos y matices de otros grupos:

  • Grupo Parlamentario Popular: La señora Torres Tejada (PP) criticó a SUMAR por presentar una PNL siendo parte del Gobierno y ostentando el Ministerio de Trabajo, sugiriendo que deberían utilizar las vías ejecutivas (como un Real Decreto) para abordar el problema. Propuso que se siguiera el procedimiento ya establecido en el artículo 206 de la Ley General de la Seguridad Social y el Real Decreto 402/2025, que contempla un análisis de expertos y una comisión de evaluación ya existente, a la cual el Sindicato Independiente de Tripulantes de Cabina de Pasajeros (SITCPLA) ya ha presentado una solicitud formal. Acusó a SUMAR de hacer "brindis al sol" en lugar de actuar.
  • Grupo Parlamentario Junts per Catalunya: El señor Cervera Pinart (Junts) se mostró de acuerdo con la necesidad de aplicar los coeficientes reductores, pero compartió la crítica del Grupo Popular sobre la existencia de mecanismos que el Gobierno debería estar utilizando.
  • Grupo Parlamentario VOX: El señor García Gomis (VOX) acusó a SUMAR de dilatar la decisión durante años, a pesar de haber formado parte del Gobierno, y de contradecirse al no querer esperar a los expertos ahora, cuando en el pasado sí lo hicieron. Reafirmó que el procedimiento objetivo ya está establecido en el Real Decreto 402/2025 y que SUMAR, como parte del Gobierno, tiene la capacidad de actuar.
  • Grupo Parlamentario Socialista: La señora Castilla Álvarez (PSOE) compartió la preocupación por las condiciones de trabajo de los TCPs y la necesidad de reconocerlas. Sin embargo, discrepó con la propuesta de SUMAR de modificar directamente el Real Decreto 1559/1986, debido a que este opera bajo un sistema de "numerus clausus" (lista cerrada). Defendió que la evaluación y el reconocimiento deben realizarse a través del procedimiento establecido en el artículo 206 de la Ley General de la Seguridad Social y el Real Decreto 402/2025, basándose en datos objetivos y con la participación de los interlocutores sociales (sindicatos y organizaciones empresariales).

Acuerdo, desacuerdo o matices relevantes: Hubo un acuerdo generalizado en la necesidad de abordar las condiciones laborales de los TCPs y la posible aplicación de coeficientes reductores de jubilación. Sin embargo, el principal desacuerdo se centró en la vía para lograrlo: SUMAR propuso una modificación directa de una norma existente, mientras que el resto de los grupos (incluido el Socialista) abogaron por seguir el procedimiento ya establecido en la legislación actual, que implica un análisis técnico y diálogo social. SUMAR rechazó la enmienda del Grupo Popular, calificándola de "dilatoria".

Resultado de la votación: La Proposición no de Ley fue aprobada en sus propios términos con 19 votos a favor, 4 en contra y 13 abstenciones.

Publicaciones del 7/10/2026

Enmiendas

BOCG

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Enmienda de la Comisión de Trabajo, Economía Social, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

  • Objeto: Mantener íntegramente el texto original de la proposición, sin introducir modificaciones.
  • Modificación(es):
    • Se aprueba la proposición tal como fue presentada, reproduciendo literalmente la solicitud de que el Gobierno modifique el Real Decreto 1559/1986 incorporando al personal de Tripulación de Cabina de Pasajeros el coeficiente reductor del 0,40 en los mismos términos que a los pilotos.
  • Efecto: La iniciativa queda oficialmente admitida en los términos propuestos por el grupo que la originó; no se altera el contenido ni el alcance de la medida solicitada.

Enmienda del Grupo Parlamentario Popular

  • Objeto: Cambiar el enfoque de la proposición, sustituyendo la petición de modificación directa del Real Decreto 1559/1986 por una solicitud de estudio y eventual regulación mediante un nuevo real decreto.
  • Modificación(es):
    1. Se reemplaza la frase “modificar el Real Decreto 1559/1986 … incorporando expresamente al personal de Tripulación de Cabina de Pasajeros … coeficiente reductor (0,40)” por una exhortación al Gobierno a promover, de conformidad con el artículo 206 de la Ley General de la Seguridad Social y el Real Decreto 402/2025, el análisis de las condiciones específicas de los tripulantes de cabina.
    2. Se añade que dicho análisis debe determinar si concurren los requisitos objetivos para aplicar un coeficiente reductor de la edad de jubilación.
    3. En caso afirmativo, el Gobierno deberá establecer el coeficiente correspondiente mediante el pertinente real decreto, garantizando simultáneamente la sostenibilidad financiera del sistema de Seguridad Social.
  • Efecto: La iniciativa pasa de solicitar una incorporación automática del coeficiente reductor al personal TCP a plantear un procedimiento previo de evaluación y a delegar en el Gobierno la definición del coeficiente mediante futuro real decreto, introduciendo una condición de sostenibilidad financiera.

