Comunicación de que la Comisión Europea ha informado que ha iniciado el plazo para emitir dictamen motivado sobre la vulneración del principio de subsidiariedad respecto de la Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva (UE) 2022/2555 sobre medidas de simplificación y armonización con la [Propuesta de Reglamento sobre la Ciberseguridad 2] COM (2026) 13, de conformidad con lo previsto en el Protocolo (número 2) anejo al Tratado de la Unión Europea y al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea sobre la aplicación de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad, y asimismo, de la remisión de la citada iniciativa legislativa de la Unión Europea a las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6.1 de la Ley 8/1994, de 19 de mayo
- Número de expendiente
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- Ver iniciativa original - Tipo
- Control de la aplicación del principio de subsidiariedad
- Fechas
- Presentado el 26/03/2026 , calificado el 09/04/2026
- Autor
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- Comisión Mixta para la Unión Europea
- Comisiones
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- Comisión Mixta para la Unión Europea
- Estado Actual
- Concluido - (Tramitado sin propuestas de resolución)
- Plazos
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- Hasta: 13/05/2026 (18:00) Para emitir dictamen
- Tramitación seguida por la iniciativa
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- Comisión Mixta para la Unión Europea Mesa - Acuerdo desde 09/04/2026 hasta 09/04/2026
- Comisión Mixta para la Unión Europea Informe desde 09/04/2026 hasta 13/04/2026 Nota: La Mesa, en su reunión con los Portavoces de 24/03/2026, acuerda que la iniciativa sea objeto de Informe.
- Concluido - (Tramitado sin propuestas de resolución) desde 13/04/2026
- Fecha de actualización
- 23/4/2026
Resumen
Contenido generado por IA
1. ¿De qué trata la iniciativa?
La iniciativa comunica que la Comisión Europea ha iniciado el plazo para emitir un dictamen motivado sobre una posible vulneración del principio de subsidiariedad en la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica la Directiva (UE) 2022/2555 y la propuesta de Reglamento sobre ciberseguridad (Ciberseguridad 2). Además, informa de la remisión de esa iniciativa legislativa de la UE a las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas, conforme al artículo 6.1 de la Ley 8/1994.
2. ¿Qué ha ocurrido en su trámite?
- 13 de abril de 2026: La Comisión Mixta para la Unión Europea aprobó, por asentimiento, el informe (expediente 282/000141) que contiene la comunicación descrita. No se registraron intervenciones contrarias ni enmiendas en el fragmento disponible.
- 23 de abril de 2026: El Boletín Oficial de las Cortes Generales no incluye referencia a la iniciativa, por lo que no se dispone de información adicional sobre nuevos actos legislativos.
3. ¿Qué apoyos y rechazos recibió?
En la votación del 13 de abril de 2026 el informe fue aprobado por asentimiento, es decir, sin votos en contra ni abstenciones registradas. El Grupo Parlamentario Popular presentó los argumentos a favor; no se documentaron intervenciones de otros grupos en el extracto consultado.
4. ¿En qué estado está la iniciativa actualmente?
El informe ha sido aprobado por asentimiento en la Comisión Mixta. No se ha registrado posterior avance ni modificación; por tanto, la iniciativa permanece en trámite, a la espera de los siguientes pasos legislativos (por ejemplo, posible remisión al Senado o a otras comisiones).
5. ¿Qué importancia tiene este resultado dentro del proceso legislativo?
La aprobación por asentimiento del informe permite que la comunicación oficial sobre el inicio del dictamen de subsidiariedad de la Comisión Europea continúe su curso sin objeciones parlamentarias. En la práctica, la iniciativa sigue su tramitación normal: la Comisión Europea emitirá su dictamen motivado y, en su caso, la propuesta de directiva podrá avanzar a las siguientes fases del procedimiento legislativo europeo, incluida la posible intervención del Senado español o de otras instancias parlamentarias. Si el dictamen concluye que no hay vulneración de subsidiariedad, la propuesta de ciberseguridad podrá seguir adelante; si se detecta vulneración, podría requerir ajustes o ser archivada.
