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N° de exp.

Proposición no de Ley para la protección de la torre Alminar de la Iglesia de Villanueva de Jalón (Zaragoza)

Número de expendiente
- Ver iniciativa original
Tipo
Proposición no de Ley en Comisión
Fechas
Presentado el 18/03/2026 , calificado el 24/03/2026
Autor
  • Grupo Parlamentario Socialista
Comisiones
  • Comisión de Cultura
Estado Actual
Concluido - (Aprobado con modificaciones)
Plazos
  • Hasta: 25/05/2026 (18:00) De enmiendas
Tramitación seguida por la iniciativa
  • Comisión de Cultura Publicación desde 24/03/2026 hasta 31/03/2026
  • Comisión de Cultura Mesa - Acuerdo desde 31/03/2026 hasta 20/04/2026
  • Comisión de Cultura Votación desde 20/04/2026 hasta 26/05/2026
  • Concluido - (Aprobado con modificaciones) desde 26/05/2026
Fecha de actualización
10/6/2026

Resumen

Contenido IA

1. ¿De qué trata la iniciativa?
Es una proposición no de Ley (PNL) presentada por el Grupo Parlamentario Socialista que solicita al Gobierno que, de forma urgente y coordinada con la Junta de Aragón, la Diputación de Zaragoza y el Ayuntamiento de Chodes, declare la Torre Alminar de la Iglesia de Nuestra Señora de la Huerta (Villanueva de Jalón, Zaragoza) como Bien de Interés Cultural (BIC). La propuesta también pide la clarificación de la titularidad y situación registral del inmueble, la elaboración de un informe técnico integral sobre su estado estructural y la ejecución de actuaciones de consolidación y protección para habilitar el acceso a ayudas públicas, incluido el “2 % cultural”.

2. ¿Qué ha ocurrido en su trámite?

  • 31 marzo 2026: Presentación de la PNL en el Congreso.
  • 26 mayo 2026: Debate en la Comisión de Cultura. Se presentaron argumentos a favor (valor patrimonial mudéjar, riesgo de colapso) y críticas (falta de concreción). El Grupo Popular introdujo una enmienda de sustitución; el Grupo Socialista y el Popular acordaron una enmienda transaccional.
  • 10 junio 2026: Publicación de las enmiendas.
    • Enmienda del Grupo Popular amplía la solicitud, especificando la coordinación con administraciones aragonesas y la necesidad de un informe técnico y clarificación registral.
    • Enmienda transaccional simplifica el texto, centrando la petición en la declaración de BIC y manteniendo los requisitos técnicos y de financiación.
  • 10 junio 2026: Votación en la Comisión de Cultura. 36 votos emitidos: 29 a favor, 7 abstenciones. La PNL, con las dos enmiendas incorporadas, quedó aprobada por la comisión.
  • Posteriormente: El texto aprobado se ordena a su publicación según el artículo 97 del Reglamento de la Cámara y queda remitido al Pleno del Congreso para su examen y votación.

3. ¿Qué apoyos y rechazos recibió?

  • Votación en comisión (26 / 5 / 2026): 29 votos a favor, 7 abstenciones, 0 votos en contra.
  • Partidos/grupos que votaron a favor: Grupo Parlamentario Socialista, Grupo Parlamentario Popular (después de negociar la enmienda), Grupo Parlamentario SUMAR.
  • Abstenciones: Grupo Parlamentario VOX (y, según el recuento, posibles miembros de otros grupos que no emitieron voto favorable). No se registraron votos en contra.

4. ¿En qué estado está la iniciativa actualmente?
Aprobada por la Comisión de Cultura con las dos enmiendas incorporadas. Está pendiente de ser debatida y votada en el Pleno del Congreso. No ha sido remitida al Senado ni convertida en ley.

5. ¿Qué importancia tiene este resultado dentro del proceso legislativo?
La aprobación en comisión es un paso necesario para que la proposición continúe su tramitación. Si el Pleno del Congreso la aprueba, la PNL pasará a la fase de examen en el Senado. En caso de ser aprobada en ambas cámaras, el texto quedará como una proposición no de Ley que exhorta al Gobierno a iniciar los procedimientos de declaración de BIC, elaboración de informes técnicos y ejecución de obras de conservación; no genera una norma vinculante, pero constituye un mandato político que orienta la actuación de las administraciones competentes.

