Proposición de Ley Orgánica por la que se modifica el artículo 172.quater del Código Penal que regula el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo
- Número de expendiente
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- Ver iniciativa original - Tipo
- Proposición de ley de Grupos Parlamentarios del Congreso
- Fechas
- Presentado el 11/02/2026 , calificado el 17/02/2026
- Autor
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- Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR
- Estado Actual
- Gobierno Contestación
- Plazos
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- Hasta: 27/03/2026 (18:00) Criterio del Gobierno sobre Proposición de Ley
- Tramitación seguida por la iniciativa
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- Boletín Oficial de las Cortes Generales Publicación desde 17/02/2026 hasta 20/02/2026
- Gobierno Contestación desde 20/02/2026
- Fecha de actualización
- 20/2/2026
Resumen
Contenido generado por IA
1. ¿De qué trata la iniciativa?
La proposición de Ley Orgánica pretende modificar el artículo 172.quater del Código Penal para reforzar la protección del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo y a las personas que lo facilitan. Introduce sanciones penales contra conductas de acoso, tanto individuales como colectivas, y amplía la responsabilidad penal al personal sanitario que participe en dichas conductas. Además, establece un perímetro de 200 metros alrededor de los centros de interrupción donde quedan prohibidas manifestaciones y cualquier actuación que pueda coaccionar, presumiendo el acoso sin necesidad de prueba individualizada. También faculta al juez a prohibir el acceso a determinados lugares o plataformas digitales como medida preventiva.
2. ¿Qué ha ocurrido en su trámite?
- Presentación: La iniciativa fue publicada en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el 20 de febrero de 2026.
- Etapa actual: Tras la publicación, el proyecto se encuentra en la fase inicial de trámite parlamentario; aún no ha sido remitido a comisión, debatido en pleno ni sometido a votación.
3. ¿Qué apoyos y rechazos recibió?
Hasta la fecha de la publicación no se ha registrado ninguna votación ni declaración de apoyo o rechazo por parte de partidos o grupos parlamentarios. Por lo tanto, no existen datos de mayorías, abstenciones o negativas.
4. ¿En qué estado está la iniciativa actualmente?
La proposición está en trámite. Se encuentra a la espera de ser asignada a la comisión correspondiente para su estudio, posible enmienda y posterior debate en el Pleno del Congreso.
5. ¿Qué importancia tiene este resultado dentro del proceso legislativo?
El hecho de que la iniciativa haya sido publicada y esté en trámite significa que ha ingresado formalmente al proceso legislativo. Si la comisión competente la admite, podrá ser debatida, modificada y votada en el Pleno. En caso de ser aprobada por mayoría, el proyecto seguirá al Senado para su examen y, de ser también aprobado allí, se convertiría en Ley Orgánica que modificaría el Código Penal. En la actualidad, la iniciativa aún no ha generado efectos legales ni ha avanzado más allá de su presentación.
Documentos
Publicaciones del 20/2/2026
Iniciativa
BOCG
Iniciativa
BOCGVer boletín original Núm. B-305-1 de 20/02/2026 Contenido generado por IA
La propuesta modifica el artículo 172.quater del Código Penal para proteger de forma efectiva el derecho al aborto y a quienes lo facilitan. Introduce sanciones penales para acosos individuales o colectivos y amplía la responsabilidad a personal sanitario. Establece un perímetro de 200 m alrededor de los centros de interrupción donde quedan prohibidas manifestaciones y cualquier conducta que pueda coaccionar, presumiendo el acoso sin necesidad de prueba individualizada. Además, permite al juez imponer prohibiciones de acceso a lugares o plataformas digitales como medida preventiva. La iniciativa busca garantizar entornos seguros y libres de presiones, sin vulnerar la libertad de expresión, al equilibrar derechos fundamentales.