Enmienda 2

  • Objeto: No se dispone de texto ni de contenido para esta enmienda.
  • Modificación(es): No aplicable.
  • Efecto: Al no contar con información, no se puede evaluar impacto alguno.

Resumen Final de la Iniciativa tras las Enmiendas

Tras la aprobación de la Comisión, la proposición quedó formalmente admitida en los términos originarios, que solicitan la incorporación directa del personal de Tripulación de Cabina de Pasajeros al Real Decreto 1559/1986 con un coeficiente reductor del 0,40, equiparándolo a los pilotos. Posteriormente, el Grupo Parlamentario Popular introdujo una enmienda que sustituyó esa petición por una exhortación al Gobierno a llevar a cabo un estudio detallado de las condiciones laborales de los tripulantes, a fin de determinar si cumplen los criterios establecidos en la normativa vigente (artículo 206 de la Ley General de la Seguridad Social y Real Decreto 402/2025) y, en su caso, a fijar mediante nuevo real decreto el coeficiente reductor que corresponda, asegurando la sostenibilidad financiera del sistema. En consecuencia, la versión final de la iniciativa, si se acepta la enmienda popular, deja de demandar una incorporación automática y pasa a exigir un proceso de evaluación y regulación posterior, manteniéndose el objetivo de reconocer potenciales coeficientes reductores para los tripulantes de cabina, pero condicionándolo a criterios técnicos y presupuestarios.

Aprobación

BOCG

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Resumen del documento de aprobación (BOCG – 7 de octubre de 2026)

  • Personal del Congreso: Se publican varios ceses y nombramientos de personal eventual en las Vicepresidencias y en la atención a los Grupos Parlamentarios (PP, PSOE, etc.), con efectos a partir del 1 y 2 de octubre de 2026.

  • Control de la acción del Gobierno – Proposiciones no de Ley: La Comisión de Políticas Integrales de la Discapacidad y la Comisión de Trabajo, Economía Social, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones aprueban, con modificaciones o enmiendas, una serie de iniciativas presentadas por los grupos parlamentarios. Destacan:

    • Lucha contra la soledad no deseada de personas con discapacidad (PP).
      – Mejora de la calidad de vida de personas afectadas por poliomielitis (PP).
      – Reducción de delitos de odio hacia personas con discapacidad (PP).
      – Nuevo enfoque regulatorio de centros ocupacionales (PSOE).
      – Atención integral a amputados (PSOE).
      – Reforma del sistema de cita previa (Republicanos).
      – Medidas a favor de los autónomos (PSOE).
      – Mejora del funcionamiento y dotación de personal del Instituto Social de la Marina y Capitanías de Galicia (grupo mixto).
      – Integración de inmigrantes mediante deporte (PSOE).
      – Ampliación y mejora de la prestación por cuidado del menor con cáncer u otra enfermedad grave (CUME) (PP).
      – Coeficientes reductores de jubilación para tripulantes de cabina de pasajeros (SUMAR).
      – Propuesta para elevar el poder adquisitivo de los trabajadores mediante crecimiento salarial y productivo (PP).
      – Protección y bonificaciones para empleadores y trabajadores en Ceuta y Melilla (PP).
  • Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación: Se aprueban, con modificaciones, proposiciones que incluyen:
    – Defensa del tomate español frente a importaciones (VOX).
    – Estrategia nacional de relevo generacional para jóvenes agricultores (PP).
    – Mejora del coeficiente reductor para buzos profesionales (grupo mixto).
    – Refuerzo de la autonomía estratégica en fertilizantes y fomento de la bioeconomía circular (PSOE).
    – Apoyo al sector del cereal ante la crisis de rentabilidad (PP).
    – Mejora de la disponibilidad de soluciones fitosanitarias y respuesta a urgencias (Republicanos).
    – Refuerzo del desarrollo local participativo en zonas pesqueras y papel de los Grupos de Acción Local Pesquera en el próximo marco financiero (PSOE).
    – Viabilidad de la pesca artesanal frente a daños provocados por cetáceos en la costa catalana (Junts per Catalunya).
    – Reconocimiento de la ganadería caprina extensiva por su contribución a la biodiversidad, prevención de incendios y adaptación al cambio climático (SUMAR).
    – Proporcionalidad y evaluación previa de los efectos de la protección de ecosistemas marinos vulnerables (PP).

  • Acuerdo de becas: La Mesa del Congreso aprueba la concesión de catorce becas para formación práctica en documentación, biblioteconomía y archivística. Se fijan los beneficiarios, la fecha de inicio (15 oct 2026) y la duración (12 meses).

  • Estado de la iniciativa: Todas las proposiciones señaladas han sido aprobadas por sus respectivas comisiones (con o sin modificaciones) y se publican para su incorporación definitiva en el registro legislativo. No se trata de una ley aprobada por el Pleno, sino de la fase de aprobación de iniciativas no legislativas y de decisiones administrativas (personal y becas).