Documentos

Publicaciones del 31/3/2026

Iniciativa

BOCG

Ver boletín original Contenido IA

La iniciativa, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, solicita al Gobierno que apoye la conservación de la Torre Alminar de la Iglesia de Villanueva de Jalón, un destacado ejemplo del mudéjar aragonés catalogado como Patrimonio de la Humanidad. Se propone una actuación inmediata de consolidación estructural, seguida de un proyecto de restauración integral, y la declaración del inmueble como Bien de Interés Cultural para acceder a ayudas públicas, incluido el 2 % cultural. La propuesta enfatiza la necesidad de coordinación interadministrativa y la participación de expertos en patrimonio para evitar la pérdida total del monumento.

Publicaciones del 26/5/2026

Comisión de Cultura

Diario de sesiones

Ver diario original Contenido IA

Resumen de la Proposición no de Ley 161/003216 – “Protección de la torre alminar de la Iglesia de Villanueva de Jalón (Zaragoza)”
Tipo de documento: Proposición no de Ley (PNL) debatida en la Comisión de Cultura.

Puntos principales del debate Grupos que los defendieron
Argumentos a favor
‑ La torre alminar es un ejemplo representativo del patrimonio mudéjar aragonés, incluida en la lista de Hispania Nostra y declarada Patrimonio Mundial por la UNESCO (2001).
‑ El edificio está en grave estado de deterioro y corre el riesgo de colapsar; se necesita un informe técnico urgente y la clarificación de la titularidad del bien, que actualmente solo está catalogado y no declarado Bien de Interés Cultural (BIC).
‑ Para poder aplicar el “2 % cultural” (financiación especial para bienes protegidos) es necesario que la torre sea declarada BIC.
‑ La iniciativa pide la colaboración de las administraciones (Estado, comunidad autónoma y ayuntamientos) y de entidades financieras o europeas para financiar la restauración.
Grupo Parlamentario Socialista (autor de la PNL, diputado Ruiz de Diego)
Argumentos críticos / matices
‑ La PNL es demasiado genérica: no fija compromisos concretos, ni calendario de actuación, ni la administración responsable de ejecutar la protección.
‑ Falta de claridad sobre la titularidad jurídica del inmueble, lo que complica la gestión de fondos y la aplicación del 2 % cultural.
‑ No se incluyen medidas técnicas mínimas (informes estructurales, actuaciones de emergencia, mecanismos de financiación y coordinación institucional).
Grupo Parlamentario Popular (diputado Beamonte) – presentó una enmienda de sustitución que señalaba esas carencias y, tras negociaciones, aceptó la enmienda transaccional.
Apoyo adicional
‑ Reitera la importancia histórica (posible origen como mezquita) y la necesidad de evitar que la pérdida de este bien sea similar a la de otros monumentos mudéjares (Teruel, Aljafería, etc.).
Grupo Parlamentario SUMAR (diputada Laura Vergara)
Crítica política
‑ Se acusa a los gobiernos del PSOE y del PP de negligencia histórica en la conservación del patrimonio aragonés.
‑ Se considera la PNL más una pieza de propaganda que una solución eficaz; por ello el grupo se abstiene.
Grupo Parlamentario VOX (diputado Ramiro del Río)

Resultado de la votación

  • La PNL se votó bajo la forma de la enmienda transaccional.
    ‑ Votos emitidos: 36
    ‑ A favor: 29
    ‑ Abstenciones: 7
    Queda aprobada.

Conclusiones

  • La propuesta obtuvo el respaldo mayoritario del Congreso, aunque varios grupos señalaron la necesidad de precisar quién gestionará la obra, cuándo se realizará y cómo se financiará.
    ‑ El debate mostró un consenso general sobre la urgencia de proteger la torre, pero también una divergencia respecto al nivel de detalle y a la efectividad de la iniciativa.
    ‑ Los abstenciones (principalmente de VOX) reflejan la percepción de que la medida, tal como está redactada, podría ser insuficiente o meramente simbólica.

Publicaciones del 10/6/2026

Enmiendas

BOCG

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Enmienda del Grupo Parlamentario Popular

  • Objeto: Sustituye el párrafo de la proposición que insta al Gobierno a “apoyar que las Administraciones competentes promuevan la conservación y restauración…”, ampliando y precisando las actuaciones a realizar y los agentes involucrados.

  • Modificación(es):

    1. Cambia la fórmula inicial a “Impulsar con carácter urgente, en coordinación con el Gobierno de Aragón, la Diputación Provincial de Zaragoza, el Ayuntamiento de Chodes y las restantes administraciones y entidades competentes, las actuaciones necesarias para evitar el deterioro irreversible o colapso de la Torre Alminar y de la Iglesia de Nuestra Señora de la Huerta…”.
    2. Añade la referencia explícita a la Torre Alminar y a la iglesia como “singular ejemplo del patrimonio mudéjar aragonés”.
    3. Introduce un segundo punto que “Promover, asimismo, la clarificación de la titularidad jurídica y situación registral del inmueble, la elaboración inmediata de un informe técnico integral sobre su estado estructural y la ejecución de actuaciones urgentes de consolidación y protección”.
    4. Mantiene la referencia a la necesidad de favorecer el acceso a los programas públicos de financiación, incluido el del 2 % Cultural.
  • Efecto: La enmienda amplía el alcance de la solicitud, pasando de una recomendación general a una exigencia de carácter urgente y coordinado entre varias administraciones. Se especifica que tanto la torre como la iglesia deben ser protegidas, se prioriza la clarificación registral y la elaboración de un informe técnico, y se refuerza la conexión con los fondos del 2 % Cultural. En consecuencia, la iniciativa pasa a demandar una acción más concreta, inmediata y multilateral.


Enmienda transaccional (acordada por los Grupos Socialista y Popular)

  • Objeto: Modifica el texto original de la proposición para precisar la acción que debe impulsar el Congreso, sustituyendo la redacción “apoyar que las Administraciones competentes promuevan la conservación y restauración…” por una formulación más directa.

  • Modificación(es):

    1. Reemplaza la frase inicial por “Impulsar el inicio de las acciones oportunas para la declaración de la Torre Alminar como Bien de Interés Cultural de la Iglesia de Nuestra Señora de la Huerta de Villanueva de Jalón (Chodes, Zaragoza)”.
    2. Conserva la petición de clarificar la titularidad jurídica y la situación registral del inmueble.
    3. Mantiene la exigencia de elaborar un informe técnico integral sobre el estado estructural.
    4. Preserva la necesidad de ejecutar actuaciones urgentes de consolidación y protección para facilitar el acceso a los programas públicos de financiación, incluido el del 2 % Cultural.
  • Efecto: La enmienda transaccional simplifica y enfoca la solicitud del Congreso, centrando la acción en la declaración del bien como Bien de Interés Cultural y en los pasos técnicos y administrativos necesarios para su conservación. El lenguaje pasa de una recomendación a una exhortación directa, sin alterar sustancialmente los objetivos de clarificación registral, elaboración de informe y acceso a financiación.


Resumen Final de la Iniciativa tras las Enmiendas

Tras la incorporación de ambas enmiendas, la proposición queda reformulada para exigir al Gobierno, de forma urgente y coordinada con la administración aragonesa, la Diputación de Zaragoza, el Ayuntamiento de Chodes y demás entidades competentes, la declaración de la Torre Alminar (junto a la Iglesia de Nuestra Señora de la Huerta) como Bien de Interés Cultural. Se demanda la clarificación inmediata de la titularidad y situación registral, la elaboración de un informe técnico integral sobre su estado estructural y la ejecución de actuaciones de consolidación y protección. Todo ello con el objetivo de habilitar el acceso a los programas de financiación pública, incluido el del 2 % Cultural, garantizando la conservación y puesta en valor de este singular ejemplo del arte mudéjar aragonés.

Aprobación

BOCG

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La Comisión de Cultura del Congreso aprobó, con modificaciones, la proposición no de ley que insta al Gobierno a proteger la torre Alminar de la Iglesia de Nuestra Señora de la Huerta en Villanueva de Jalón (Zaragoza). El objetivo es que la torre sea declarada Bien de Interés Cultural, se aclare su titularidad y situación registral, se elabore un informe técnico integral sobre su estado estructural y se ejecuten actuaciones urgentes de consolidación y protección, con el fin de habilitar su acceso a programas públicos de financiación, incluido el 2 % cultural, y poner en valor el ejemplo singular del arte mudéjar aragonés.

La aprobación incorpora dos enmiendas:

  • Enmienda del Grupo Popular (n.º 1) que añade la necesidad de actuar con carácter urgente y en coordinación con la Junta de Aragón, la Diputación de Zaragoza, el Ayuntamiento de Chodes y otras administraciones competentes.
  • Enmienda transaccional que mantiene el texto original propuesto por el Grupo Socialista.

Con la aprobación de la comisión, el texto queda ordenado a su publicación según el artículo 97 del Reglamento de la Cámara y pasa a la siguiente fase legislativa, que será su examen y votación en el Pleno del Congreso.