Documentos
Publicaciones del 13/4/2026
Comisión Mixta para la Unión Europea - Informe de la Comisión. Aprobado
Diario de sesiones
Comisión Mixta para la Unión Europea - Informe de la Comisión. Aprobado
Diario de sesionesVer diario original DS. Cortes Generales Núm.150 de 13/04/2026 Contenido generado por IA
Resumen del informe de la Comisión (expediente 282/000141) – “Comunicación de que la Comisión Europea ha iniciado el plazo para emitir dictamen motivado sobre la vulneración del principio de subsidiariedad”
Tipo de documento: Informe de la Comisión – aprobado por asentimiento.
1. Argumentos a favor (defendidos por el Grupo Parlamentario Popular)
| Tema | Argumento | Explicación sencilla |
|---|---|---|
| Necesidad de una normativa europea de ciberseguridad | El sector de la ciberseguridad es transfronterizo: un ataque a una infraestructura española afecta a redes francesas, alemanas, italianas, etc. Por eso la defensa de la ciberseguridad debe ser coordinada a nivel europeo. | La seguridad digital de un país está ligada a la de los demás; una defensa aislada no es eficaz. |
| Papel de ENISA y de la certificación europea | ENISA (Agencia de la UE para la Ciberseguridad) y un marco europeo de certificación son esenciales para crear normas comunes y garantizar la confianza en los proveedores de tecnología. | Tener una “agencia central” y normas comunes ayuda a que todos los países usen productos seguros. |
| Compatibilidad con el principio de subsidiariedad | Los informes del Gobierno que cuestionan la propuesta son contradictorios; aunque reconocen la amenaza, al mismo tiempo limitan la acción europea. El ponente sostiene que la propuesta respeta la subsidiariedad porque complementa, no sustituye, las competencias nacionales. | La UE solo actúa cuando la cuestión supera lo que pueden resolver los Estados por sí solos; la propuesta cumple con esa regla. |
| Coherencia con la estrategia nacional y europea | La propuesta se alinea con la estrategia española de ciberseguridad y con la directiva NIS2 (norma europea que obliga a los Estados a reforzar su seguridad digital). | La norma europea ya obliga a los países a mejorar; la propuesta refuerza esa obligación. |
| Beneficios para el mercado interior digital | Una normativa armonizada protege el mercado único digital, favorece la competitividad de las pymes y evita costes duplicados por regulaciones distintas en cada país. | Uniformizar reglas evita que las empresas tengan que cumplir con normas diferentes en cada Estado. |
Resumen del argumento: El Grupo Popular, a través del diputado Cortés Carballo, defendió que la propuesta de directiva sobre ciberseguridad es necesaria, está alineada con la estrategia europea, respeta la subsidiariedad y aporta seguridad y competitividad al mercado digital.
2. Argumentos en contra (no se menciona en este fragmento del Diario de Sesiones)
No se menciona en este fragmento del Diario de Sesiones.
3. Resultado del debate y acuerdo
- Tras la exposición del informe, el presidente preguntó si se aprobaba “por asentimiento”.
- Los informes fueron aprobados por asentimiento, es decir, sin que ningún grupo presentara una oposición formal durante la votación.
4. Puntos clave para la ciudadanía
- Subsidiariedad: principio que obliga a la UE a intervenir solo cuando la acción a nivel nacional no es suficiente. El informe concluye que la propuesta cumple con este principio.
- ENISA: agencia europea que coordina la ciberseguridad; su refuerzo es parte central de la propuesta.
- NIS2: normativa europea que ya obliga a los Estados a mejorar su ciberseguridad; la nueva directiva complementa esa obligación.
- Aprobación: el informe fue aceptado sin voto en contra, lo que indica consenso entre los grupos presentes (al menos en lo que respecta al contenido del informe).
En síntesis: El informe de la Comisión sobre la posible vulneración del principio de subsidiariedad en la propuesta de directiva de ciberseguridad fue defendido por el Grupo Popular, que argumentó su necesidad y conformidad con la subsidiariedad. No se registraron intervenciones contrarias en el texto disponible. El informe fue aprobado por asentimiento, reflejando un acuerdo parlamentario sobre su contenido.
Publicaciones del 23/4/2026
Informe de la Comisión
BOCG
Informe de la Comisión
BOCGVer boletín original BOCG. Sección Cortes Generales Núm. A-232 de 23/04/2026 Contenido generado por IA
No se ha encontrado la referencia a la iniciativa 282/000141 en el documento, por lo que no se ha podido analizar.