Proposición de Ley Orgánica de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, para el cambio del modelo de elección de los vocales del Consejo General del Poder Judicial
- Número de expendiente
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- Ver iniciativa original - Tipo
- Proposición de ley del Senado
- Fechas
- Presentado el 12/06/2026 , calificado el 16/06/2026
- Autor
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- Senado
- Comisiones
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- Comisión de Justicia
- Estado Actual
- Comisión de Justicia Enmiendas
- Plazos
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- Hasta: 07/09/2026 (18:00) De enmiendas
- Tramitación seguida por la iniciativa
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- Comisión de Justicia Publicación desde 16/06/2026 hasta 19/06/2026
- Comisión de Justicia Enmiendas desde 19/06/2026
- Fecha de actualización
- 19/6/2026
Resumen
Contenido generado por IA
1. ¿De qué trata la iniciativa?
La proposición de Ley Orgánica pretende modificar la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, para que los 12 vocales judiciales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) sean elegidos directamente por jueces y magistrados, sin participación del Parlamento ni del Gobierno. El objetivo es garantizar la independencia del poder judicial conforme a los estándares europeos. La norma también regula la elección de los ocho vocales juristas por las Cortes, establece una única circunscripción nacional, voto secreto (presencial o por correo), lista electoral abierta, límite de ocho votos por elector y garantía de paridad de género. Además, crea una Junta Electoral para supervisar el proceso y una cláusula antibloqueo.
2. ¿Qué ha ocurrido en su trámite?
- 19 de junio de 2026: Publicación del resumen de la iniciativa en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.
- Hasta la fecha, la proposición ha sido presentada y difundida, pero no se registran debates, enmiendas, informes de comisiones ni votaciones.
3. ¿Qué apoyos y rechazos recibió?
No existen datos de votaciones, mayorías, abstenciones ni posicionamientos de partidos o grupos parlamentarios en los documentos proporcionados.
4. ¿En qué estado está la iniciativa actualmente?
La proposición se encuentra en la fase inicial de tramitación, a la espera de ser remitida a la comisión competente para su estudio y posterior debate en el pleno del Congreso.
5. ¿Qué importancia tiene este resultado dentro del proceso legislativo?
Al estar todavía en trámite y sin haber sido debatida ni votada, la iniciativa debe pasar por el procedimiento legislativo ordinario: examen en comisión, posible incorporación de enmiendas, debate y votación en el pleno del Congreso. Si se aprueba en el Congreso, el texto seguirá al Senado para su examen y, en caso de ser también aprobado allí, se convertirá en Ley Orgánica y entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. En su estado actual, la propuesta no ha generado efectos legales ni modifica el modelo de elección del CGPJ.
Documentos
Publicaciones del 19/6/2026
Iniciativa
BOCG
Iniciativa
BOCGVer boletín original Núm. B-344-1 de 19/06/2026 Contenido generado por IA
La presente proposición de Ley Orgánica modifica la LO 6/1985 para que los 12 vocales judiciales del CGPJ sean elegidos directamente por jueces y magistrados, sin intervención parlamentaria ni ejecutiva, cumpliendo los estándares europeos de independencia judicial. Se establece una única circunscripción nacional, sufragio activo y pasivo con causas de inelegibilidad, candidaturas individuales o asociativas, y voto secreto presencial o por correo. La lista electoral es abierta, con voto limitado a ocho candidatos y garantía de paridad de género. Además, se regula la elección de los ocho vocales juristas por las Cortes y se crea una Junta Electoral para garantizar transparencia, control jurisdiccional y una cláusula antibloqueo. La norma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE.