Proyecto de Ley Orgánica de medidas en materia de violencia vicaria
- Número de expendiente
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- Ver iniciativa original - Tipo
- Proyecto de ley
- Fechas
- Presentado el 17/07/2026 , calificado el 23/07/2026
- Autor
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- Gobierno
- Comisiones
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- Comisión de Igualdad
- Estado Actual
- Comisión de Igualdad Enmiendas
- Plazos
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- Hasta: 17/09/2026 (18:00) De enmiendas
- Tramitación seguida por la iniciativa
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- Comisión de Igualdad Publicación desde 23/07/2026 hasta 27/07/2026
- Comisión de Igualdad Enmiendas desde 27/07/2026
- Fecha de actualización
- 27/7/2026
Resumen
Contenido generado por IA
1. ¿De qué trata la iniciativa?
La iniciativa propone una Ley Orgánica que reconoce la “violencia vicaria” como una forma extrema de violencia de género en la que se utilizan a menores como instrumentos de daño. Busca incorporar esa tipología al marco jurídico, reforzar la protección del interés superior del menor y garantizar la audiencia de niños y personas con discapacidad en procesos judiciales. Además, establece mecanismos de denuncia segura, el modelo de centros Barnahus, un Plan de Acción Nacional, mejora la coordinación institucional, crea registros estadísticos y obliga a una formación especializada en perspectiva de género e infancia para el personal judicial y asistencial.
2. ¿Qué ha ocurrido en su trámite?
- 27 de julio de 2026: La iniciativa se publica en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, lo que indica su presentación formal ante el Congreso.
- No se menciona la asignación a comisiones, debates, enmiendas ni votaciones posteriores en los documentos proporcionados.
3. ¿Qué apoyos y rechazos recibió?
En los documentos entregados no aparecen resultados de votaciones, mayorías, abstenciones ni la posición de partidos o grupos parlamentarios. Por tanto, no se dispone de información sobre apoyos o rechazos.
4. ¿En qué estado está la iniciativa actualmente?
Según la única información disponible (publicación del 27/7/2026), la iniciativa se encuentra en la fase inicial de trámite tras su presentación. No se ha informado de aprobación, rechazo, archivo ni retirada.
5. ¿Qué importancia tiene este resultado dentro del proceso legislativo?
La publicación y presentación de la iniciativa marcan el primer paso del proceso legislativo. Si avanza, deberá ser examinada por la comisión correspondiente, debatida en el pleno y someterse a votación. En caso de ser aprobada por mayoría, la propuesta seguirá al Senado para su examen y, tras la posible aprobación de ambas cámaras, será remitida al Rey para su promulgación y publicación en el Boletín Oficial del Estado, convirtiéndose en ley. En la actualidad, la iniciativa aún está en trámite y no ha generado efectos legales.
Documentos
Publicaciones del 27/7/2026
Iniciativa
BOCG
Iniciativa
BOCGVer boletín original Núm. A-107-1 de 27/07/2026 Contenido generado por IA
La presente Ley Orgánica reconoce la violencia vicaria como una forma extrema de violencia de género que utiliza a menores como instrumentos de daño. Introduce reformas al Código Civil y a la Ley de Enjuiciamiento Criminal para proteger el interés superior del menor, garantiza la audiencia de niños y personas con discapacidad, y establece mecanismos de denuncia segura y el modelo Barnahus. Además, crea un Plan de Acción Nacional, mejora la coordinación institucional y los registros estadísticos, y obliga a una formación especializada en perspectiva de género e infancia para el personal judicial y asistencial. Con estas medidas se busca una respuesta integral, preventiva y de reparación que elimine la violencia vicaria y proteja a sus víctimas.